LGP

Artículo 83. Acciones para Repatriados

La Secretaria coordina acciones para la atención y reintegración de mexicanos repatriados, enfocándose en empleo y vivienda. Este articulo es fundamental para la reintegración social.

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Texto Legal

La Secretaría estará facultada para coordinar de manera institucional las acciones de atención y reintegración de mexicanos repatriados, poniendo especial énfasis en que sean orientados acerca de las opciones de empleo y vivienda que haya en el lugar del territorio nacional en el que manifiesten su intención de residir. Artículo reformado DOF 03-01-1975, 25-05-2011

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las acciones de reintegración son vitales para los repatriados, y los profesionales deben estar informados sobre los recursos disponibles para brindar una adecuada asesoría.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 83 del LGP?

La Secretaria coordina acciones para la atención y reintegración de mexicanos repatriados, enfocándose en empleo y vivienda. Este articulo es fundamental para la reintegración social.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 83 de la LEY de Población?

[IA] Las acciones de reintegración son vitales para los repatriados, y los profesionales deben estar informados sobre los recursos disponibles para brindar una adecuada asesoría.

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