La Secretaria Ejecutiva de la Comision puede promover mediacion o conciliacion para resolver controversias entre actores cafetaleros conforme a la Ley y su Reglamento. Para controversias de otra competencia, la Secretaria Ejecutiva coadyuva con la autoridad competente.
La Secretaría Ejecutiva de la Comisión podrá promover, en caso de ser necesario, un proceso de mediación o conciliación en el seno de la Comisión. Su objetivo será conciliar las controversias que se presenten entre las personas productoras, acopiadoras, comercializadoras, exportadoras, importadoras nacionales e industriales, con base en las disposiciones de esta Ley y su Reglamento. En caso de que la controversia sea competencia de otra autoridad, la Secretaría Ejecutiva deberá informar y coadyuvar con esta en el ámbito de sus facultades.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este mecanismo de mediacion interno es una alternativa menos costosa a litigios. Los agentes cafetaleros deben agotar este proceso antes de acudir a tribunales. Es recomendable documentar cualquier intento de mediacion para evidenciar buena fe en procedimientos posteriores.
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