LDSC

Artículo 15. Actividades de la persona titular de la Comision

Asigna nueve responsabilidades al titular: formular reglas, presentar politicas, designar representantes, informar sobre registros, elaborar informes semestrales, dar seguimiento a acuerdos, promover cooperacion y demandar cumplimiento normativo.

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Texto Legal

Quedan a cargo de la persona titular de la Comisión las siguientes actividades:

I. Formular y proponer las reglas de funcionamiento, así como de toma de decisiones y seguimiento de acuerdos de la Comisión;

II. Presentar, en su caso, a las y los integrantes de la Comisión las políticas de fomento a la cafeticultura mexicana;

III. Designar a las personas representantes de la Comisión ante las comisiones, congresos, organizaciones, instituciones y foros nacionales e internacionales en los que se participe;

IV. Informar periódicamente a la Comisión sobre los avances en el Sistema Nacional de Registro Agropecuario y el Sistema Nacional de Información de la Cafeticultura en México, proporcionando datos actualizados sobre personas productoras, acopiadoras, apicultoras, industriales, comercializadoras, exportadoras e importadoras nacionales de café; V. Elaborar y presentar un informe semestral de actividades a las y los integrantes de la Comisión, que incluya el seguimiento de los acuerdos adoptados y un análisis detallado de los principales indicadores de la cafeticultura en México, tales como producción, persona beneficiada, industrialización y comercialización del café a nivel nacional e internacional;

VI. Dar seguimiento a los acuerdos de la Comisión;

VII. Promover con los sectores público y privado, así como con organismos de la sociedad civil y de conformidad con las disposiciones aplicables, la concertación y celebración de acuerdos de cooperación y colaboración, asociación estratégica, alianzas tecnológicas, vinculación y transferencia del conocimiento, redes de innovación en información de mercados, entre otros, de carácter nacional e internacional;

VIII. Demandar el cumplimiento de la normatividad aplicable en caso de omisiones y faltas de los integrantes de la cadena productiva, y

IX. Las demás que establezca el Reglamento de la Ley. TÍTULO TERCERO Del Sistema Nacional de Información de la Cafeticultura en México CAPÍTULO I Disposiciones generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El titular de la Comision tiene rol administrativo importante pero sin poder ejecutivo directo. Reportes semestrales son documentos publicos que reflejan desempeno del sector. Incluir demanda de cumplimiento normativo sugiere enforcement potencial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LDSC?

Asigna nueve responsabilidades al titular: formular reglas, presentar politicas, designar representantes, informar sobre registros, elaborar informes semestrales, dar seguimiento a acuerdos, promover cooperacion y demandar cumplimiento normativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura?

El titular de la Comision tiene rol administrativo importante pero sin poder ejecutivo directo. Reportes semestrales son documentos publicos que reflejan desempeno del sector. Incluir demanda de cumplimiento normativo sugiere enforcement potencial.

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