LGP

Artículo 108. Custodia de la Cedula de Identidad

El titular de la Cédula de Identidad Ciudadana es responsable de su custodia y conservación. Esto implica que debe cuidarla adecuadamente para evitar su pérdida o deterioro.

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Texto Legal

Corresponde al titular de la Cédula de Identidad Ciudadana su custodia y conservación. Artículo adicionado DOF 22-07-1992

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los ciudadanos mantengan su cédula en un lugar seguro para evitar complicaciones en su uso diario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LGP?

El titular de la Cédula de Identidad Ciudadana es responsable de su custodia y conservación. Esto implica que debe cuidarla adecuadamente para evitar su pérdida o deterioro.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la LEY de Población?

[IA] Es fundamental que los ciudadanos mantengan su cédula en un lugar seguro para evitar complicaciones en su uso diario.

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