Establece funciones del Comite para auxiliar en aprobacion de directrices de inversion, analizar Programa de Desarrollo, supervisar inversiones autorizadas y emitir recomendaciones sobre fondos y fideicomisos.
El Comité de Estrategia e Inversiones es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual, y lo integran al menos las personas titulares de las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público, y tiene a su cargo las siguientes funciones: I. Auxiliar al Consejo de Administración en la aprobación de las directrices, prioridades y políticas generales relacionadas con las inversiones de Petróleos Mexicanos; II. Analizar el Programa de Desarrollo de Petróleos Mexicanos; III. Formular al Consejo de Administración recomendaciones relacionadas con el Programa de Desarrollo de Petróleos Mexicanos y sobre las políticas generales en la materia; IV. Dar seguimiento a las inversiones que, en términos de la fracción VIII del artículo 16 de esta Ley, hayan sido autorizadas por el Consejo de Administración; V. Aprobar los informes anuales de los Comités Técnicos de los fideicomisos de inversión, constituidos por Petróleos Mexicanos; VI. Formular al Consejo de Administración recomendaciones sobre la adquisición, venta, y liquidación de derechos y obligaciones de los fideicomisos de inversión, constituidos por Petróleos Mexicanos, y VII. Las demás que determine el Consejo de Administración.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este comite es critico para validar grandes decisiones de inversion que requieren autorizacion del Consejo. Los contadores deben asegurar que toda inversion significativa cuente con analisis previo de este comite; particularmente importante para fideicomisos de inversion que requieren aprobacion de informes anuales.
Anterior
Art. 45. Comite de Recursos Humanos y Austeridad
Siguiente
Art. 47. Comite de Adquisiciones y Contrataciones
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo