LEPEPM

LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos

La Ley de la Empresa Publica del Estado, Petroleos Mexicanos (LEPEPM) regula la organizacion, funcionamiento y administracion de PEMEX, estableciendo un marco juridico para su operacion como empresa productiva del Estado. Esta ley aplica a PEMEX y sus empresas filiales, asi como a los servidores publicos involucrados en su gestion. Los temas principales que cubre incluyen disposiciones generales, estructura y funciones del consejo de administracion, designacion del director general, politicas de remuneraciones, y procedimientos de contratacion y adquisiciones. Su importancia radica en proporcionar un marco claro y transparente que facilita la rendicion de cuentas y la correcta gestion de los recursos publicos, siendo relevante para abogados, contadores y ciudadanos interesados en la administracion publica y la transparencia en el uso de recursos del Estado.

Publicado: 18 de marzo de 2025|Última reforma: 18 de marzo de 2025| PDF oficial

Estructura

126 artículos totales · 78 artículos clave analizados

Artículos (126)

Art.
1

Artículo 1. Objeto y ambito de aplicacion

Ley reglamentaria que regula la organizacion, administracion, funcionamiento, operacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas de Petroleos Mexicanos como empresa publica del Estado con regimen especial.

empresa publicapetroleos mexicanosregimen especial
Art.
2

Artículo 2. Naturaleza juridica y domicilio

PEMEX es entidad de administracion publica federal con independencia tecnica, operativa y de gestion, personalidad juridica, regimen especial y patrimonio propio, con domicilio en Ciudad de Mexico.

entidad publicaindependencia operativapersonalidad juridica
Art.
3

Artículo 3. Objeto empresarial de PEMEX

PEMEX realiza actividades de exploracion, extraccion, transformacion, importacion, exportacion, almacenamiento, comercializacion, transporte y distribucion de hidrocarburos y derivados, mas energias alternativas.

hidrocarburosexploraciontransformacion
Art.
4

Artículo 4. Aclaracion sobre monopolios

Las actividades de PEMEX no constituyen monopolios conforme al articulo 28 parrafo cuarto de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos.

monopolioconstitucionactividades empresariales
Art.
5

Artículo 5. Ocho areas de regimen especial

PEMEX tiene regimen especial en: empresas filiales, remuneraciones, adquisiciones, bienes, responsabilidades administrativas, presupuesto, deuda y sostenibilidad.

regimen especialadquisicionespresupuesto
Art.
6

Artículo 6. Jerarquia normativa y aplicacion supletoria

PEMEX se sujeta a esta ley y reglamentos derivados; derecho publico, civil y mercantil aplican supletoriamente segun naturaleza del acto; duda favorece interpretacion que privilegie objeto y esencia de PEMEX.

aplicacion supletoriainterpretacion normativasecretaria de energia
Art.
7

Artículo 7. Principios rectores de PEMEX

PEMEX se rige por principios de transparencia, honestidad, eficiencia, equidad, sostenibilidad, rendicion de cuentas y responsabilidad social para preservar soberania energetica.

transparenciaresponsabilidad socialsostenibilidad
Art.
8

Artículo 8. Actividades permisibles de PEMEX

PEMEX puede realizar once categorias de actividades desde exploracion y extraccion hasta investigacion tecnologica, biocombustibles, energias renovables y servicios a terceros a precios de mercado.

exploracionextraccionrefinacion
Art.
9

Artículo 9. Modalidades contractuales y asociaciones

PEMEX puede realizar actividades por si misma o mediante filiales a traves de contratos, convenios, alianzas, asociaciones o actos juridicos con sectores publico, privado o social, nacional o internacional.

asociacionescontratosempresas filiales
Art.
10

Artículo 10. Facultades contractuales y propiedad de hidrocarburos

PEMEX puede celebrar contratos, convenios, suscriben titulos de credito y otorgar garantias; el Estado conserva propiedad exclusiva de hidrocarburos en subsuelo; PEMEX realiza operaciones relacionadas a su objeto.

contratosgarantiaspropiedad publica
Art.
11

Artículo 11. Contratos con particulares y desarrollo mixto

PEMEX y filiales pueden celebrar contratos de desarrollo mixto compartiendo costos, gastos, inversiones, riesgos; terceros no tienen derecho a registrar reservas petroleras como activos propios.

desarrollo mixtoasociacionescomparticion de riesgos
Art.
12

Artículo 12. Reportes contables de asignaciones y contratos

PEMEX puede reportar asignaciones y contratos del Gobierno Federal con beneficios esperados siempre que afirme que hidrocarburos en subsuelo son propiedad de la Nacion.

contabilidadasignacionesbeneficios esperados
Art.
13

Artículo 13. Composicion del patrimonio de PEMEX

Patrimonio de PEMEX integrado por bienes, derechos, obligaciones adquiridas, asignadas, transferidas, donadas, y rendimientos de operaciones e ingresos de cualquier concepto.

patrimonioactivospasivos
Art.
14

Artículo 14. Organizacion y estructura organica

PEMEX cuenta con organizacion y estructura organica determinada por Consejo de Administracion; debe optimizar recursos, cumplir austeridad, simplificar procesos, asegurar independencia tecnica y de gestion.

organizacionestructuraausteridad
Art.
15

Artículo 15. Organos de direccion y administracion

PEMEX es dirigida y administrada por un Consejo de Administracion como organo supremo y una Direccion General.

consejo de administraciondireccion generalgobierno corporativo
Art.
16

Artículo 16. Funciones del Consejo de Administracion

Consejo es organo supremo responsable de politicas, lineamientos y vision estrategica incluyendo: conduccion, directrices, aprobacion de programas, creacion de filiales, sostenibilidad, cumplimiento legal, inversiones y contrataciones.

consejo de administracionpolitica estrategicasostenibilidad
Art.
17

Artículo 17. Programa de Desarrollo quinquenal

PEMEX elabora anualmente Programa de Desarrollo con horizonte cinco anos y prospectiva quince anos; debe contener objetivos, estrategias, metas, diagnostico financiero, indicadores y escenarios de riesgos.

planeacionprograma de desarrolloindicadores
Art.
18

Artículo 18. Integracion del Consejo de Administracion

Consejo integrado por ocho personas: Secretario de Energia (presidente), Secretarios de Hacienda, Ambiente, Ciencia, Director de CFE, y tres consejeros independientes ratificados por Senado con voto calificado.

consejo de administracionconsejeros independientesgobierno corporativo
Art.
19

Artículo 19. Restricciones de conflicto de interes

Consejeros independientes pueden desempenar empleos sector privado salvo conflicto de interes; no pueden ocupar cargos en gobiernos federal, estatal o municipal durante gestión.

conflicto de interesconsejeros independientesgobierno corporativo
Art.
20

Artículo 20. Suplencia y representacion de consejeros

Consejeros de gobierno pueden ser suplidos por servidor publico de nivel inmediato inferior; consejeros independientes no tienen suplentes y ejercen cargo personal; en comites pueden designar suplentes de jerarquias inferiores.

consejerossuplenciarepresentacion
Art.
21

Artículo 21. Imparcialidad y deberes consejeros

Los consejeros deben actuar con imparcialidad en beneficio de Pemex, separando intereses de su institucion origen. No se considera que representen a su secretaria de estado al votar.

consejo de administracionconflicto de interesdeberes fiduciarios
Art.
22

Artículo 22. Publicidad de informacion consejera

La informacion y documentos sobre designacion de consejeros son publicos, sujetos al Reglamento y normativa de datos personales.

transparenciaacceso a informaciondatos personales
Art.
23

Artículo 23. Requisitos consejeros independientes

Consejeros independientes requieren titulo profesional en areas especificas con minimo 5 anos, 10 anos experiencia, sin condenas dolosas ni inhabilitaciones, y sin litigios pendientes con Pemex.

consejeros independientesrequisitos profesionalesantecedentes
Art.
24

Artículo 24. Exclusion de conflictos consejeros

Consejeros independientes deben designarse sin conflicto de interes y sin sujecion a intereses personales, patrimoniales o economicos.

conflicto de interesconsejeros independientesimparcialidad
Art.
25

Artículo 25. Periodo y renovacion consejeros

Consejeros independientes tienen periodo de 5 anos, escalonado y sucesion anual, con posibilidad de renovacion por periodo adicional, removibles solo por causas legales.

periodo de encargorenovacionestabilidad
Art.
26

Artículo 26. Remuneracion y relacion laboral

Consejeros independientes no tienen relacion laboral con Pemex, reciben remuneracion fijada por comite especial con minimo 1 revision anual, pueden tener 1 asistente maximo.

remuneracioncomite especialindependencia laboral
Art.
27

Artículo 27. Secretaria y prosecretaria consejo

El Consejo designa Secretario a propuesta de su Presidente, e igualmente designa Prosecretario a propuesta del Director General con funciones segun reglas operativas.

secretaria del consejoestructura administrativadesignacion
Art.
28

Artículo 28. Reglas operacion consejo administracion

Consejo emite reglas operativas con voto de 6 consejeros, estableciendo sesiones trimestrales, quorum de 5 con minimo 1 independiente, votacion obligatoria, conflictos de interes, y participacion de invitados.

reglas internassesionesquorum
Art.
29

Artículo 29. Acceso a informacion consejeros

Consejeros pueden solicitar informacion necesaria para toma de decisiones a traves del Director General, entregada en plazos fijados por el Consejo.

derecho a informacionacceso a datosdecision informada
Art.
30

Artículo 30. Confidencialidad obligaciones consejeros

Consejeros, invitados y personal administrativo guardan confidencialidad por 5 anos post-cargo, o indefinidamente si tienen vinculo comercial posterior con Pemex o competidores.

confidencialidadsecreto comercialobligacion postcargo
Art.
31

Artículo 31. Publicidad actas y acuerdos

Actas y acuerdos del Consejo son publicos por regla, pero pueden reservarse parcial o totalmente conforme a politicas del Consejo y disposiciones legales aplicables.

transparenciareserva de informacionactas publicas
Art.
32

Artículo 32. Regimen responsabilidad independiente

Consejeros responden exclusivamente bajo esta Ley por funciones en Consejo, no bajo Ley General de Responsabilidades Administrativas ni otros ordenamientos generales.

responsabilidadregimen especialexclusion
Art.
33

Artículo 33. Responsabilidad civil consejeros

Consejeros responden por danos a Pemex derivados de actos u omisiones, con solidaridad entre decisores, prescripcion de 5 anos, y reclamo por via civil independiente de responsabilidad penal.

responsabilidad civildano y perjuicioprescripcion
Art.
34

Artículo 34. Obligaciones desempeno consejeros

Consejeros deben: abstenerse de transacciones comerciales con Pemex, participar en comites, proporcionar opiniones y recomendaciones, y cumplir deberes de diligencia y lealtad.

obligacionestransacciones prohibidasconflicto de interes
Art.
35

Artículo 35. Incumplimiento deber diligencia

Incumplen deber de diligencia: faltar injustificadamente a sesiones, no revelar o falsear informacion relevante, e incumplir obligaciones legales.

deber de diligenciaasistenciainformacion
Art.
36

Artículo 36. Incumplimiento deber lealtad

Incumplen deber de lealtad: obtener beneficios economicos, asistir con conflicto de interes, usar bienes corporativos, divulgar informacion confidencial, falsicar registros contables u ocultar operaciones ilicitas.

deber de lealtadconflicto de interesfraude contable
Art.
37

Artículo 37. Responsabilidad solidaria precedentes

Consejeros responden solidariamente con predecesores por irregularidades no comunicadas al Comite de Auditoria. Obligacion de informar irregularidades conocidas a autoridades.

responsabilidad solidariaobligacion denunciaauditoria
Art.
38

Artículo 38. Exencion responsabilidad buena fe

Consejeros no responden por danos si actuan de buena fe cumpliendo requisitos de aprobacion, basandose en informacion de directivos o auditores, o eligiendo alternativa mas adecuada con informacion disponible.

exencion de responsabilidadbuena feinformacion experta
Art.
39

Artículo 39. Causas remocion consejeros

Causas de remocion: incapacidad mental/fisica >6 meses, incumplimiento acuerdos, incumplimiento deliberado deberes, incumplimiento requisitos de designacion, no excusarse conflicto, falta a 3+ sesiones consecutivas o <75% anual.

remocioncausasincapacidad
Art.
40

Artículo 40. Procedimiento remocion senado

Presidente ejecutivo determina remocion con elementos recabados, debe ser enviada a Camara de Senadores para aprobacion por mayoria absoluta en 30 dias naturales.

procedimiento remocionsenadomayoria absoluta
Art.
41

Artículo 41. Remocion de consejero y denuncias

Establece que cuando la remocion de un consejero independiente implique posible delito o daño patrimonial, se deben presentar las denuncias y ejercer las acciones legales correspondientes ante las autoridades competentes.

consejo de administracionremociondelitos
Art.
42

Artículo 42. Comites del Consejo de Administracion

Define los seis comites obligatorios del Consejo: Auditoria, Recursos Humanos, Estrategia e Inversiones, Adquisiciones, Empresas Filiales y Sostenibilidad, estableciendo su composicion y funciones generales.

comitesgobierno corporativoestructura administrativa
Art.
43

Artículo 43. Integracion y funcionamiento de comites

Establece que los comites deben tener entre 3 y 5 consejeros con principio de paridad, al menos uno independiente, excepto el de Auditoria. Define atribuciones del Consejo para determinar integracion y reglas.

composicion de comitesconsejeros independientesparidad
Art.
44

Artículo 44. Comite de Auditoria independiente

Especifica que el Comite de Auditoria se integra por tres consejeros independientes con presidencia rotatoria anual, y puede convocar a representantes de otras areas como invitados con voz pero sin voto.

auditoriaindependenciasupervisory oversight
Art.
45

Artículo 45. Comite de Recursos Humanos y Austeridad

Define funciones del Comite incluyendo proponer remuneraciones, vigilar austeridad, evaluar desempeño, y supervisar lineamientos de capacitacion, con participacion obligatoria de Secretarias de Energia y Hacienda.

recursos humanosremuneracionesausteridad
Art.
46

Artículo 46. Comite de Estrategia e Inversiones

Establece funciones del Comite para auxiliar en aprobacion de directrices de inversion, analizar Programa de Desarrollo, supervisar inversiones autorizadas y emitir recomendaciones sobre fondos y fideicomisos.

inversionesestrategia empresarialfideicomisos
Art.
47

Artículo 47. Comite de Adquisiciones y Contrataciones

Define funciones del Comite para revisar politicas de contratacion, opinar sobre adquisiciones, autorizar excepciones a concurso abierto con filiales, y supervisar programas anuales de adquisiciones.

adquisicionescontratacion publicaconflicto de intereses
Art.
48

Artículo 48. Comite de Empresas Filiales

Establece funciones del Comite para opinar sobre creacion de filiales, evaluar su desempeño, revisar operaciones entre partes relacionadas, y asegurar alineacion con Programa de Desarrollo.

empresas filialesoperaciones relacionadasgobierno corporativo filial
Art.
49

Artículo 49. Comite de Sostenibilidad ambiental

Establece funciones del Comite para proponer estrategias en temas ambientales, sociales y de fortalecimiento institucional, supervisar riesgos de sostenibilidad, y aprobar reportes anuales de sostenibilidad.

sostenibilidadambientalresponsabilidad social
Art.
50

Artículo 50. Funciones del Director General

Define atribuciones del Director General para administrar y representar a Pemex, ejecutar acuerdos del Consejo, formular programas, autorizar pagos, y conducir politicas de desarrollo comunitario.

direccion generalrepresentacion legalfacultades administrativas
Art.
51

Artículo 51. Designacion del Director General

Establece que el Director General es nombrado por el Ejecutivo Federal, debe cumplir requisitos de consejeros independientes, y no puede tener relaciones de parentesco con miembros del Consejo.

director generaldesignacionconflicto de intereses
Art.
52

Artículo 52. Remocion del Director General

Permite la remocion discrecional del Director General por el Ejecutivo Federal o por el Consejo con al menos seis votos. El Consejo resuelve solicitudes de licencia.

remocionlicenciadirector general
Art.
53

Artículo 53. Obligaciones de revelacion del Director General

Obliga al Director General a informar al Ejecutivo Federal y al Consejo sobre incumplimiento de requisitos para su designacion e impedimentos sobrevinientes.

divulgacionimpedimentostransparencia
Art.
54

Artículo 54. Organos de vigilancia y auditoria

Establece que la vigilancia se realiza por tres organos: Comite de Auditoria, Auditoria Interna y Auditoria Externa, con funciones diferenciadas.

auditoriavigilanciacontrol interno
Art.
55

Artículo 55. Funciones del Comite de Auditoria

Define 15 funciones del Comite incluyendo proponer auditor interno, supervisar informacion financiera, evaluar control interno, verificar cumplimiento de objetivos, y autorizar servicios adicionales del auditor externo.

auditoria internacontrol internoinformacion financiera
Art.
56

Artículo 56. Auditoria Interna independiente

Establece que la Auditoria Interna depende del Consejo a traves de su Comite de Auditoria, debe actuar con independencia, y supervisa el cumplimiento de politicas y sistemas de control.

auditoria internaindependenciacontrol interno
Art.
57

Artículo 57. Designacion del auditor interno

Establece que el auditor interno es designado por el Consejo a propuesta del Comite de Auditoria, y puede ser removido libremente por el Comite.

auditor internodesignacionremocion
Art.
58

Artículo 58. Funciones de Auditoria Interna

Detalla 10 funciones de Auditoria Interna incluyendo evaluacion de operaciones, verificacion de control interno, supervisión de sistemas informaticos, analisis de riesgos, y comunicacion con autoridades competentes.

auditoria internaevaluacion operativasistemas informaticos
Art.
59

Artículo 59. Sistema de control interno obligatorio

Obliga a implementar sistema de control interno con seis objetivos principales: prevenir riesgos, detectar corrupcion, delimitar funciones, garantizar cumplimiento legal, proporcionar informacion confiable y asegurar procesamiento seguro.

control internoprevencion de riesgosanticorrupcion
Art.
60

Artículo 60. Designacion del auditor externo

Establece que el auditor externo es designado por el Consejo de Administracion a propuesta del Comite de Auditoria.

auditoria externadesignacionindependencia
Art.
61

Artículo 61. Competencia de la Auditoría Superior

La Auditoría Superior de la Federación tiene la responsabilidad de fiscalizar a Petróleos Mexicanos, considerando las disposiciones legales y principios establecidos en la Ley. Esto incluye la evaluación de sus operaciones y la formulación de observaciones y recomendaciones pertinentes.

auditoriafiscalizacionpetróleos mexicanos
Art.
62

Artículo 62. Empresas filiales de Petróleos Mexicanos

Petróleos Mexicanos puede establecer empresas filiales para realizar diversas actividades, principalmente en exploración y extracción de hidrocarburos. Las operaciones de estas filiales deben cumplir con la Ley del Sector Hidrocarburos.

empresas filialeshidrocarburospetróleos mexicanos
Art.
63

Artículo 63. Definición de empresas filiales

Se consideran empresas filiales aquellas en las que Petróleos Mexicanos posee más del 50% del capital social. Estas no son entidades paraestatales y deben operar bajo el derecho privado del lugar donde se constituyan.

definicionempresas filialescapital social
Art.
64

Artículo 64. Autorización de creación de filiales

La creación, fusión o liquidación de empresas filiales requiere la autorización del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos. Este proceso debe seguir las normas establecidas por el propio Consejo.

autorizacionfilialesconsejo de administracion
Art.
65

Artículo 65. Actividades de exploración y extracción

Petróleos Mexicanos puede realizar actividades de exploración y extracción de hidrocarburos bajo diversas modalidades, incluyendo contratos de obras y servicios. Las condiciones varían según el tipo de asignación.

exploracionextraccioncontratos
Art.
66

Artículo 66. Consejeros en empresas filiales

Las Secretarías de Energía y de Hacienda pueden designar consejeros en las empresas filiales de Petróleos Mexicanos, lo que permite una supervisión más directa de las operaciones.

consejerossupervisionempresas filiales
Art.
67

Artículo 67. Coordinación de empresas filiales

Las empresas filiales deben operar de manera coordinada, consolidando recursos financieros y contabilidad, según lo determine el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos.

coordinacionfinanzascontabilidad
Art.
68

Artículo 68. Definición de actividades y objetivos

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos define las actividades y objetivos de las empresas filiales, asegurando su alineación con el Programa de Desarrollo de la empresa.

actividadesobjetivosprograma de desarrollo
Art.
69

Artículo 69. Ejercicio de derechos en filiales

El Consejo de Administración aprueba cómo se ejercen los derechos de Petróleos Mexicanos en la constitución y liquidación de sociedades, asegurando el cumplimiento de la Ley.

derechosliquidacionsociedades
Art.
70

Artículo 70. Alineación al Programa de Desarrollo

Las empresas filiales deben alinear sus actividades al Programa de Desarrollo de Petróleos Mexicanos, siguiendo las mejores prácticas de gobierno corporativo.

alineaciongobierno corporativoprograma de desarrollo
Art.
71

Artículo 71. Políticas de participación en capital social

El Consejo de Administración emite políticas sobre la participación de Petróleos Mexicanos en el capital social de otras sociedades, definiendo inversiones relevantes a aprobar.

politicasparticipacioncapital social
Art.
72

Artículo 72. Régimen de remuneraciones especial

Petróleos Mexicanos cuenta con un régimen de remuneraciones distinto al previsto en la Constitución, alineándose con políticas de austeridad y recursos humanos.

remuneracionesausteridadrecursos humanos
Art.
73

Artículo 73. Política de remuneraciones del personal

El Consejo de Administración debe establecer políticas de remuneraciones que reconozcan el esfuerzo laboral y aseguren la competitividad en el sector.

politicaremuneracionespersonal
Art.
74

Artículo 74. Contratación de personal no sindicalizado

La contratación de personal no sindicalizado debe ser transparente, publicando vacantes en la página de Internet de Petróleos Mexicanos, siguiendo principios de eficiencia y austeridad.

contratacionpersonaltransparencia
Art.
75

Artículo 75. Lineamientos de austeridad

Petróleos Mexicanos debe implementar lineamientos de austeridad en el gasto, buscando mejorar su balance financiero sin comprometer la eficiencia operativa.

austeridadgastoeficiencia
Art.
76

Artículo 76. Lineamientos de austeridad

Este artículo establece los principios que deben regir los lineamientos de austeridad en el gasto y uso de recursos en Petróleos Mexicanos. Se busca promover la eficiencia, transparencia y el beneficio público en la utilización de los recursos.

austeridadrecursos publicostransparencia
Art.
77

Artículo 77. Programas anuales de austeridad

Se requiere la elaboración de programas anuales de austeridad que deben ser aprobados por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos. Estos programas deben contener metas específicas y contar con la opinión de la Secretaría de Energía.

programas anualesausteridadsecretaria de energia
Art.
78

Artículo 78. Adquisiciones y arrendamientos

Petróleos Mexicanos debe realizar adquisiciones y arrendamientos conforme a principios de economía y eficiencia, asegurando las mejores condiciones en precio y calidad. Este artículo excluye la aplicación de ciertas leyes de adquisiciones.

adquisicionesarrendamientoseficiencia
Art.
79

Artículo 79. Disposiciones del Consejo de Administración

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos debe emitir disposiciones para los procedimientos de adquisiciones y arrendamientos, observando principios de austeridad y transparencia.

consejo de administraciontransparenciaausteridad
Art.
80

Artículo 80. Procedimientos de contratación

Las adquisiciones y arrendamientos deben realizarse por concurso abierto, con la posibilidad de utilizar medios electrónicos. Se establecen criterios de transparencia y competitividad en los procedimientos.

contratacionconcurso abiertotransparencia
Art.
81

Artículo 81. Excepciones al concurso abierto

Se permiten otros procedimientos de contratación cuando el concurso abierto no sea adecuado, bajo ciertas condiciones que deben ser justificadas. Esto incluye situaciones de seguridad y urgencia.

excepcionescontratacionseguridad
Art.
82

Artículo 82. Invitación a proveedores

En procedimientos distintos al concurso abierto, se debe invitar a proveedores con capacidad adecuada y experiencia. La información debe ser publicada para mayor transparencia.

proveedoresinvitaciontransparencia
Art.
83

Artículo 83. Naturaleza de los contratos

Los actos en el procedimiento de contratación son administrativos hasta la firma del contrato, que se rige por legislación mercantil. Esto implica diferentes regulaciones antes y después de la firma.

contratosnaturaleza administrativalegislacion mercantil
Art.
84

Artículo 84. Recursos contra fallos

Se establece el recurso de reconsideración ante fallos de contratación, y la acción jurisdiccional ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Esto limita las instancias de defensa en otros casos.

recursosfallosjusticia administrativa
Art.
85

Artículo 85. Prevención de irregularidades

El Consejo de Administración debe emitir políticas para prevenir y sancionar irregularidades en los procedimientos de contratación y ejecución de contratos. Esto incluye mecanismos de control interno.

irregularidadesprevencionpoliticas
Art.
86

Artículo 86. Identificación de riesgos

Se deben establecer mecanismos para identificar y administrar riesgos en los procedimientos de contratación. Esto incluye la recepción de denuncias anónimas sobre irregularidades.

riesgosdenunciascontratacion
Art.
87

Artículo 87. Responsabilidad en decisiones

Se debe clarificar los niveles de decisión y responsabilidad en los procedimientos de contratación. Esto es esencial para asegurar la rendición de cuentas dentro de la empresa.

responsabilidaddecisionesrendicion de cuentas
Art.
88

Artículo 88. Sistema de información pública

Petróleos Mexicanos debe contar con un sistema de información pública sobre proveedores y contratistas, actualizándose periódicamente. Esto incluye información sobre contratos y cumplimiento.

informacion publicaproveedorescontratistas
Art.
89

Artículo 89. Ley General de Responsabilidades

Las contrataciones de Petróleos Mexicanos están sujetas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, siendo la Secretaría Anticorrupción la autoridad competente. Esto implica un marco regulatorio adicional.

responsabilidadesley generalanticorrupcion
Art.
90

Artículo 90. Disposición de bienes

Los actos relacionados con la disposición y uso de bienes de Petróleos Mexicanos se rigen por la legislación común aplicable. Esto establece un marco legal para la gestión de activos.

bienesdisposicionlegislacion comun
Art.
91

Artículo 91. Régimen de bienes inmuebles

Los bienes inmuebles de Petróleos Mexicanos son de dominio público y pueden ser enajenados bajo ciertas condiciones. Además, están exentos de contribuciones sobre la propiedad, lo que impacta su administración y financiamiento.

bienes inmueblesdominio publicoexencion fiscal
Art.
92

Artículo 92. Políticas de disposición de bienes

El Consejo de Administración debe establecer políticas para la disposición y administración de bienes de Petróleos Mexicanos, alineándose con la Constitución y sin aplicar la Ley General de Bienes Nacionales.

disposicion de bienespoliticas administrativasconsejo de administracion
Art.
93

Artículo 93. Responsabilidades administrativas

La Unidad de Responsabilidades es responsable de investigar y sancionar faltas administrativas en Petróleos Mexicanos, garantizando la independencia de la Auditoría Interna.

responsabilidades administrativasunidad de responsabilidadesauditoria interna
Art.
94

Artículo 94. Responsabilidad por daños

El personal de Petróleos Mexicanos es responsable por daños causados en el ejercicio de sus funciones, con posibilidad de indemnización solidaria entre los involucrados.

responsabilidad civilindemnizaciondaños y perjuicios
Art.
95

Artículo 95. Exención de responsabilidad

El personal no incurre en responsabilidad si actúa de buena fe y cumple con ciertos requisitos, lo que protege sus decisiones en el ejercicio de sus funciones.

exencion de responsabilidadbuena fedecisiones administrativas
Art.
96

Artículo 96. Abstención de sanciones

La Unidad de Responsabilidades puede abstenerse de sancionar al personal si se cumplen ciertos criterios, lo que promueve un ambiente de trabajo más flexible.

sanciones administrativasunidad de responsabilidadescriterios de evaluación
Art.
97

Artículo 97. Obligaciones post-empleo

El personal que deja Petróleos Mexicanos debe observar ciertas obligaciones de confidencialidad y no aprovechar su influencia durante dos años tras su salida.

confidencialidadobligaciones post-empleoinfluencia
Art.
98

Artículo 98. Código de ética

El Consejo de Administración debe emitir un Código de Ética que establezca principios de conducta para el personal de Petróleos Mexicanos y sus filiales.

codigo de eticaprincipios de conductaconsejo de administracion
Art.
99

Artículo 99. Políticas de contratación

Se deben aprobar políticas para la contratación de seguros y fianzas que cubran indemnizaciones por daños causados por el personal directivo de Petróleos Mexicanos.

contratacionsegurosfianzas
Art.
100

Artículo 100. Autonomía presupuestaria

Petróleos Mexicanos goza de autonomía presupuestaria, sujeta solo a la aprobación de la Cámara de Diputados y a principios de transparencia y rendición de cuentas.

autonomia presupuestariatransparenciarendicion de cuentas
Art.
101

Artículo 101. Elaboración del presupuesto

Petróleos Mexicanos debe seguir un proceso específico para la elaboración de su presupuesto anual, considerando variables macroeconómicas y aprobaciones necesarias.

elaboracion de presupuestovariables macroeconomicasaprobaciones
Art.
102

Artículo 102. Ejecución del presupuesto

Petróleos Mexicanos puede ejercer su presupuesto sin autorización de la Secretaría de Hacienda, siempre que se sigan lineamientos aprobados por su Consejo de Administración.

ejecucion de presupuestolineamientosconsejo de administracion
Art.
103

Artículo 103. Contabilidad de Petróleos Mexicanos

Petróleos Mexicanos no está sujeto a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, aplicando normas internacionales de información financiera para su contabilidad.

contabilidadnormas internacionalestransparencia
Art.
104

Artículo 104. Adecuaciones al presupuesto

El Consejo de Administración debe autorizar adecuaciones al presupuesto de Petróleos Mexicanos, con ciertas restricciones para evitar deterioros financieros.

adecuaciones presupuestariasconsejo de administracioncontrol financiero
Art.
105

Artículo 105. Disposiciones en servicios personales

Petróleos Mexicanos debe seguir disposiciones específicas en materia de servicios personales, incluyendo análisis de remuneraciones y retenciones fiscales.

servicios personalesremuneracionesretenciones fiscales
Art.
106

Artículo 106. Informacion al Congreso

Petróleos Mexicanos debe remitir información al Congreso de la Unión sobre su presupuesto cuando este lo solicite. La solicitud puede provenir de los órganos de gobierno de las Cámaras o de Comisiones competentes.

congresopresupuestopetróleos mexicanos
Art.
107

Artículo 107. Manejo de deuda publica

Petróleos Mexicanos debe seguir lineamientos específicos en el manejo de su deuda pública, incluyendo la coordinación con la Secretaría de Hacienda. Esto asegura que las obligaciones no excedan su capacidad de pago y se destinen correctamente.

deuda publicafinanciamientosecretaria de hacienda
Art.
108

Artículo 108. Aprobacion de deuda

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos es responsable de aprobar las políticas para la contratación de deuda pública. Esto asegura que las decisiones de financiamiento estén alineadas con los objetivos de la empresa.

consejo de administraciondeudapetróleos mexicanos
Art.
109

Artículo 109. Informe semestral de deuda

La Dirección General de Petróleos Mexicanos debe enviar un informe semestral al Congreso sobre el uso del endeudamiento. Este informe incluye aspectos como rentabilidad de proyectos y condiciones financieras.

informeendeudamientorentabilidad
Art.
110

Artículo 110. Programa ambiental

Petróleos Mexicanos debe desarrollar un programa para reducir el impacto ambiental de sus operaciones, incluyendo la transición hacia energías limpias. Esto es clave para cumplir con compromisos internacionales.

medio ambienteenergias limpiassostenibilidad
Art.
111

Artículo 111. Desarrollo sostenible

Petróleos Mexicanos debe contribuir al desarrollo sostenible y bienestar social en las comunidades donde opera. Esto implica acciones de responsabilidad social y respeto a los derechos humanos.

responsabilidad socialdesarrollo sosteniblecomunidades
Art.
112

Artículo 112. Ambientes laborales seguros

Petróleos Mexicanos debe garantizar ambientes laborales seguros y justos, promoviendo la salud y seguridad de su personal. Esto es esencial para el desarrollo sustentable de la empresa.

salud laboralseguridadderechos humanos
Art.
113

Artículo 113. Cultura de cumplimiento

Petróleos Mexicanos debe fomentar una cultura de cumplimiento en sus actividades, asegurando que se sigan las disposiciones legales y administrativas. Esto es vital para el éxito del Programa de Desarrollo.

cumplimientoprograma de desarrolloregulaciones
Art.
114

Artículo 114. Programa de cumplimiento legal

El Consejo de Administración debe aprobar un Programa de Cumplimiento Legal para prevenir riesgos de incumplimiento y corrupción. Esto es crucial para la integridad de la empresa.

cumplimiento legalcorrupcionconsejo de administracion
Art.
115

Artículo 115. Codigo de conducta

La Dirección General debe emitir un Código de Conducta que establezca las conductas esperadas y prohibidas para el personal. Esto promueve la ética dentro de la empresa.

codigo de conductaeticapetróleos mexicanos
Art.
116

Artículo 116. Debida diligencia

Petróleos Mexicanos debe implementar medidas de debida diligencia en sus negocios con terceros para prevenir riesgos de corrupción. Esto es esencial para mantener la integridad de la empresa.

debida diligenciacorrupcionterceros
Art.
117

Artículo 117. Leyes de transparencia

Petróleos Mexicanos debe cumplir con las leyes de transparencia y rendición de cuentas para prevenir actos de corrupción. Esto es vital para mantener la confianza pública.

transparenciarendicion de cuentascorrupcion
Art.
118

Artículo 118. Informacion publica

El Consejo de Administración debe garantizar la disponibilidad de información pública sobre la situación de Petróleos Mexicanos. Esto incluye aspectos financieros y operativos relevantes.

informacion publicaconsejo de administraciontransparencia
Art.
119

Artículo 119. Proteccion de informacion

Petróleos Mexicanos debe proteger la información comercial que le otorga ventajas competitivas. Esta información debe ser considerada reservada según las leyes aplicables.

proteccion de datosinformacion comercialtransparencia
Art.
120

Artículo 120. Difusion de informes

Petróleos Mexicanos debe presentar informes de manera clara y actualizada, cumpliendo con las obligaciones de transparencia. Esto es fundamental para la rendición de cuentas.

difusion de informestransparenciarendicion de cuentas
Art.
121

Artículo 121. Informe anual del Director General

El Director General debe presentar anualmente al Consejo de Administracion, Ejecutivo Federal y Congreso un informe detallado sobre la marcha de Pemex, incluyendo situacion financiera, politicas contables, ejercicio presupuestal y evaluacion del Consejo. El documento debe difundirse en la pagina de Internet de Pemex.

informacion financierareportes anualesconsejo de administracion
Art.
122

Artículo 122. Reporte de actos contrarios a la ley

Consejeros, Director General y personal de Pemex deben reportar a autoridades competentes actos u omisiones contrarios a la ley, incluyendo aquellos que busquen influir en decisiones de servidores publicos para obtener beneficios economicos personales.

corrupcioncumplimiento normativodenuncias
Art.
123

Artículo 123. Jurisdiccion y arbitraje en controversias

Las controversias donde Pemex sea parte son competencia de tribunales federales mexicanos. Sin embargo, Pemex puede pactar arbitrajes, medios alternativos de solucion y aplicar derecho extranjero en contratos que se ejecuten fuera de territorio nacional.

jurisdiccion federalarbitrajecontroversias legales
Art.
124

Artículo 124. Entrega de informacion a Secretaria de Energia

Pemex debe proporcionar a la Secretaria de Energia y Comision Nacional de Energia la informacion solicitada para funciones de programacion sectorial, diseño de politicas publicas y ejercicio de rectoría economica estatal, dentro de plazos establecidos.

informacion requeridasecretaria de energiaregulacion sectorial
Art.
125

Artículo 125. Evaluacion anual por Comisario independiente

Un Comisario independiente designado por la Secretaria Anticorrupcion debe evaluar anualmente el desempeño de Pemex, su Consejo y comites. Debe presentar informe a Camara de Diputados antes del 30 de junio, formular recomendaciones y solicitar informacion necesaria.

evaluacion externacomisariodesempeño empresarial
Art.
126

Artículo 126. Destino de ingresos y utilidades

Los ingresos de Pemex y sus empresas filiales se destinan al gasto publico para incrementar ingresos de la Nacion. Las utilidades no deben repartirse entre trabajadores, consolidando su caracter como empresa publica estrategica.

ingresos publicosutilidadespatrimonio estatal

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