LOBNCE

Artículo 31. Programas financieros y presupuestos

La Sociedad debe formular anualmente sus programas financieros y presupuestos conforme a los lineamientos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esto garantiza una adecuada planificación y uso de recursos.

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Texto Legal

La Sociedad formulará anualmente sus programas financieros, presupuestos generales de gastos e inversiones, así como sus programas operativos de acuerdo a los lineamientos, medidas y mecanismos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca.

Las modalidades en la asignación de recursos serán autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del artículo 31 de la Ley de Instituciones de Crédito; la que procurará el mejor aprovechamiento y la canalización más adecuada de los recursos de la institución en el marco de la autonomía de gestión requerida para su eficaz funcionamiento, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Artículo reformado DOF 24-06-2002

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La alineación con los lineamientos de la Secretaría es crucial para la aprobación de recursos. Se recomienda a los contadores estar al tanto de estos lineamientos para una mejor gestión financiera.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LOBNCE?

La Sociedad debe formular anualmente sus programas financieros y presupuestos conforme a los lineamientos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esto garantiza una adecuada planificación y uso de recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Ext...?

[IA] La alineación con los lineamientos de la Secretaría es crucial para la aprobación de recursos. Se recomienda a los contadores estar al tanto de estos lineamientos para una mejor gestión financiera.

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