El capital neto será fijado por la Secretaría de Hacienda, en consulta con el Banco de México. Este artículo establece un mecanismo de regulación del capital.
El capital neto a que se refiere el artículo 34 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, será el que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los profesionales deben estar atentos a las decisiones de la Secretaría de Hacienda sobre el capital neto, ya que esto puede afectar la capacidad de financiamiento del Banco.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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