El Titular de la Unidad es responsable administrativamente ante la Comision y la Camara, debiendo rendir informe anual de gestion e informar extraordinariamente cuando se requiera.
El titular de la Unidad será responsable administrativamente ante la Comisión y la propia Cámara, a la cual deberá rendir un informe anual de su gestión, con independencia de que pueda ser citado extraordinariamente por ésta, cuando así se requiera, para dar cuenta del ejercicio de sus funciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion establece accountability vertical hacia organos legislativos. El requisito de informe anual favorece transparencia operacional. Para consultores, implica que la Unidad mantiene altos estandares de reporteria y puede ser interpelada en cualquier momento por cuestiones de desempeño.
Anterior
Art. 105. Designacion del Titular de Unidad Control
Siguiente
Art. 107. Atribuciones del Titular Unidad Control
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo