Los empleados de la Secretaría de Gobernación pueden ser sancionados por violaciones a la confidencialidad o por no expedir la Cédula de Identidad. Esto incluye sanciones severas en casos graves.
Los empleados de la Secretaría de Gobernación serán sancionados con suspensión de empleo hasta por treinta días o destitución en caso grave, cuando:
I. Sin estar autorizados, den a conocer asuntos de carácter confidencial;
II. (Se deroga). Fracción derogada DOF 25-05-2011
III. (Se deroga). Fracción derogada DOF 25-05-2011
LEY GENERAL DE POBLACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IV. No expidan la Cédula de Identidad a la persona que se presente con los documentos requeridos o retengan indebidamente dicha Cédula una vez expedida; Fracción reformada DOF 22-11-2010
V. (Se deroga). Fracción reformada DOF 22-11-2010. Derogada DOF 25-05-2011
VI. Cometan actos u omisiones que violen los derechos humanos de las personas que se encuentran sujetas a esta ley. Fracción adicionada DOF 22-11-2010 Artículo recorrido (antes artículo 93) DOF 22-07-1992
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los empleados de Gobernación cumplan con sus obligaciones para evitar sanciones que afecten su carrera profesional.
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