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LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado

La Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado regula la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños que cause en el ejercicio de sus funciones. Esta ley aplica a los sujetos obligados que son las entidades y organismos de la administracion publica federal, asi como sus servidores publicos. Los temas principales que cubre incluyen las condiciones bajo las cuales el Estado es responsable, los procedimientos para la reclamacion de daños y las disposiciones para la indemnizacion. Su importancia practica radica en que proporciona un marco legal claro para que abogados, contadores y ciudadanos puedan entender y ejercer sus derechos en caso de que sufran perjuicios por acciones u omisiones del Estado, promoviendo la transparencia y la rendicion de cuentas en la gestion publica.

Publicado: 31 de diciembre de 2004|Última reforma: 29 de diciembre de 2023| PDF oficial

Estructura

35 artículos totales · 15 artículos clave analizados

Artículos (35)

Art.
1

Artículo 1. Objeto de la Ley

Esta Ley regula la responsabilidad patrimonial del Estado y establece el derecho a indemnización por daños causados por actividad administrativa irregular. La responsabilidad es objetiva y directa, ajustándose a los términos de esta Ley y otras disposiciones legales.

responsabilidad patrimonialindemnizaciónactividad administrativa
Art.
2

Artículo 2. Sujetos de la Ley

Los entes públicos federales son los sujetos de esta Ley, incluyendo Poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo, así como organismos autónomos. También se aplica a fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

entes públicosresponsabilidadindemnización
Art.
3

Artículo 3. Excepciones a la Indemnización

Se exceptúan de la obligación de indemnizar los daños no derivados de actividad administrativa irregular, así como los casos fortuitos y de fuerza mayor. Esto limita la responsabilidad del Estado en ciertas circunstancias.

excepcionesindemnizaciónresponsabilidad
Art.
4

Artículo 4. Daños y Perjuicios

Los daños materiales reclamados deben ser reales, evaluables en dinero y directamente relacionados con personas específicas. Esto establece criterios claros para las indemnizaciones.

daños materialesindemnizaciónevaluación
Art.
5

Artículo 5. Financiamiento de Indemnizaciones

Los entes públicos federales deben cubrir las indemnizaciones con cargo a sus presupuestos, respetando la disponibilidad presupuestaria. Esto implica un manejo cuidadoso de los recursos.

presupuestoindemnizaciónfinanciamiento
Art.
6

Artículo 6. Recursos en Presupuesto

Los entes públicos deben incluir en sus presupuestos los recursos para cubrir indemnizaciones, sin exceder el 0.3 al millar del gasto programable. Esto limita el monto total destinado a indemnizaciones.

presupuestorecursosindemnización
Art.
7

Artículo 7. Traspasos Presupuestales

El Ejecutivo Federal autoriza traspasos de montos presupuestales para responsabilidad patrimonial, lo que permite flexibilidad en la gestión de recursos. Esto es clave para el cumplimiento de obligaciones.

traspasospresupuestoindemnización
Art.
8

Artículo 8. Indemnizaciones Excedentes

Las indemnizaciones que excedan el monto presupuestado se cubrirán en el siguiente ejercicio fiscal. Esto puede generar acumulación de obligaciones para el siguiente año.

indemnizaciónpresupuestoejercicio fiscal
Art.
9

Artículo 9. Aplicación Supletoria

La Ley se aplica supletoriamente a otras leyes administrativas que regulen la responsabilidad patrimonial, garantizando un marco normativo integral. Esto asegura que se sigan los principios generales del derecho.

aplicaciónsupletorianormativa
Art.
10

Artículo 10. Denuncia de Fraude

Los entes públicos deben denunciar a quienes simulen daños para obtener indemnizaciones indebidas. Esto refuerza la integridad del proceso de reclamación.

denunciafraudeindemnización
Art.
11

Artículo 11. Modalidades de Pago

La indemnización debe pagarse en moneda nacional y puede convenirse en especie. Se establece un proceso claro para la actualización y pago de indemnizaciones.

modalidadespagoindemnización
Art.
12

Artículo 12. Reparación Integral del Daño

Las indemnizaciones deben cubrir la reparación integral del daño, incluyendo daños personales y morales. Esto establece un estándar alto para las reclamaciones.

reparacióndañoindemnización
Art.
13

Artículo 13. Cálculo de Indemnización

El monto de la indemnización se calculará conforme a criterios establecidos en otras leyes, considerando valores de mercado. Esto proporciona un marco claro para la evaluación.

cálculoindemnizaciónvalores de mercado
Art.
14

Artículo 14. Montos de Indemnización

Los montos de indemnización se calcularán según criterios específicos para daños personales y morales, incluyendo dictámenes médicos y gastos médicos. Esto asegura una evaluación justa.

montosindemnizacióndaños personales
Art.
15

Artículo 15. Cobertura de Indemnizaciones

Las indemnizaciones deben cubrirse conforme a esta Ley, y en caso de seguro, la suma asegurada se destinará a la reparación integral. Esto establece un marco claro para la responsabilidad del Estado.

coberturaindemnizaciónseguro
Art.
16

Artículo 16. Registro de sentencias firmes

Las sentencias firmes deben ser registradas por el ente público federal responsable, llevando un registro de indemnizaciones que será de consulta pública. Las indemnizaciones se pagarán en orden cronológico según las resoluciones administrativas emitidas.

indemnizacionessentencias firmesresponsabilidad patrimonial
Art.
17

Artículo 17. Inicio de procedimientos

Los procedimientos de responsabilidad patrimonial se inician por reclamación de la parte interesada. Este proceso es fundamental para que los afectados busquen la reparación de daños causados por entes públicos.

procedimientosreclamacionesresponsabilidad patrimonial
Art.
18

Artículo 18. Presentación de reclamaciones

La parte interesada debe presentar su reclamación ante la dependencia responsable, señalando a los servidores públicos involucrados. Si hay procedimientos impugnatorios pendientes, el procedimiento de responsabilidad patrimonial se suspenderá.

reclamacionesservidores publicossuspension de procedimientos
Art.
19

Artículo 19. Ajuste del procedimiento

El procedimiento de responsabilidad patrimonial debe ajustarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Esto asegura que se sigan los lineamientos legales pertinentes en la vía jurisdiccional.

procedimiento contenciosoresponsabilidad patrimonialajuste legal
Art.
20

Artículo 20. Nulidad de actos administrativos

La nulidad de actos administrativos no garantiza automáticamente el derecho a la indemnización. Es necesario demostrar la relación entre el acto y la lesión patrimonial.

nulidadindemnizaciónactos administrativos
Art.
21

Artículo 21. Criterios para acreditar daños

El daño causado al patrimonio debe acreditarse considerando la relación causa-efecto entre la acción administrativa irregular y la lesión patrimonial. Se deben probar los hechos que produjeron el resultado final.

dañoscriterios de acreditaciónresponsabilidad patrimonial
Art.
22

Artículo 22. Carga de la prueba

El reclamante debe probar la responsabilidad del Estado, mientras que este último debe demostrar la participación de terceros o la existencia de fuerza mayor. Esto establece un equilibrio en la carga de la prueba.

carga de la pruebaresponsabilidad del estadoparticipación de terceros
Art.
23

Artículo 23. Elementos de las resoluciones

Las resoluciones de las reclamaciones deben incluir la relación de causalidad y la valoración del daño, así como el monto de la indemnización. Esto asegura claridad en las decisiones administrativas.

resolucionesvaloración de dañosindemnización
Art.
24

Artículo 24. Impugnación de resoluciones

Las resoluciones que nieguen indemnización pueden impugnarse mediante recurso de revisión o directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Esto proporciona un mecanismo de defensa para los reclamantes.

impugnaciónrecursosresoluciones administrativas
Art.
25

Artículo 25. Plazo de prescripción

El derecho a reclamar indemnización prescribe en un año, salvo en casos de daños físicos o psíquicos que prescriben en dos años. Los plazos se interrumpen al iniciar el procedimiento de reclamación.

plazo de prescripciónindemnizaciónderechos
Art.
26

Artículo 26. Convenios entre reclamantes y entes

Los reclamantes pueden celebrar convenios con entes públicos para concluir la controversia mediante el pago de indemnización acordada. Esto requiere la aprobación de la contraloría interna.

conveniosindemnizacióncontroversias
Art.
27

Artículo 27. Distribución de indemnización en concurrencia

En caso de concurrencia, el pago de la indemnización se distribuirá proporcionalmente entre los causantes de la lesión patrimonial. Esto asegura una distribución justa de responsabilidades.

distribución de indemnizaciónconcurrenciaresponsabilidad
Art.
28

Artículo 28. Deducción de participación del reclamante

Si el reclamante es causante de la lesión, su participación se deducirá del monto total de la indemnización. Esto establece un principio de equidad en la compensación.

deducciónreclamanteindemnización
Art.
29

Artículo 29. Responsabilidad solidaria

Si no se puede identificar la participación exacta de los causantes, se establecerá responsabilidad solidaria, distribuyendo la indemnización en partes iguales. Esto busca simplificar el proceso en casos complejos.

responsabilidad solidariaindemnizacióncausantes
Art.
30

Artículo 30. Responsabilidad del Estado en concesiones

El Estado responderá directamente por lesiones patrimoniales derivadas de concesiones de servicio público, salvo que el concesionario haya contratado seguros. Esto establece una clara responsabilidad del Estado.

concesionesresponsabilidad del estadolesiones patrimoniales
Art.
31

Artículo 31. Repeticion de indemnizaciones

El Estado puede repetir el pago de indemnizaciones a los particulares a los servidores públicos responsables de infracciones graves, tras un procedimiento administrativo. La gravedad de la infracción se evaluará con criterios específicos establecidos en la ley correspondiente.

indemnizacionservidores publicosinfracciones graves
Art.
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Artículo 32. Procedimiento contra servidores publicos

El Estado puede iniciar procedimientos contra servidores públicos y otras personas en la administración pública que causen daños por faltas administrativas graves. Esto asegura que se tomen medidas adecuadas para resarcir los perjuicios ocasionados.

procedimiento administrativodañosfaltas administrativas
Art.
33

Artículo 33. Impugnacion de resoluciones

Los servidores públicos tienen derecho a impugnar resoluciones administrativas que les obliguen a resarcir daños. Esto se puede hacer a través de un recurso de revocación o ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

impugnacionresoluciones administrativasservidores publicos
Art.
34

Artículo 34. Interrupcion de plazos de prescripcion

La presentación de reclamaciones por responsabilidad patrimonial interrumpe los plazos de prescripción establecidos para procedimientos administrativos disciplinarios. Esto asegura que los derechos de los reclamantes sean protegidos mientras se resuelven los casos.

prescripcionreclamacionesresponsabilidad patrimonial
Art.
35

Artículo 35. Sanciones economicas y recursos

Las sanciones económicas impuestas a servidores públicos se suman a los recursos destinados a cubrir obligaciones indemnizatorias. Esto refuerza la responsabilidad financiera de los servidores públicos en caso de infracciones.

sanciones economicasrecursosobligaciones indemnizatorias

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