PEMEX puede realizar actividades por si misma o mediante filiales a traves de contratos, convenios, alianzas, asociaciones o actos juridicos con sectores publico, privado o social, nacional o internacional.
Petróleos Mexicanos puede realizar las actividades, operaciones o servicios necesarios para el cumplimiento de su objeto por sí misma o a través de sus empresas filiales mediante la celebración de contratos, convenios, alianzas o asociaciones o cualquier acto jurídico, con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional, todo ello en términos de lo señalado en esta Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo habilita esquemas flexibles que son frecuentes en oil and gas. Proveedores y contratistas deben revisar que sus contratos establezcan claramente estructura legal, responsabilidades tributarias y fiscales segun modalidad contractual seleccionada.
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Art. 8. Actividades permisibles de PEMEX
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Art. 10. Facultades contractuales y propiedad de hidrocarburos
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