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LEY General de Población

La Ley General de Poblacion regula la organizacion y control de la poblacion en Mexico, estableciendo las normas para el registro civil, la migracion y la estadistica poblacional. Aplica a todos los ciudadanos mexicanos, extranjeros y autoridades encargadas de la administracion de la poblacion. Entre los temas principales que cubre se encuentran el registro de nacimientos, defunciones, matrimonios, la regulacion de la migracion y la proteccion de los derechos de los migrantes. Su importancia practica radica en que proporciona un marco legal que facilita el ejercicio de derechos y obligaciones de los ciudadanos, ademas de ser una herramienta fundamental para abogados y contadores en el cumplimiento de normativas relacionadas con la poblacion y el estado civil.

Publicado: 7 de enero de 1974|Última reforma: 16 de julio de 2025| PDF oficial

Estructura

165 artículos totales · 28 artículos clave analizados

Artículos (165)

Art.
1

Artículo 1. Objetivo de la Ley

La Ley General de Población regula fenómenos que afectan a la población en México, buscando una distribución equitativa de los beneficios del desarrollo económico y social. Es de orden público y de observancia general en el país.

poblaciondesarrollo economicoorden publico
Art.
2

Artículo 2. Funciones del Ejecutivo Federal

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación, coordina y promueve medidas para abordar problemas demográficos en el país. Este artículo establece la responsabilidad del gobierno en la gestión demográfica.

ejecutivo federalsecretaria de gobernacionpolitica demografica
Art.
3

Artículo 3. Vigencia de Reformas

Este artículo menciona que ciertas reformas a otras leyes entrarán en vigor una vez que se implemente el Reglamento de la Ley de Migración. Además, aclara la interpretación de referencias a la Ley General de Población.

vigenciareformasley de migracion
Art.
4

Artículo 4. Aplicación de la Ley

Las dependencias del Poder Ejecutivo son responsables de aplicar y ejecutar los procedimientos necesarios para cumplir con la política demográfica nacional. La Secretaría de Gobernación tiene la competencia exclusiva para definir normas y coordinar programas.

aplicacionsecretaria de gobernacionpolitica demografica
Art.
5

Artículo 5. Consejo Nacional de Población

Se establece el Consejo Nacional de Población, encargado de la planeación demográfica en México. Su objetivo es integrar la población en programas de desarrollo económico y social.

consejo nacionalplaneacion demograficadesarrollo social
Art.
6

Artículo 6. Integración del Consejo

El Consejo Nacional de Población se integra por representantes de diversas secretarías y organismos, asegurando una colaboración interinstitucional en temas demográficos. Esto incluye la participación de expertos y comisiones legislativas.

integracionconsejo nacionalcolaboracion interinstitucional
Art.
7

Artículo 7. Artículo Derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que indica cambios en la legislación relacionada con la población. Es importante estar al tanto de las reformas y derogaciones en la ley.

derogacioncambios legislativospoblacion
Art.
8

Artículo 8. Artículo Derogado

Este artículo también ha sido derogado, reflejando la evolución de la legislación en materia de población. Los cambios en la ley pueden tener implicaciones significativas.

derogacionlegislacionpoblacion
Art.
9

Artículo 9. Artículo Derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que resalta la necesidad de estar al día con las reformas en la Ley General de Población. Las derogaciones pueden cambiar el enfoque de políticas demográficas.

derogacionpoliticas demograficascambios legislativos
Art.
10

Artículo 10. Regulación del Tránsito de Personas

La Secretaría de Gobernación tiene la facultad exclusiva de regular el tránsito de personas en puertos y fronteras, previa consulta con otras secretarías. Este artículo establece un marco para la movilidad en el país.

transito de personasregulacionsecretaria de gobernacion
Art.
11

Artículo 11. Artículo Derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que indica cambios en la legislación sobre población. Es importante seguir las actualizaciones en la ley.

derogacionlegislacionpoblacion
Art.
12

Artículo 12. Artículo Derogado

Este artículo ha sido derogado, reflejando la evolución de la legislación en materia de población. Los cambios legislativos pueden tener implicaciones significativas.

derogacioncambios legislativospoblacion
Art.
13

Artículo 13. Artículo Derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que resalta la necesidad de estar al día con las reformas en la Ley General de Población. Las derogaciones pueden cambiar el enfoque de políticas demográficas.

derogacionpoliticas demograficascambios legislativos
Art.
14

Artículo 14. Artículo Derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que indica cambios en la legislación relacionada con la población. Es importante estar al tanto de las reformas y derogaciones en la ley.

derogacioncambios legislativospoblacion
Art.
15

Artículo 15. Artículo Derogado

Este artículo ha sido derogado, reflejando la evolución de la legislación en materia de población. Los cambios en la ley pueden tener implicaciones significativas.

derogacionlegislacionpoblacion
Art.
16

Artículo 16. Articulo derogado

El articulo 16 de la Ley General de Poblacion fue reformado y posteriormente derogado. Esta derogacion se hizo efectiva el 25 de mayo de 2011.

derogacionley general de poblacionarticulo 16
Art.
17

Artículo 17. Articulo derogado

El articulo 17 de la Ley General de Poblacion fue reformado y luego derogado. La derogacion se hizo efectiva el 25 de mayo de 2011.

derogacionley general de poblacionarticulo 17
Art.
18

Artículo 18. Articulo derogado

El articulo 18 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este cambio forma parte de una serie de reformas en la ley.

derogacionley general de poblacionarticulo 18
Art.
19

Artículo 19. Articulo derogado

El articulo 19 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Esto indica un cambio en la estructura legal existente.

derogacionley general de poblacionarticulo 19
Art.
20

Artículo 20. Articulo derogado

El articulo 20 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este articulo formaba parte de un marco legal que ha cambiado significativamente.

derogacionley general de poblacionarticulo 20
Art.
21

Artículo 21. Articulo derogado

El articulo 21 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este cambio es parte de una tendencia hacia la modernizacion de la ley.

derogacionley general de poblacionarticulo 21
Art.
22

Artículo 22. Articulo derogado

El articulo 22 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Esta derogacion es parte de un proceso de actualizacion legislativa.

derogacionley general de poblacionarticulo 22
Art.
23

Artículo 23. Articulo derogado

El articulo 23 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este cambio es parte de una reestructuracion de la ley.

derogacionley general de poblacionarticulo 23
Art.
24

Artículo 24. Articulo derogado

El articulo 24 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este articulo ya no forma parte del marco legal vigente.

derogacionley general de poblacionarticulo 24
Art.
25

Artículo 25. Articulo derogado

El articulo 25 de la Ley General de Poblacion fue reformado y luego derogado el 25 de mayo de 2011. Este cambio es parte de una serie de reformas legislativas.

derogacionley general de poblacionarticulo 25
Art.
26

Artículo 26. Articulo derogado

El articulo 26 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este cambio es parte de un proceso de modernizacion de la ley.

derogacionley general de poblacionarticulo 26
Art.
27

Artículo 27. Articulo derogado

El articulo 27 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este articulo ya no es aplicable en el marco legal actual.

derogacionley general de poblacionarticulo 27
Art.
28

Artículo 28. Articulo derogado

El articulo 28 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este cambio es parte de una tendencia hacia la simplificacion legislativa.

derogacionley general de poblacionarticulo 28
Art.
29

Artículo 29. Articulo derogado

El articulo 29 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este cambio es parte de un proceso de actualizacion de la ley.

derogacionley general de poblacionarticulo 29
Art.
30

Artículo 30. Articulo derogado

El articulo 30 de la Ley General de Poblacion fue derogado el 25 de mayo de 2011. Este articulo ya no forma parte del marco legal vigente.

derogacionley general de poblacionarticulo 30
Art.
31

Artículo 31. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido anterior no es aplicable en la actualidad.

derogacioninmigracionley general de poblacion
Art.
32

Artículo 32. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, y por lo tanto, no tiene efectos legales en la actualidad. Su eliminación forma parte de la actualización de la ley.

derogacionactualizacionley general de poblacion
Art.
33

Artículo 33. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, lo que significa que ya no es aplicable. Su contenido no debe ser considerado en la práctica legal actual.

derogacionley general de poblacion
Art.
34

Artículo 34. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, y su contenido ya no tiene validez. La derogación es parte de la evolución de la legislación.

derogacionley general de poblacion
Art.
35

Artículo 35. Artículo derogado

Este artículo fue reformado y posteriormente derogado el 27 de enero de 2011. Ya no tiene aplicación legal en la actualidad.

derogacionreformaley general de poblacion
Art.
36

Artículo 36. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011 y no tiene efectos legales. Su contenido ya no es relevante.

derogacionley general de poblacion
Art.
37

Artículo 37. Artículo derogado

Este artículo fue reformado y luego derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es aplicable en la actualidad.

derogacionreformaley general de poblacion
Art.
38

Artículo 38. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, por lo que ya no tiene validez legal. Su eliminación es parte de la modernización de la ley.

derogacionley general de poblacion
Art.
39

Artículo 39. Artículo derogado

Este artículo fue reformado y posteriormente derogado el 25 de mayo de 2011. Ya no tiene aplicación legal en la actualidad.

derogacionreformaley general de poblacion
Art.
40

Artículo 40. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, por lo que su contenido ya no es relevante. Su eliminación forma parte de la actualización de la ley.

derogacionley general de poblacion
Art.
41

Artículo 41. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011 y no tiene efectos legales. Su contenido ya no debe ser considerado.

derogacionley general de poblacion
Art.
42

Artículo 42. Artículo derogado

Este artículo fue reformado en varias ocasiones y finalmente derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es aplicable.

derogacionreformaley general de poblacion
Art.
43

Artículo 43. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido anterior no es aplicable en la actualidad.

derogacionley general de poblacion
Art.
44

Artículo 44. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011 y no tiene efectos legales. Su contenido ya no es relevante.

derogacionley general de poblacion
Art.
45

Artículo 45. Artículo derogado

Este artículo fue derogado el 25 de mayo de 2011, por lo que su contenido ya no es aplicable. La derogación es parte de la evolución de la legislación.

derogacionley general de poblacion
Art.
46

Artículo 46. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no tiene validez legal.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
47

Artículo 47. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y posteriormente derogado el 25 de mayo de 2011. No tiene aplicacion actual.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
48

Artículo 48. Articulo derogado

Este articulo fue reformado en varias ocasiones y finalmente derogado el 25 de mayo de 2011. Actualmente no es aplicable.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
49

Artículo 49. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y luego derogado el 25 de mayo de 2011. No tiene validez en la actualidad.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
50

Artículo 50. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es relevante.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
51

Artículo 51. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. No tiene aplicacion legal actual.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
52

Artículo 52. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y luego derogado el 25 de mayo de 2011. Actualmente no tiene validez.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
53

Artículo 53. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es relevante para la ley.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
54

Artículo 54. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. No tiene aplicacion en la actualidad.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
55

Artículo 55. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es aplicable.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
56

Artículo 56. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y luego derogado el 25 de mayo de 2011. Actualmente no tiene validez.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
57

Artículo 57. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. No tiene aplicacion legal actual.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
58

Artículo 58. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es relevante.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
59

Artículo 59. Articulo derogado

Este articulo fue reformado en varias ocasiones y finalmente derogado el 25 de mayo de 2011. Actualmente no es aplicable.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
60

Artículo 60. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011. No tiene aplicacion en la actualidad.

derogacionley general de poblacioncontenido legal
Art.
61

Artículo 61. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, lo que implica que ya no tiene validez legal. Su eliminación forma parte de la actualización de la Ley General de Poblacion.

derogacionley general de poblacionactualizacion
Art.
62

Artículo 62. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, lo que significa que ya no es aplicable. La derogacion de este articulo es parte de un esfuerzo por modernizar la ley.

derogacionley general de poblacionmodernizacion
Art.
63

Artículo 63. Articulo derogado

Este articulo fue reformado en varias ocasiones y finalmente derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es relevante para la actual normativa.

derogacionreformaley general de poblacion
Art.
64

Artículo 64. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y posteriormente derogado el 25 de mayo de 2011. Su derrogacion indica un cambio en la estructura legal de la ley.

derogacionreformaestructura legal
Art.
65

Artículo 65. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, eliminando su aplicabilidad. Esto refleja un proceso de simplificacion legal.

derogacionsimplificacionley general de poblacion
Art.
66

Artículo 66. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y finalmente derogado el 25 de mayo de 2011. Su derogacion es parte de la modernizacion de la ley.

derogacionreformamodernizacion
Art.
67

Artículo 67. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es aplicable en la normativa actual.

derogacionreformanormativa actual
Art.
68

Artículo 68. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y finalmente derogado el 25 de mayo de 2011. Esto indica un cambio significativo en la ley.

derogacionreformacambio significativo
Art.
69

Artículo 69. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, lo que significa que no tiene efecto legal. Su derogacion es parte de la actualizacion de la ley.

derogacionactualizacionley general de poblacion
Art.
70

Artículo 70. Articulo derogado

Este articulo fue reformado y derogado el 25 de mayo de 2011. Su contenido ya no es relevante en la ley actual.

derogacionreformacontenido no relevante
Art.
71

Artículo 71. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, eliminando su aplicabilidad. Esto es parte de un proceso de revision legal.

derogacionrevision legalley general de poblacion
Art.
72

Artículo 72. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, lo que significa que ya no tiene validez. Su derogacion es parte de la actualizacion de la ley.

derogacionactualizacionvalidez
Art.
73

Artículo 73. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, eliminando su aplicabilidad. Esto refleja un esfuerzo por simplificar la ley.

derogacionsimplificacionley general de poblacion
Art.
74

Artículo 74. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, lo que implica que ya no es aplicable. Su derogacion es parte de la modernizacion de la ley.

derogacionmodernizacionley general de poblacion
Art.
75

Artículo 75. Articulo derogado

Este articulo fue derogado el 25 de mayo de 2011, eliminando su aplicabilidad. Esto es parte de un proceso de revision legal.

derogacionrevision legalley general de poblacion
Art.
76

Artículo 76. Funciones de la Secretaria en Emigracion

Este articulo detalla las responsabilidades de la Secretaria de Gobernacion en relacion a la emigracion de nacionales. Incluye la investigacion de causas, la proteccion de emigrantes y la promocion de acuerdos internacionales para una emigracion ordenada.

emigracionsecretaria de gobernacionproteccion de emigrantes
Art.
77

Artículo 77. Definicion de Emigrante

Se establece la definicion de emigrante como aquel mexicano o extranjero que se desplaza con la intencion de cambiar de residencia. Este articulo es fundamental para entender el estatus legal de los emigrantes.

definicionemigranteestatus legal
Art.
78

Artículo 78. Articulo Derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Es importante estar al tanto de los articulos derogados para evitar confusiones en la aplicacion de la ley.

derogadovalidez legal
Art.
79

Artículo 79. Articulo Derogado

Este articulo ha sido derogado y no tiene efecto legal. Los profesionales deben revisar constantemente los cambios en la ley para asegurar la correcta aplicación de la normativa.

derogadocambios legales
Art.
80

Artículo 80. Articulo Derogado

Este articulo ha sido derogado y carece de validez. Es fundamental que los profesionales del derecho estén al tanto de estos cambios para ofrecer un servicio adecuado.

derogadovalidez
Art.
80 bis

Artículo 80 bis. Desarrollo y Arraigo de Mexicanos

El Gobierno Federal debe promover el desarrollo y el arraigo de los mexicanos en el territorio nacional, así como crear programas para atender los impactos de la emigracion. Este articulo es clave para la política migratoria.

desarrolloarraigoemigracion
Art.
81

Artículo 81. Definicion de Repatriados

Se define a los repatriados como los emigrantes nacionales que regresan al país. Este concepto es esencial para entender los derechos de los mexicanos que regresan.

repatriadosregresoderechos
Art.
82

Artículo 82. Articulo Derogado

Este articulo ha sido derogado y no tiene efecto legal. Es importante para los profesionales del derecho estar al tanto de las derogaciones para evitar confusiones.

derogadoefecto legal
Art.
83

Artículo 83. Acciones para Repatriados

La Secretaria coordina acciones para la atención y reintegración de mexicanos repatriados, enfocándose en empleo y vivienda. Este articulo es fundamental para la reintegración social.

repatriacionatencionempleo
Art.
84

Artículo 84. Acuerdos para Repatriacion

La Secretaria puede suscribir acuerdos para la repatriacion segura y digna de mexicanos, garantizando derechos fundamentales. Este articulo es clave para la protección de repatriados.

repatriacionacuerdosderechos
Art.
85

Artículo 85. Registro de Identidad

La Secretaria de Gobernacion es responsable del registro y acreditación de la identidad de todas las personas residentes en el país. Este articulo es fundamental para la identificación legal.

registroidentidadresidencia
Art.
86

Artículo 86. Finalidad del Registro Nacional

El Registro Nacional de Poblacion tiene como finalidad registrar a todas las personas en el país para certificar su identidad. Este articulo es clave para la administración pública.

registro nacionalidentidadadministracion publica
Art.
87

Artículo 87. Inscripcion en el Registro

Se establece cómo se inscriben mexicanos y extranjeros en el Registro Nacional de Poblacion, lo que es esencial para la gestión de la identidad. Este articulo es clave para el registro civil.

inscripcionregistro nacionalmexicanos
Art.
88

Artículo 88. Registro de Ciudadanos

El Registro Nacional de Ciudadanos se integra con la información de mexicanos mayores de 18 años que soliciten su inscripción. Este articulo es clave para la ciudadanía.

registrociudadanosmayores de edad
Art.
89

Artículo 89. Registro de Menores de Edad

El Registro de Menores de Edad se conforma con datos de mexicanos menores de 18 años recabados a través de registros civiles. Este articulo es importante para la protección de menores.

registromenores de edadproteccion
Art.
90

Artículo 90. Catálogo de Extranjeros Residentes

El Catálogo de los Extranjeros residentes en México se integra con información migratoria de la Secretaría de Gobernación. Este artículo establece la base para el registro de extranjeros en el país.

extranjerosmigracionregistro
Art.
91

Artículo 91. Clave Única de Registro de Población

Se asignará una Clave Única de Registro de Población a cada persona en el Registro Nacional, que servirá como su identificación única. Este artículo detalla los datos que debe contener esta clave.

clave unicaregistro poblacionidentificacion
Art.
91 Bis

Artículo 91 Bis. Identificación Obligatoria con Datos Biométricos

La Clave Única de Registro de Población incluirá huellas dactilares y fotografía, convirtiéndose en un documento de identificación obligatorio. Este artículo establece la integración de datos biométricos.

biometriaidentificacionclave unica
Art.
91 Quater

Artículo 91 Quater. Plataforma Única de Identidad

Se establecerá una Plataforma Única de Identidad para la gestión de las Claves Únicas de Registro de Población. Este artículo busca mejorar la consulta y validación de datos.

plataformaidentidadregistro poblacion
Art.
91 Quinquies

Artículo 91 Quinquies. Identificación Digital

La versión digital de la Clave Única de Registro de Población será gestionada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. Este artículo establece la responsabilidad de esta agencia.

digitalclave unicaidentificacion
Art.
91 Sexies

Artículo 91 Sexies. Uso Obligatorio de la Clave Única

La Clave Única de Registro de Población deberá ser utilizada en procesos de validación y autenticación de identidad. Este artículo establece la obligación para entes públicos y privados.

validacionautenticacionclave unica
Art.
91 Ter

Artículo 91 Ter. Vinculación con el Sistema Nacional de Salud

La Clave Única de Registro de Población con datos biométricos se vinculará al Registro del Sistema Nacional de Salud. Este artículo permite la integración de registros nacionales.

saludregistro nacionalclave unica
Art.
92

Artículo 92. Normas del Registro Nacional

La Secretaría de Gobernación establecerá normas y procedimientos técnicos para el Registro Nacional de Población. Este artículo define la coordinación entre dependencias.

normasregistro nacionalgobernacion
Art.
93

Artículo 93. Convenios con Autoridades Locales

Las autoridades locales ayudarán en la integración del Registro Nacional de Población mediante convenios con la Secretaría de Gobernación. Este artículo detalla los propósitos de dichos convenios.

autoridades localesregistro poblacionconvenios
Art.
94

Artículo 94. Auxilio de Autoridades en Registro

Las autoridades de la Federación, estados y municipios serán auxiliares de la Secretaría de Gobernación en el registro de población. Este artículo establece su papel de apoyo.

autoridadesgobernacionregistro poblacion
Art.
95

Artículo 95. Informes de Autoridades Judiciales

Las autoridades judiciales deberán informar a la Secretaría de Gobernación sobre resoluciones que afecten derechos ciudadanos o datos del registro. Este artículo establece un deber de reporte.

autoridades judicialesinformesderechos ciudadanos
Art.
96

Artículo 96. Información de la Secretaría de Relaciones Exteriores

La Secretaría de Relaciones Exteriores informará a Gobernación sobre cartas de naturalización y otros documentos. Este artículo establece la comunicación entre secretarías.

relaciones exterioresnaturalizacioninformacion
Art.
97

Artículo 97. Registro Nacional de Ciudadanos

El Registro Nacional de Ciudadanos y la Cédula de Identidad Ciudadana son servicios públicos prestados por el Estado. Este artículo establece su importancia.

registro ciudadanoscedula identidadservicios publicos
Art.
98

Artículo 98. Obligación de Inscripción

Los ciudadanos mexicanos deben inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener su Cédula de Identidad. Este artículo establece la obligación de los ciudadanos.

inscripcioncedula identidadciudadanos
Art.
99

Artículo 99. Requisitos para Inscripción

Para inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, los ciudadanos deben presentar una solicitud y entregar documentos específicos. Este artículo detalla los requisitos necesarios.

requisitosinscripciondocumentos
Art.
100

Artículo 100. Sustitucion de acta de nacimiento

En caso de no poder presentar la copia certificada del acta de nacimiento, se permite la sustitución por documentos que garanticen la veracidad de los datos personales. Esta disposición está sujeta a lo que establezca el reglamento de la ley.

acta de nacimientodocumentosidentidad
Art.
101

Artículo 101. Verificacion de datos por Gobernacion

La Secretaría de Gobernación tiene la facultad de verificar la identidad de las personas mediante la confrontación de datos con archivos de la administración pública. Las dependencias están obligadas a proporcionar la información solicitada.

verificacionidentidadgobernacion
Art.
102

Artículo 102. Suspension de registro por irregularidades

Si la Secretaría de Gobernación encuentra irregularidades en los documentos presentados, suspenderá el registro y notificará al interesado. Este podrá solicitar aclaraciones conforme al reglamento.

suspensionregistroirregularidades
Art.
103

Artículo 103. Expedicion de Cedula de Identidad

Una vez cumplidos los requisitos, la Secretaría de Gobernación debe expedir la Cédula de Identidad Ciudadana al ciudadano. Este documento es fundamental para la identificación oficial.

cedula de identidadexpedicionidentificacion
Art.
104

Artículo 104. Definicion de Cedula de Identidad

La Cédula de Identidad Ciudadana es el documento oficial que prueba la identidad del titular. Tiene validez plena ante cualquier autoridad.

definicioncedula de identidaddocumento oficial
Art.
105

Artículo 105. Valor de la Cedula de Identidad

La Cédula de Identidad Ciudadana es válida como medio de identificación ante todas las autoridades en México y en el extranjero. Esto la convierte en un documento esencial para los ciudadanos.

valorcedula de identidadidentificacion
Art.
106

Artículo 106. No sancion por no portar Cedula

Ninguna persona podrá ser sancionada por no portar la Cédula de Identificación Ciudadana. Esto implica que la tenencia del documento no es obligatoria en todo momento.

sancioncedula de identidadidentificacion
Art.
107

Artículo 107. Datos en la Cedula de Identidad

La Cédula de Identidad Ciudadana debe contener datos esenciales como apellidos, nombre, clave única de registro, fotografía, lugar y fecha de nacimiento, así como firma y huella dactilar.

datoscedula de identidadidentificacion
Art.
108

Artículo 108. Custodia de la Cedula de Identidad

El titular de la Cédula de Identidad Ciudadana es responsable de su custodia y conservación. Esto implica que debe cuidarla adecuadamente para evitar su pérdida o deterioro.

custodiacedula de identidadresponsabilidad
Art.
109

Artículo 109. Renovacion de la Cedula de Identidad

La Cédula de Identidad Ciudadana debe renovarse cada 15 años o cuando esté deteriorada. El portador debe devolver la cédula anterior al recoger la nueva.

renovacioncedula de identidadvigencia
Art.
110

Artículo 110. Reposicion de Cedula extraviada

Si un ciudadano extravía o destruye su Cédula de Identidad Ciudadana, debe avisar a la Secretaría de Gobernación dentro de los 30 días y tramitar su reposición.

reposicioncedula de identidadextravio
Art.
111

Artículo 111. Identificacion para menores de edad

La Secretaría de Gobernación puede expedir un documento de identificación para mexicanos menores de 18 años, conforme a lo que establezca el reglamento.

identificacionmenores de edadgobernacion
Art.
112

Artículo 112. Informacion al INE

La Secretaría de Gobernación proporcionará información del Registro Nacional de Ciudadanos al Instituto Nacional Electoral para la integración de instrumentos electorales.

informacionineregistro nacional
Art.
113

Artículo 113. Sanciones a empleados de Gobernacion

Los empleados de la Secretaría de Gobernación pueden ser sancionados por violaciones a la confidencialidad o por no expedir la Cédula de Identidad. Esto incluye sanciones severas en casos graves.

sancionesempleadosgobernacion
Art.
114

Artículo 114. Sanciones a autoridades por violaciones

Las autoridades que violen la Ley General de Población pueden ser sancionadas con multas y destitución en caso de reincidencia. Esto busca garantizar el cumplimiento de la ley.

sancionesautoridadesviolaciones
Art.
114 Bis

Artículo 114 Bis. Sanciones por incumplimiento

Las autoridades y particulares que no cumplan con las obligaciones del articulo 91 Bis serán sancionados con multas significativas. Las multas oscilan entre 10,000 y 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

sancionesincumplimientounidad de medida
Art.
115

Artículo 115. Multas por auxilio a violaciones

Auxiliar o aconsejar a alguien para violar disposiciones de la Ley puede resultar en multas o arresto. La multa puede alcanzar hasta cien días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

multasviolacionessalario minimo
Art.
116

Artículo 116. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Originalmente abordaba disposiciones que han sido modificadas o eliminadas.

derogacionvalidez legal
Art.
117

Artículo 117. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y no es aplicable. Su contenido ha sido reemplazado por nuevas disposiciones.

derogacionnuevas disposiciones
Art.
118

Artículo 118. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no es parte de la legislación actual. Se han realizado reformas que lo han sustituido.

derogacionreformas
Art.
119

Artículo 119. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y no tiene efecto legal. Su contenido ha sido considerado obsoleto.

derogacioncontenido obsoleto
Art.
120

Artículo 120. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no es aplicable en la legislación actual. Su eliminación responde a cambios normativos.

derogacioncambios normativos
Art.
121

Artículo 121. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y no tiene validez. Las disposiciones que contenía han sido reemplazadas.

derogaciondisposiciones reemplazadas
Art.
122

Artículo 122. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no es parte de la ley. Su contenido ha sido considerado innecesario.

derogacioncontenido innecesario
Art.
123

Artículo 123. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y no tiene efecto legal. Las disposiciones que contenía han sido eliminadas.

derogacioneliminacion de disposiciones
Art.
124

Artículo 124. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no es aplicable. Su contenido ha sido reemplazado por nuevas normativas.

derogacionnuevas normativas
Art.
125

Artículo 125. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y no tiene validez en la actualidad. Su contenido ha sido considerado obsoleto.

derogacioncontenido obsoleto
Art.
126

Artículo 126. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no es parte de la legislación actual. Su eliminación responde a cambios normativos.

derogacioncambios normativos
Art.
127

Artículo 127. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y no tiene efecto legal. Su contenido ha sido considerado innecesario.

derogacioncontenido innecesario
Art.
128

Artículo 128. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no es parte de la ley. Su contenido ha sido considerado obsoleto.

derogacioncontenido obsoleto
Art.
129

Artículo 129. Derogacion del articulo 129

El articulo 129 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 109. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 129ley general de poblacion
Art.
130

Artículo 130. Derogacion del articulo 130

El articulo 130 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 110. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 130ley general de poblacion
Art.
131

Artículo 131. Derogacion del articulo 131

El articulo 131 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 111. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 131ley general de poblacion
Art.
132

Artículo 132. Derogacion del articulo 132

El articulo 132 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 112. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 132ley general de poblacion
Art.
133

Artículo 133. Derogacion del articulo 133

El articulo 133 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 113. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 133ley general de poblacion
Art.
134

Artículo 134. Derogacion del articulo 134

El articulo 134 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 114. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 134ley general de poblacion
Art.
135

Artículo 135. Derogacion del articulo 135

El articulo 135 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 115. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 135ley general de poblacion
Art.
136

Artículo 136. Derogacion del articulo 136

El articulo 136 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 116. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 136ley general de poblacion
Art.
137

Artículo 137. Derogacion del articulo 137

El articulo 137 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 117. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 137ley general de poblacion
Art.
138

Artículo 138. Derogacion del articulo 138

El articulo 138 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 118. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 138ley general de poblacion
Art.
139

Artículo 139. Derogacion del articulo 139

El articulo 139 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 119. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 139ley general de poblacion
Art.
139 Bis

Artículo 139 Bis. Derogacion del articulo 139 Bis

El articulo 139 Bis ha sido derogado. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 139 bisley general de poblacion
Art.
140

Artículo 140. Derogacion del articulo 140

El articulo 140 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 120. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 140ley general de poblacion
Art.
141

Artículo 141. Derogacion del articulo 141

El articulo 141 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 121. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2011.

derogacionarticulo 141ley general de poblacion
Art.
142

Artículo 142. Derogacion del articulo 142

El articulo 142 ha sido derogado, anteriormente era el articulo 122. Esta derogacion fue publicada en el DOF el 8 de noviembre de 1996.

derogacionarticulo 142ley general de poblacion
Art.
143

Artículo 143. Artículo derogado

El artículo 143 ha sido derogado, lo que implica que ya no tiene validez legal. Su historia incluye reformas y recorridos en su numeración a lo largo del tiempo.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
144

Artículo 144. Artículo derogado

El artículo 144 ha sido derogado y ya no es aplicable en la ley actual. Este artículo fue adicionado y posteriormente recorrido en su numeración.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
145

Artículo 145. Artículo derogado

El artículo 145 ha sido derogado, lo que significa que no tiene efecto legal en la actualidad. Su adición y posterior derogación reflejan cambios en la legislación.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
146

Artículo 146. Artículo derogado

El artículo 146 ha sido derogado y no es parte de la ley vigente. Este artículo fue añadido en una etapa anterior de la legislación.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
147

Artículo 147. Artículo derogado

El artículo 147 ha sido derogado, por lo que ya no tiene aplicación legal. Su historia incluye su adición en años anteriores.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
148

Artículo 148. Artículo derogado

El artículo 148 ha sido derogado y no es parte de la legislación vigente. Este artículo fue añadido en un contexto legislativo anterior.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
149

Artículo 149. Artículo derogado

El artículo 149 ha sido derogado, lo que significa que no tiene validez en la ley actual. Su adición y posterior derogación reflejan cambios en la normativa.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
150

Artículo 150. Artículo derogado

El artículo 150 ha sido derogado y ya no es aplicable. Este artículo fue parte de la legislación en un contexto anterior.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
151

Artículo 151. Artículo derogado

El artículo 151 ha sido derogado, lo que significa que no tiene efecto legal en la actualidad. Este artículo fue reformado antes de su derogación.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
152

Artículo 152. Artículo derogado

El artículo 152 ha sido derogado y no forma parte de la ley vigente. Su adición y posterior derogación indican cambios legislativos.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
153

Artículo 153. Artículo derogado

El artículo 153 ha sido derogado, por lo que ya no tiene aplicación legal. Este artículo fue parte de la legislación en un contexto anterior.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
154

Artículo 154. Artículo derogado

El artículo 154 ha sido derogado y no es parte de la legislación vigente. Su historia incluye su adición en años anteriores.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
155

Artículo 155. Artículo derogado

El artículo 155 ha sido derogado, lo que significa que no tiene validez en la ley actual. Su adición y posterior derogación reflejan cambios en la normativa.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
156

Artículo 156. Artículo derogado

El artículo 156 ha sido derogado y ya no es aplicable. Este artículo fue parte de la legislación en un contexto anterior.

derogacionhistoria legislativaley poblacion
Art.
157

Artículo 157. Artículo derogado

El artículo 157 ha sido derogado, lo que significa que no tiene efecto legal en la actualidad. Este artículo fue reformado antes de su derogación.

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