LOBNCE

Artículo 28. Comparecencia de Gerentes

Solo los Gerentes podrán comparecer a absolver posiciones, mientras que otros funcionarios lo harán por oficio. Este artículo establece un protocolo para la representación legal.

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Texto Legal

Sólo los Gerentes podrán comparecer a absolver posiciones en los términos de la Ley procesal que corresponda. Los demás funcionarios lo harán por oficio.

CAPITULO QUINTO Disposiciones Generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los gerentes estén preparados para comparecer en asuntos legales, y que los contadores mantengan registros claros para respaldar su representación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del LOBNCE?

Solo los Gerentes podrán comparecer a absolver posiciones, mientras que otros funcionarios lo harán por oficio. Este artículo establece un protocolo para la representación legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Ext...?

[IA] Es fundamental que los gerentes estén preparados para comparecer en asuntos legales, y que los contadores mantengan registros claros para respaldar su representación.

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