LGP

Artículo 109. Renovacion de la Cedula de Identidad

La Cédula de Identidad Ciudadana debe renovarse cada 15 años o cuando esté deteriorada. El portador debe devolver la cédula anterior al recoger la nueva.

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Texto Legal

La Cédula de Identidad Ciudadana deberá renovarse;

I. A más tardar, noventa días antes de que concluya su vigencia; la cual no podrá exceder de 15 años;

II. Cuando esté deteriorada por su uso; y

III. Cuando los rasgos físicos de una persona cambien de tal suerte que no se correspondan con los de la fotografía que porta la cédula.

En todos los casos, el portador deberá devolver la Cédula de Identidad Ciudadana anterior al momento de recoger la nueva. Artículo adicionado DOF 22-07-1992

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Recuerde programar la renovación de su cédula con anticipación para evitar inconvenientes en su vigencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 109 del LGP?

La Cédula de Identidad Ciudadana debe renovarse cada 15 años o cuando esté deteriorada. El portador debe devolver la cédula anterior al recoger la nueva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 109 de la LEY de Población?

[IA] Recuerde programar la renovación de su cédula con anticipación para evitar inconvenientes en su vigencia.

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