LFRPE

Artículo 15. Cobertura de Indemnizaciones

Las indemnizaciones deben cubrirse conforme a esta Ley, y en caso de seguro, la suma asegurada se destinará a la reparación integral. Esto establece un marco claro para la responsabilidad del Estado.

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Texto Legal

Las indemnizaciones deberán cubrirse en su totalidad de conformidad con los términos y condiciones dispuestos por esta Ley y a las que ella remita. En los casos de haberse celebrado contrato de seguro contra la responsabilidad, ante la eventual producción de daños y perjuicios que sean consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado, la suma asegurada se destinará a cubrir el monto equivalente a la reparación integral. De ser ésta insuficiente, el Estado continuará obligado a resarcir la diferencia respectiva. El pago de cantidades líquidas por concepto de deducible corresponde al Estado y no podrá disminuirse de la indemnización.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La relación entre seguros e indemnizaciones es crítica. Los contadores deben asesorar a los entes públicos sobre la importancia de contar con seguros adecuados para cubrir posibles responsabilidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LFRPE?

Las indemnizaciones deben cubrirse conforme a esta Ley, y en caso de seguro, la suma asegurada se destinará a la reparación integral. Esto establece un marco claro para la responsabilidad del Estado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Responsabilidad Patrimonial del Estado?

[IA] La relación entre seguros e indemnizaciones es crítica. Los contadores deben asesorar a los entes públicos sobre la importancia de contar con seguros adecuados para cubrir posibles responsabilidades.

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