LDSC

Artículo 44. Sistemas de control buenas practicas ambientales

La Secretaria, en coordinacion con Medio Ambiente y Bienestar, apoyara el establecimiento de sistemas de control interno de buenas practicas ambientales y certificaciones que fomenten la sostenibilidad.

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Texto Legal

La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Secretaría de Bienestar, apoyarán el establecimiento y fortalecimiento de sistemas de control interno de buenas prácticas ambientales en las organizaciones, debe asegurar que dichas prácticas se ajusten con las normativas vigentes, promoviendo la obtención de certificaciones ambientales que fomenten la sostenibilidad y protección del medio ambiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo clave para productores interesados en certificarse. El apoyo gubernamental para implementar sistemas de control ambiental y obtener certificaciones es un incentivo importante que puede generar acceso a mercados diferenciados y fondos de fomento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del LDSC?

La Secretaria, en coordinacion con Medio Ambiente y Bienestar, apoyara el establecimiento de sistemas de control interno de buenas practicas ambientales y certificaciones que fomenten la sostenibilidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura?

Articulo clave para productores interesados en certificarse. El apoyo gubernamental para implementar sistemas de control ambiental y obtener certificaciones es un incentivo importante que puede generar acceso a mercados diferenciados y fondos de fomento.

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