LFRCF_200521

Artículo 106. Responsabilidad del Titular Unidad

El Titular de la Unidad es responsable administrativamente ante la Comision y la Camara, debiendo rendir informe anual de gestion e informar extraordinariamente cuando se requiera.

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Texto Legal

El titular de la Unidad será responsable administrativamente ante la Comisión y la propia Cámara, a la cual deberá rendir un informe anual de su gestión, con independencia de que pueda ser citado extraordinariamente por ésta, cuando así se requiera, para dar cuenta del ejercicio de sus funciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion establece accountability vertical hacia organos legislativos. El requisito de informe anual favorece transparencia operacional. Para consultores, implica que la Unidad mantiene altos estandares de reporteria y puede ser interpelada en cualquier momento por cuestiones de desempeño.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 106 del LFRCF_200521?

El Titular de la Unidad es responsable administrativamente ante la Comision y la Camara, debiendo rendir informe anual de gestion e informar extraordinariamente cuando se requiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 106 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas?

Esta disposicion establece accountability vertical hacia organos legislativos. El requisito de informe anual favorece transparencia operacional. Para consultores, implica que la Unidad mantiene altos estandares de reporteria y puede ser interpelada en cualquier momento por cuestiones de desempeño.

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