LDSC

Artículo 65. Financiamiento para cafe sustentable

Se fomentara la gestion de financiamiento nacional e internacional para adaptacion, mitigacion de cambio climatico y combate a plagas fitosanitarias en produccion cafetalera sustentable.

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Texto Legal

En la producción del café sustentable, se fomentará la gestión de financiamiento nacional o de organismos internacionales, para la adaptación o mitigación de los efectos del cambio climático y el combate a enfermedades fitosanitarias y plagas que afectan al café.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El financiamiento internacional puede tener implicaciones fiscales diferentes segun su origen y estructura. Verificar con contadores si hay tratamientos especiales para deuda con organismos multilaterales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LDSC?

Se fomentara la gestion de financiamiento nacional e internacional para adaptacion, mitigacion de cambio climatico y combate a plagas fitosanitarias en produccion cafetalera sustentable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura?

El financiamiento internacional puede tener implicaciones fiscales diferentes segun su origen y estructura. Verificar con contadores si hay tratamientos especiales para deuda con organismos multilaterales.

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