LFRPE

Artículo 9. Aplicación Supletoria

La Ley se aplica supletoriamente a otras leyes administrativas que regulen la responsabilidad patrimonial, garantizando un marco normativo integral. Esto asegura que se sigan los principios generales del derecho.

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Texto Legal

La presente Ley se aplicará supletoriamente a las diversas leyes administrativas que contengan un régimen especial de responsabilidad patrimonial del Estado. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Fiscal de la Federación, el Código Civil Federal y los principios generales del derecho.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La supletoriedad de esta Ley permite una mayor flexibilidad en la aplicación de normativas. Los abogados deben estar familiarizados con las leyes complementarias para una correcta asesoría.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LFRPE?

La Ley se aplica supletoriamente a otras leyes administrativas que regulen la responsabilidad patrimonial, garantizando un marco normativo integral. Esto asegura que se sigan los principios generales del derecho.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Responsabilidad Patrimonial del Estado?

[IA] La supletoriedad de esta Ley permite una mayor flexibilidad en la aplicación de normativas. Los abogados deben estar familiarizados con las leyes complementarias para una correcta asesoría.

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