La Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura regula el marco normativo para el fomento, desarrollo y sostenibilidad de la cafeticultura en Mexico. Esta ley aplica a todos los actores involucrados en la cadena productiva del cafe, incluyendo productores, comercializadores y organismos de apoyo. Entre los temas principales que cubre se encuentran el financiamiento, la calidad del cafe, la regulacion de importaciones y exportaciones, y la creacion de un sistema nacional de informacion. Su importancia radica en que proporciona un marco legal claro que facilita la operacion de los actores del sector, promoviendo la competitividad y sostenibilidad, lo que resulta relevante tanto para abogados y contadores que asesoran a empresas del rubro, como para ciudadanos que dependen de esta actividad economica.
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Establece que la Ley es de interes publico y observancia general, con el objeto de normar y fomentar la produccion, distribucion, industrializacion y comercializacion del cafe como producto basico y estrategico para la seguridad alimentaria del pais.
Define como sujetos a personas fisicas o morales que realizan actividades de siembra, cultivo, cosecha, industrializacion y comercializacion de cafe. Establece aplicacion supletoria de leyes de desarrollo rural y procedimiento administrativo.
Proporciona 16 definiciones clave sobre tipos de cafe, procesos de beneficio y caracteristicas del producto, incluyendo cafe arabiga, robusta, organico, sustentable, pergamino y natural, entre otros.
Establece seis principios fundamentales: sustentabilidad ambiental-economica-social, innovacion tecnologica, articulacion de politicas publicas, colaboracion intersectorial, precios accesibles con sustentabilidad productora, y fomento del cafe mexicano de calidad.
Enumera diez medidas de apoyo que el Gobierno Federal puede implementar, incluyendo fomento de practicas sustentables, esquemas de comercializacion, verificacion de calidad, investigacion, capacitacion, asociacionismo y cafeticultura bajo sombra.
Confiere a la Secretaria de Agricultura facultad para conducir politica publica de cafeticultura, desarrollar programas, disenar medidas de apoyo, orientar a interesados, promover sustentabilidad ambiental, investigacion y plantas de beneficio.
Establece la Comision Nacional para el Desarrollo de la Cafeticultura Mexicana como instancia de dialogo, concertacion y coordinacion entre sectores publico, social y privado para impulsar la cadena productiva del cafe.
Asigna 12 funciones clave incluyendo coordinacion sectorial, representacion internacional, propuesta de planes, medidas de apoyo, emisión de opiniones sobre normas, registro de actores, promocion de mercados y capacitacion tecnologica.
Define composicion: cinco dependencias federales, cinco representantes de productores, dos de comercializadores-exportadores, dos de industriales-torrefactores, y representante del Sistema Producto Cafe, con Secretaria Ejecutiva en SADER.
Requiere acreditaciones escritas de integrantes de la Comision expedidas por titulares de dependencias u organizaciones. Establece que funciones son honorificas sin retribucion ni emolumento alguno.
Establece que propuestas de la Comision seran notificadas a titulares de Secretarias competentes y organizaciones involucradas.
Autoriza a la Comision para auxiliarse de comites o grupos de trabajo integrados por actores de la cadena productiva del cafe para ejercer sus funciones.
Establece que Comision sesiona minimo una vez al ano al inicio del ciclo cafetalero, requiere mayoria mas uno para quorum, toma decisiones por mayoria de votos, levanta actas y permite observadores sin voto.
Secretaria con apoyo del Sistema Producto Cafe prestara cinco servicios: informacion de precios y costos, asesoria de riesgos, indicadores de desempeno, supervision de certificaciones, y asesoria en servicios ambientales.
Asigna nueve responsabilidades al titular: formular reglas, presentar politicas, designar representantes, informar sobre registros, elaborar informes semestrales, dar seguimiento a acuerdos, promover cooperacion y demandar cumplimiento normativo.
Crea Sistema Nacional de orden publico coordinado por Secretaria, para documentar, identificar y proporcionar informacion actualizada sobre actores de cadena productiva del cafe, economia, estadisticas agropecuarias y conservacion.
Sistema documenta actores cafetaleros, componentes economicos, estadisticas agropecuarias, regionalizacion, relacion con areas naturales protegidas, financiamiento, desarrollo tecnologico, servicios tecnicos y practicas agroecologicas.
Sistema sera publico proporcionando informacion sobre clima, precios, mercados, comercio interno-externo, servicios tecnicos, normalizacion, propiedad industrial e innovacion, respetando derechos de propiedad intelectual y datos personales.
Secretaria puede convenir con gobiernos estatales, municipales e instituciones publicas y privadas su colaboracion para integracion y actualizacion confiable del Sistema Nacional de Informacion.
Universidades, empresas y agentes de sectores social y privado que realicen capacitacion, asistencia tecnica, investigacion, desarrollo tecnologico e innovacion en cafe pueden proporcionar informacion al Sistema Nacional.
La Secretaria integrara progresivamente a todos los actores de la cadena cafetalera en el Servicio Nacional de Registro Agropecuario, utilizando informacion de asociaciones, instituciones educativas y entidades publicas o privadas.
Se crea el Registro de Personas Productoras, Acopiadoras, Industriales, Comercializadoras y Exportadoras e Importadoras de Cafe como mecanismo de informacion y consulta para ordenar la cadena productiva.
La Secretaria expedira las bases normativas para el funcionamiento del Sistema Nacional de Informacion de la Cafeticultura y del Registro de actores de la cadena cafetalera.
La Secretaria formulara politicas publicas para impulsar la cafeticultura con mecanismos innovadores de financiamiento, asesoria y acompanamiento tecnico segun disponibilidad presupuestal.
La Comision propone a la Secretaria mecanismos que conjunten recursos publicos y crediticios para apoyar la adaptacion climatica del cultivo del cafe ante riesgos del cambio climatico.
La Secretaria implementara acciones y mecanismos para impulsar la cafeticultura mexicana, mitigar riesgos climaticos, enfermedades fitosanitarias y otras contingencias ambientales.
El Gobierno Federal facilitara el desarrollo de instrumentos de aseguramiento de la produccion de cafe y sistemas de administracion de riesgos en produccion, comercializacion y otros aspectos.
La Comision propone mecanismos de capacitacion para que las personas productoras mejoren su cultura financiera y gestion de recursos.
Los creditos para impulso de cafeticultura a traves de banca de desarrollo o comercial deben considerar condiciones preferenciales competitivas internacionalmente en tasas y plazos.
La Secretaria impulsara investigacion, capacitacion y asistencia tecnica para productores en renovacion de plantaciones, mejora de variedades, plagas, densidad de plantas, nutricion y manejo integrado.
La Secretaria coordinara con la Comision, Comite Sistema Producto Cafe e instituciones para elaborar plan de investigacion, capacitacion, asistencia tecnica y difusion cafetalera con nueve acciones prioritarias.
La Comision propone acciones de apoyo para generar variedades o progenies de cafe que solucionen problemas de plagas, enfermedades y mejoren productividad y calidad.
La Comision propone medidas de apoyo a organizaciones productivas de cafe para la adquisicion de servicios de asistencia tecnica y capacitacion.
La Comision promovera que la contratacion de servicios sea integral, cubriendo productividad, beneficiado, transformacion, comercializacion, administracion y valor agregado.
El material y acervo cultural generado con apoyos publicos sera resguardado y difundido por la Secretaria con respeto a derechos de propiedad intelectual.
La Secretaria sera responsable de capacitar en manejo adecuado de materiales vegetativos, herramientas y documentos generados, en coordinacion con instituciones de investigacion y educativas.
La Secretaria formulara politicas publicas de fomento alineadas con la presente Ley y el Sistema Nacional de Planeacion, identificando prioridades, estrategias, programas y acciones.
Previo a cada cosecha, la Comision ordenara estudio de expectativa de produccion que sera estimado oficial y reportado a la Organizacion Internacional del Cafe.
La Comision establecera un Comite de Comercializacion integrado por expertos y representantes sectorials para revisar informacion de produccion, consumo, importaciones y exportaciones.
El Comite de Comercializacion generara informacion sobre distintas calidades de cafe comercializado en territorio nacional, util para integracion de Normas Oficiales Mexicanas.
El Comite de Comercializacion del Cafe elaborara anualmente una estrategia para impulsar la diferenciacion de calidades por microrregion, buscando generar confianza en la consistencia del producto mexicano. Se promueve un pago diferenciado acorde a la calidad fisica, cualidades organicas y atributos ambientales.
La Comision propondra a la Secretaria programas especiales para que productores y asociaciones accedan a mercados nacionales e internacionales con base en calidad, precios competitivos y procesos sustentables.
La Comision puede proponer a la Secretaria un plan de promocion del consumo de cafe de Mexico, distinguiendo la produccion de diferentes microrregiones por sus perfiles de taza y calidad reconocida.
La Secretaria, en coordinacion con Medio Ambiente y Bienestar, apoyara el establecimiento de sistemas de control interno de buenas practicas ambientales y certificaciones que fomenten la sostenibilidad.
Las disposiciones sobre caracteristicas del cafe, calidades, procesos y certificaciones se interpretan como orientaciones de politica publica, no requisitos obligatorios, salvo lo definido en Normas Oficiales Mexicanas.
La Comision establecera un Comite de seguimiento de Precios que emitira referentes para compras de cafe pergamino y equivalentes, basados en datos del Sistema Nacional de Informacion de la Cafeticultura.
El Comite de seguimiento de Precios establecera un mecanismo especifico para determinar un referente de precios para las compras de cafe convencional.
El Comite de seguimiento de Precios propondra una estrategia de fomento que cumpla con instrumentos internacionales sobre margenes de utilidad para productores vulnerables a volatilidad de mercados.
Se realizaran estudios anuales de costos de produccion, procesamiento en al menos 70% de produccion nacional, y comercializacion para determinar rangos de costos y referentes de precios confiables.
Los estudios identificaran rangos de precios de exportacion respecto a mercado nacional, datos de comercializacion y exportacion, precios de futuros y diferenciales, mas encuestas durante cosecha sobre precios pagados a productores.
El Comite presentara informes periodicos sobre gastos de comercializacion aplicados por compradores, comparandolos con costos de beneficiado y emitiendo opinion sobre asimetrias de precios.
El Comite emitira opinion sobre causas e indicadores de ineficiencias en la cadena productiva para tomar medidas que referencien precios acorde a calidad del cafe de cada productor.
El Comite promovera indicadores de referencia no vinculantes basados en costos promedio y precios observados para orientar decisiones comerciales de productores, sin ser precios oficiales ni obligatorios.
La Comision puede proponer a la Secretaria acciones para fortalecer economicamente los precios, incluyendo apoyos a productores en ciclos de precios bajos o coberturas de precios y garantias de credito.
El Reglamento de la Ley establecera las funciones del Comite de seguimiento de Precios y procedimientos para emision de recomendaciones de referentes de precios.
La Secretaria promovera el reconocimiento y distincion de la produccion de cafe bajo sombra en diversas entidades federativas para que su calidad se refleje en precio y consumo.
La Secretaria fomentara el mejoramiento de calidades del cultivo agroforestal de cafe bajo diversos sistemas: tradicional, sombra diversificada, sombra especializada y policultivo comercial.
Los criterios de calidad del cafe seran establecidos en Normas Oficiales Mexicanas por autoridades normalizadoras en coordinacion con Secretaria de Economia, calificando produccion y beneficio de granos.
En programas de apoyo, se priorizara a productores de cafe sustentable con practicas agroecologicas, y a beneficiadores y comercializadores con uso responsable del agua, energias limpias y manejo de residuos.
El Gobierno Federal, a traves de la Secretaria y gobiernos estatales, impulsara regiones cafetaleras que operen bajo sistemas de produccion y beneficiado sustentables.
La Secretaria vigilara los efectos del cambio climatico, riesgos de tierra fértil, plagas fitosanitarias y condiciones meteorologicas en la produccion cafetalera. Se realizaran analisis sobre contingencias que afecten la produccion y la salud ambiental.
La Secretaria promovera cafe bajo sombra diversificada y policultivos para crear corredores biologicos. Se impulsaran iniciativas en captacion de agua y conservacion de biodiversidad alineadas con autosuficiencia alimentaria.
La Secretaria propondra un mecanismo de apoyos economicos por servicios ambientales para sistemas agroforestales con cultivos de cafe bajo sombra.
La Comision promovera buenas practicas en mercados especializados incluyendo cafe organico, comercio justo y cafe amigable con biodiversidad.
Se fomentara la gestion de financiamiento nacional e internacional para adaptacion, mitigacion de cambio climatico y combate a plagas fitosanitarias en produccion cafetalera sustentable.
Programas incluyen reduccion de emisiones, adaptacion climatica local, organizacion de produccion con valor agregado y certificacion de cafe organico y carbono neutro.
Agentes de transformacion, comercializacion, importacion y exportacion de cafe certificaran calidad conforme entidad designada por Secretaria o Normas Oficiales Mexicanas.
Organizaciones sociales colaboraran con informacion en diseño de Normas Oficiales Mexicanas sobre calidad del cafe conforme Ley de Infraestructura de la Calidad.
Todo producto a base de cafe y derivados observara Normas Oficiales Mexicanas, certificaciones y leyes aplicables garantizando calidad, seguridad y sostenibilidad.
Sistema Nacional Producto Cafe colaborara en certificacion de productos y tipos de cafe conforme Ley, reglamento y Normas Oficiales Mexicanas.
Autoridades aduanales responsables de entrada de cafe e importaciones. Secretaria colabora proporcionando informacion tecnica sobre Normas Oficiales Mexicanas sin intervenir en aspectos arancelarios.
Secretaria colabora con Economia en reportes de importaciones, opiniones sobre mercado, datos estadisticos y diagnosticos sobre riesgos sin autorizar ni restringir importaciones.
Secretaria colabora con autoridades competentes en observancia de Normas Oficiales Mexicanas aplicables al cafe.
Secretaria colabora en diseño de certificaciones voluntarias de origen para cafe mexicano sin ser requisitos arancelarios, conforme Ley Comercio Exterior y tratados internacionales.
Certificaciones voluntarias de origen no sustituyen certificados de origen exigidos por acuerdos comerciales internacionales ni actuan como restricciones.
En exportaciones se vigilara no incurrir en practicas desleales de comercio o violacion de reglamentacion comercial conforme acuerdos comerciales.
Programas de fomento de Secretaria Economia para importacion de cafe deben cumplir requisitos y normatividades aplicables.
Comision con apoyo Sistema Producto Cafe apoyara exportadores e importadores en identificacion de calidad de cafe comercializado, cubiertos costos por usuario.
La extraccion de cafe del territorio nacional debe cumplir disposiciones juridicas aplicables.
Secretaria coordina con autoridades aduanales para intercambiar informacion sobre importaciones definitivas o temporales de cafe conforme convenio suscrito.
Las dependencias publicas de la Comision coadyuvaran en acciones contra violaciones a la Ley, su Reglamento y Normas Oficiales Mexicanas, incluyendo practicas desleales de comercio y violaciones aduanales. Establece mecanismos de cooperacion interinstitucional para hacer cumplir la normatividad cafetalera.
Las personas sujetas a sentencias definitivas en materia cafetalera pierden inmediatamente su registro en el Sistema Nacional de Registro Agropecuario. Se establece la posibilidad de reincorporacion tras cumplir requisitos y subsanar incumplimientos en plazos regulados.
La Secretaria Ejecutiva de la Comision puede promover mediacion o conciliacion para resolver controversias entre actores cafetaleros conforme a la Ley y su Reglamento. Para controversias de otra competencia, la Secretaria Ejecutiva coadyuva con la autoridad competente.
Las personas afectadas por actos y resoluciones que pongan fin a procedimientos administrativos pueden interponer recurso de revision conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Garantiza acceso a recursos administrativos contra decisiones finales.
Servidores publicos que violen la Ley, otras leyes o Normas Oficiales Mexicanas en materia cafetalera seran sancionados conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Establece consecuencias por incumplimiento normativo de funcionarios.
Nuestros especialistas pueden analizar la aplicación de estas disposiciones a tu caso particular.
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