El domicilio del Banco será definido en su Reglamento Orgánico, con la posibilidad de establecer sucursales y agencias. Este artículo proporciona flexibilidad operativa a la institución.
El domicilio del Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, será el que se determine en su Reglamento Orgánico, pero podrá establecer o clausurar sucursales o agencias o cualquier otra clase de oficinas y nombrar corresponsales, en el país o en el extranjero, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer las disposiciones sobre sucursales es útil para entender cómo el Banco puede expandir su presencia y ofrecer servicios en diferentes regiones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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