El personal de la Unidad es de confianza y debe cumplir perfiles academicos especializados preferentemente en fiscalizacion, evaluacion de desempeño y control. El ingreso es por concurso publico.
Los servidores públicos de la Unidad serán personal de confianza y deberán cumplir los perfiles académicos de especialidad que se determinen en su Reglamento, preferentemente en materias de fiscalización, evaluación del desempeño y control.
El ingreso a la Unidad será mediante concurso público.
TÍTULO OCTAVO De la Contraloría Social
Capítulo Único
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El requisito de concurso publico y especialidad favorece profesionalizacion. Sin embargo, como personal de confianza, estos empleados no tienen estabilidad laboral reforzada. Para consultores RH, esto permite rotacion pero puede afectar retension de talento especializado.
Anterior
Art. 108. Recursos y estructura de Unidad Control
Siguiente
Art. 110. Contralorias Social en fiscalizacion
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo