LEPEPM

Artículo 47. Comite de Adquisiciones y Contrataciones

Define funciones del Comite para revisar politicas de contratacion, opinar sobre adquisiciones, autorizar excepciones a concurso abierto con filiales, y supervisar programas anuales de adquisiciones.

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Texto Legal

El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual, y lo integran al menos las personas titulares de las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público, y tiene a su cargo las siguientes funciones: I. Formular recomendaciones a la persona titular de la Dirección General sobre aspectos concretos que puedan incluirse en las políticas y disposiciones que, en materia de contrataciones, proponga al Consejo de Administración;

LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, PETRÓLEOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. Opinar sobre las propuestas que la persona titular de la Dirección General presente respecto a las políticas y disposiciones en materia de contrataciones; III. Formular opiniones, a solicitud del Consejo de Administración, sobre las contrataciones que se sometan a consideración de éste, en términos de las disposiciones aplicables; IV. Dar seguimiento a las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras que, en términos de la fracción IX del artículo 16 de esta Ley, hayan sido autorizadas por el Consejo de Administración; V. Aprobar los casos en que proceda la excepción a concurso abierto para que Petróleos Mexicanos contrate con sus empresas filiales; VI. Revisar los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras, y formular las recomendaciones que estime pertinentes al Consejo de Administración, y VII. Las demás que determine el Consejo de Administración.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo fundamental para cumplimiento en materia de compras publicas y transparencia. La autorizacion de excepciones a concurso abierto (fraccion V) es una facultad muy importante y delicada que debe estar bien documentada. Los auditores deben revisar todas las excepciones autorizadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LEPEPM?

Define funciones del Comite para revisar politicas de contratacion, opinar sobre adquisiciones, autorizar excepciones a concurso abierto con filiales, y supervisar programas anuales de adquisiciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos...?

Articulo fundamental para cumplimiento en materia de compras publicas y transparencia. La autorizacion de excepciones a concurso abierto (fraccion V) es una facultad muy importante y delicada que debe estar bien documentada. Los auditores deben revisar todas las excepciones autorizadas.

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