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LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior

La Ley Organica del Banco Nacional de Comercio Exterior regula la organizacion, funcionamiento y atribuciones de esta institucion financiera, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo del comercio exterior en Mexico. Esta ley aplica a los organismos y entidades que forman parte del Banco Nacional de Comercio Exterior, asi como a los usuarios de sus servicios. Los temas principales que cubre incluyen las disposiciones generales sobre su estructura, funciones, y los mecanismos de financiamiento y apoyo a las empresas que participan en el comercio internacional. Su importancia practica radica en que proporciona un marco legal claro para las operaciones de comercio exterior, lo que es fundamental para abogados, contadores y ciudadanos interesados en el desarrollo economico y la competitividad del pais en el mercado global.

Publicado: 20 de enero de 1986|Última reforma: 1 de abril de 2024| PDF oficial

Estructura

37 artículos totales · 21 artículos clave analizados

Artículos (37)

Art.
1

Artículo 1. Naturaleza del Banco Nacional

Este articulo establece la regulación del Banco Nacional de Comercio Exterior como una institución de banca de desarrollo con personalidad jurídica y patrimonio propio. Es fundamental para entender la estructura legal de esta entidad financiera.

banco nacionalbanca de desarrollopersonalidad juridica
Art.
2

Artículo 2. Servicios de Banca y Crédito

La Sociedad prestará servicios de banca y crédito alineados con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo. Este artículo es clave para comprender el enfoque del Banco en el fomento del comercio exterior.

servicios bancarioscreditoplan nacional de desarrollo
Art.
3

Artículo 3. Objetivo del Banco

El Banco tiene como objetivo principal financiar el comercio exterior y promover esta actividad en el país. Se establece un marco legal que guía su funcionamiento.

financiamientocomercio exteriormarco legal
Art.
4

Artículo 4. Domicilio y Sucursales

El domicilio del Banco será definido en su Reglamento Orgánico, con la posibilidad de establecer sucursales y agencias. Este artículo proporciona flexibilidad operativa a la institución.

domiciliosucursalesagencias
Art.
5

Artículo 5. Duración Indefinida

La duración de la Sociedad será indefinida, lo que garantiza su continuidad en el tiempo. Este aspecto es relevante para la planificación a largo plazo.

duracionsociedadcontinuidad
Art.
6

Artículo 6. Facultades del Banco

El Banco está facultado para otorgar apoyos financieros, garantías de crédito y promover inversiones en comercio exterior. Este artículo detalla las operaciones que puede realizar.

facultadesapoyos financierosinversiones
Art.
7

Artículo 7. Operaciones y Servicios

La Sociedad podrá realizar diversas operaciones y prestar servicios relacionados con el comercio exterior, incluyendo la emisión de bonos. Este artículo amplía las capacidades operativas del Banco.

operacionesserviciosbonos
Art.
8

Artículo 8. Funciones Fiduciarias

El Banco puede actuar como fiduciario y realizar operaciones con la propia Sociedad, facilitando la gestión de recursos para el comercio exterior. Este artículo otorga flexibilidad en la administración de recursos.

fiduciariofideicomisosrecursos
Art.
9

Artículo 9. Regulación de Operaciones

La Secretaría de Hacienda regulará las operaciones del Banco que no impliquen captación de recursos del público. Este artículo establece un marco regulatorio claro.

regulacionsecretaria de haciendaoperaciones
Art.
10

Artículo 10. Responsabilidad del Gobierno

El Gobierno Federal es responsable de las operaciones del Banco con entidades nacionales y extranjeras. Este artículo establece una garantía de respaldo gubernamental.

gobierno federalresponsabilidadoperaciones
Art.
11

Artículo 11. Capital Social del Banco

El capital social estará representado por certificados de aportación patrimonial, diferenciando entre series 'A' y 'B'. Este artículo es crucial para entender la estructura de capital del Banco.

capital socialcertificadosaportacion patrimonial
Art.
12

Artículo 12. Capital Neto

El capital neto será fijado por la Secretaría de Hacienda, en consulta con el Banco de México. Este artículo establece un mecanismo de regulación del capital.

capital netosecretaria de haciendaregulacion
Art.
13

Artículo 13. Prohibición de Extranjeros

Se prohíbe la participación de extranjeros en el capital de la Sociedad, garantizando el control nacional. Este artículo es clave para la soberanía del Banco.

prohibicionextranjeroscontrol nacional
Art.
14

Artículo 14. Condiciones de Suscripción

La Secretaría de Hacienda establecerá las condiciones para la suscripción de certificados de la serie 'B'. Este artículo regula la circulación de estos instrumentos.

suscripcioncertificadossecretaria de hacienda
Art.
15

Artículo 15. Administración del Banco

La administración del Banco estará a cargo de un Consejo Directivo y un Director General, asegurando una estructura organizativa clara. Este artículo es fundamental para la gobernanza del Banco.

administracionconsejo directivogobernanza
Art.
16

Artículo 16. Integracion del Consejo Directivo

El Consejo Directivo del Banco Nacional de Comercio Exterior se compone de quince consejeros, incluyendo representantes de diversas secretarías y consejeros independientes. La estructura y designación de los consejeros son fundamentales para el funcionamiento de la institución.

consejo directivodesignacionsecretarias
Art.
17

Artículo 17. Reuniones del Consejo Directivo

El Consejo Directivo debe reunirse al menos trimestralmente, y sus decisiones requieren la presencia de al menos siete consejeros. La dinámica de votación y la asistencia de consejeros independientes son aspectos clave para la operatividad del Consejo.

reunionesvotacionconsejeros independientes
Art.
18

Artículo 18. Inhabilidades para ser Consejero

Este artículo establece las inhabilidades para ser consejero del Banco, incluyendo conflictos de interés y parentesco. Estas restricciones son esenciales para asegurar la integridad y la independencia del Consejo Directivo.

inhabilidadesconflictos de interesconsejeros
Art.
18 bis

Artículo 18 bis. Causas de Remocion de Consejeros

Se detallan las causas de remoción de los consejeros, incluyendo incapacidad y uso indebido de información confidencial. Estas disposiciones son fundamentales para mantener la ética y la responsabilidad dentro del Consejo.

remocionconsejerosetica
Art.
19

Artículo 19. Dirección de la Sociedad

El Consejo Directivo tiene la responsabilidad de dirigir la Sociedad, tomando decisiones sobre operaciones y estrategias. Este artículo establece el marco para la gestión operativa del Banco.

direccionsociedadoperaciones
Art.
20

Artículo 20. Facultades del Consejo Directivo

El Consejo Directivo tiene diversas facultades, incluyendo la aprobación de informes y presupuestos. Este artículo es clave para entender el alcance de la autoridad del Consejo.

facultadespresupuestosinformes
Art.
21

Artículo 21. Comite de Promocion y Apoyo

Se establece la creación de un Comité de Promoción y Apoyo al Comercio Exterior, que jugará un papel importante en la promoción de políticas comerciales. Este Comité es un órgano delegado del Consejo Directivo.

comitepromocioncomercio exterior
Art.
22

Artículo 22. Reuniones del Comite

El Comité debe reunirse al menos una vez al mes, asegurando la atención continua a los asuntos de comercio exterior. La periodicidad de las reuniones es clave para la efectividad del Comité.

reunionescomitecomercio exterior
Art.
23

Artículo 23. Facultades del Comite

El Comité tiene diversas facultades, incluyendo la propuesta de políticas de crédito y la recomendación de riesgos. Estas facultades son cruciales para el apoyo al comercio exterior.

facultadescomitecredito
Art.
24

Artículo 24. Designacion del Director General

El Director General del Banco será designado por el Ejecutivo Federal, cumpliendo con ciertos requisitos. Esta designación es fundamental para la administración del Banco.

director generaldesignacionejecutivo federal
Art.
25

Artículo 25. Funciones del Director General

El Director General tiene amplias facultades para administrar y representar legalmente al Banco. Este artículo detalla sus responsabilidades clave en la operación del Banco.

director generalfuncionesadministracion
Art.
26

Artículo 26. Vigilancia de la Sociedad

La vigilancia del Banco se llevará a cabo conforme a la Ley de Instituciones de Crédito y regulaciones de la Comisión Nacional Bancaria. Este artículo establece el marco de supervisión.

vigilanciacomision nacional bancariaregulaciones
Art.
27

Artículo 27. Articulo Derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que indica cambios en la legislación. Es importante estar al tanto de las reformas para entender el contexto actual.

derogadolegislacionreformas
Art.
28

Artículo 28. Comparecencia de Gerentes

Solo los Gerentes podrán comparecer a absolver posiciones, mientras que otros funcionarios lo harán por oficio. Este artículo establece un protocolo para la representación legal.

comparecenciagerentesprotocolo
Art.
29

Artículo 29. Interpretacion Administrativa

La Secretaría de Hacienda interpretará la Ley y podrá expedir disposiciones complementarias. Este artículo es clave para la aplicación efectiva de la Ley.

interpretacionsecretaria de haciendadisposiciones
Art.
30

Artículo 30. Regulacion de operaciones y servicios

Las operaciones y servicios de la Sociedad se regiran por la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior y otras disposiciones aplicables. Esto asegura un marco legal claro para su funcionamiento.

operacionesserviciosley organica
Art.
31

Artículo 31. Programas financieros y presupuestos

La Sociedad debe formular anualmente sus programas financieros y presupuestos conforme a los lineamientos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esto garantiza una adecuada planificación y uso de recursos.

programas financierospresupuestossecretaria de hacienda
Art.
32

Artículo 32. Participacion en capital social

Este artículo menciona la participación en el capital social de empresas, aunque el texto está truncado. Es fundamental entender las implicaciones de esta participación para la gestión de inversiones.

capital socialinversionesempresas
Art.
33

Artículo 33. Reservas y fondos necesarios

La Sociedad debe constituir reservas y fondos necesarios con autorización de la Secretaría de Hacienda. Esto asegura un respaldo financiero adecuado para el cumplimiento de sus objetivos.

reservasfondossecretaria de hacienda
Art.
34

Artículo 34. Comite de recursos humanos

Se establece un comité de recursos humanos que incluye representantes de la Secretaría de Hacienda y otros miembros con experiencia. Este comité es clave para la gestión del personal y sus remuneraciones.

comiterecursos humanossecretaria de hacienda
Art.
35

Artículo 35. Financiamientos a traves de instituciones

La Sociedad otorgará financiamientos a través de instituciones financieras que asuman el riesgo de recuperación. Esto permite diversificar el riesgo y optimizar el uso de recursos.

financiamientosinstituciones financierasriesgo
Art.
36

Artículo 36. Asistencia y defensa legal

La Sociedad proporcionará asistencia legal a sus directivos y servidores públicos en relación con sus funciones. Esto asegura una protección adecuada ante posibles litigios.

asistencia legaldefensaservidores publicos

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