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Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión regula las conductas delictivas relacionadas con la extorsion en el territorio nacional, estableciendo un marco normativo para su prevencion, investigacion y sancion. Esta ley aplica a todos los sujetos obligados, incluyendo autoridades federales, estatales y municipales, asi como a los ciudadanos que puedan ser victimas de estos delitos. Entre los temas principales que cubre se encuentran la definicion de extorsion, los procedimientos de investigacion y las sanciones correspondientes. Su importancia practica radica en que proporciona herramientas legales a abogados y contadores para asesorar a sus clientes, asi como a los ciudadanos para conocer sus derechos y las acciones que pueden emprender ante situaciones de extorsion.

Publicado: 28 de noviembre de 2025|Última reforma: 28 de noviembre de 2025| PDF oficial

Estructura

43 artículos totales · 21 artículos clave analizados

Artículos (43)

Art.
1

Artículo 1. Objeto de la Ley

La Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión establece su carácter de orden público y de interés social, aplicable en todo el territorio nacional. Su objetivo es regular las acciones en materia de extorsión conforme a la Constitución.

extorsionorden publicointeres social
Art.
2

Artículo 2. Objetivos de la Ley

El artículo detalla los objetivos de la Ley, incluyendo la coordinación entre autoridades y la definición del tipo penal de extorsión. Se busca una respuesta integral a este delito y a otros vinculados.

objetivoscoordinaciontipo penal
Art.
3

Artículo 3. Principios de Aplicación

Las autoridades deben actuar con respeto a los derechos humanos y aplicar principios de igualdad y no discriminación en la investigación de extorsiones. Se enfatiza la protección de las víctimas.

derechos humanosigualdadno discriminacion
Art.
4

Artículo 4. Normativa Supletoria

En caso de que la Ley no contemple algún aspecto, se aplicarán supletoriamente diversas leyes relacionadas con procedimientos penales y seguridad pública. Esto asegura un marco legal robusto.

normativasuplementariacodigo penal
Art.
5

Artículo 5. Aplicación de la Ley

La Ley será aplicada por autoridades de los tres órdenes de gobierno, siempre respetando los derechos humanos. Esto garantiza una respuesta coordinada y efectiva ante el delito de extorsión.

aplicaciongobiernoderechos humanos
Art.
6

Artículo 6. Investigación de Oficio

El delito de extorsión será investigado y perseguido de oficio por las autoridades competentes, lo que implica un enfoque proactivo en la lucha contra este delito.

investigacionoficioextorsion
Art.
7

Artículo 7. Definiciones Clave

El artículo proporciona definiciones importantes para la aplicación de la Ley, incluyendo términos como 'Código Nacional' y 'Fiscalías locales'. Esto es esencial para la correcta interpretación de la normativa.

definicionescodigo nacionalfiscalias
Art.
8

Artículo 8. Competencia de la Federación

La investigación del delito de extorsión corresponderá a la Federación bajo ciertas condiciones, lo que establece un marco claro para la intervención federal en estos casos.

competenciafederacionextorsion
Art.
9

Artículo 9. Competencia Local

Las autoridades locales serán responsables de la investigación y sanción de la extorsión en casos no previstos por la Ley. Esto refuerza la importancia del papel local en la justicia.

competencialocalextorsion
Art.
10

Artículo 10. Coordinación entre Autoridades

Las autoridades deben colaborar y compartir información para prevenir y sancionar el delito de extorsión, garantizando una respuesta integral y efectiva.

coordinacionautoridadesinformacion
Art.
11

Artículo 11. Coordinación de Fiscalías

Las Fiscalías deben coordinarse para fortalecer el combate a los delitos de extorsión, promoviendo la capacitación y colaboración entre diversas instancias de justicia.

fiscaliascoordinacionjusticia
Art.
12

Artículo 12. Acciones de Seguridad Pública

Las Instituciones de Seguridad Pública deben implementar acciones coordinadas y tecnológicas para la prevención y persecución del delito de extorsión, asegurando una respuesta efectiva.

seguridad publicaaccionestecnologia
Art.
13

Artículo 13. Unidades Especializadas

Las Fiscalías y Procuradurías contarán con unidades especializadas en extorsión, garantizando un enfoque profesional y capacitado en la investigación de estos delitos.

unidades especializadasfiscaliasextorsion
Art.
14

Artículo 14. Tratamiento de Datos Personales

Se establece que cualquier tratamiento indebido de datos personales durante la investigación será reportado a la autoridad competente, asegurando la protección de la privacidad.

datos personalesprivacidadinvestigacion
Art.
15

Artículo 15. Definición de Extorsión

Se define el delito de extorsión y sus sanciones, estableciendo penas de prisión y multas para quienes cometan este delito, lo que refuerza su gravedad en el marco legal.

definicionsancionesextorsion
Art.
16

Artículo 16. Agravantes en extorsion

Este articulo establece las circunstancias que agravan la pena por el delito de extorsion, aumentando la pena de cuatro a ocho años en ciertos casos. Las agravantes incluyen coacción a victimas en actividades comerciales y el uso indebido de instituciones publicas.

extorsionpenasagravantes
Art.
17

Artículo 17. Circunstancias que aumentan pena

Este articulo detalla las circunstancias que pueden aumentar la pena por extorsion de cinco a doce años. Incluye delitos cometidos contra migrantes, menores de edad y el uso de información privada.

extorsionpenasdelitos
Art.
18

Artículo 18. Extorsion con violencia

Se establece un aumento de pena de siete a diecisiete años en casos de extorsion que involucren violencia física o moral. Este articulo también incluye agravantes relacionadas con el uso de armas y la simulación de pertenencia a grupos delictivos.

extorsionviolenciapenas
Art.
19

Artículo 19. Auxilio a extorsionistas

Este articulo sanciona a quienes presten auxilio al autor de extorsion con penas de cuatro a doce años de prisión. La colaboración con el delito se considera una falta grave.

extorsionauxiliopenas
Art.
20

Artículo 20. Divulgacion de informacion confidencial

Se sanciona a servidores publicos que divulguen información reservada relacionada con extorsion, con penas de cuatro a dieciséis años de prisión. La protección de datos es crucial en investigaciones.

extorsionservidores publicosinformacion
Art.
21

Artículo 21. Omisiones de denuncia

Este articulo establece penas para servidores publicos que no denuncien delitos de extorsion, con penas de diez a veinte años. La responsabilidad de los funcionarios es fundamental en la lucha contra la extorsion.

extorsionservidores publicospenas
Art.
22

Artículo 22. Desistimiento de extorsion

Se establece que si el autor de extorsion se desiste del lucro exigido dentro de tres días, la pena puede disminuir hasta la mitad. Este articulo ofrece una oportunidad para la reparación.

extorsiondesistimientopenas
Art.
23

Artículo 23. Introduccion de dispositivos en penitenciarios

Se sanciona la introducción de dispositivos electrónicos a centros penitenciarios con penas de seis a doce años. Las sanciones son más severas para servidores publicos involucrados.

extorsionpenitenciariosdispositivos
Art.
24

Artículo 24. Facilitacion de delitos por servidores publicos

Se establece una pena incrementada para servidores publicos que faciliten condiciones para la extorsion, aumentando la pena de tres a cinco años. La responsabilidad de los funcionarios es clave.

extorsionservidores publicosfacilitacion
Art.
25

Artículo 25. Investigacion de extorsion

Este articulo detalla las acciones que la Policía debe seguir al conocer la probable comisión de extorsion, incluyendo la colaboración con peritos y la intervención de comunicaciones. La investigación es fundamental.

extorsioninvestigacionpolicia
Art.
26

Artículo 26. Reparacion del daño

La reparación del daño se considera una pena pública y se impone a todo imputado al dictarse sentencia de condena. Esto asegura que las víctimas reciban compensación.

extorsionreparacionpenas
Art.
27

Artículo 27. Nulidad de pruebas

La autoridad judicial debe analizar incidentes de nulidad o exclusión de pruebas en procedimientos por delitos de extorsion, asegurando el debido proceso. La validez de las pruebas es crucial.

extorsionnulidadpruebas
Art.
28

Artículo 28. Ingreso sin autorizacion judicial

Este articulo justifica el ingreso de autoridades a lugares sin autorización judicial en ciertos casos, facilitando la investigación de extorsion. La legalidad de los procedimientos es importante.

extorsionautorizacioninvestigacion
Art.
29

Artículo 29. Providencias precautorias

Las víctimas pueden solicitar providencias precautorias para garantizar la reparación del daño en casos de extorsion. Esto proporciona una herramienta legal para proteger sus derechos.

extorsionvictimasprovidencias
Art.
30

Artículo 30. Medidas de proteccion a victimas

Se establecen medidas de protección para víctimas y testigos de extorsion, asegurando su seguridad durante el proceso penal. La protección es esencial para el debido proceso.

extorsionproteccionvictimas
Art.
31

Artículo 31. Medidas cautelares en extorsión

El articulo establece que la persona juzgadora puede imponer la prohibición de contacto entre el imputado y la víctima. Estas medidas serán revisadas trimestralmente, asegurando la protección de la víctima durante el proceso penal.

medidas cautelaresvictimaprohibicion
Art.
32

Artículo 32. Prisión preventiva oficiosa

Las personas imputadas por extorsión estarán sujetas a prisión preventiva oficiosa si se les imputa conductas agravantes. Esto implica un endurecimiento de las medidas cautelares en casos de delitos graves.

prision preventivadelitoconductas agravantes
Art.
33

Artículo 33. Individualización de la pena

Para la pena del delito de extorsión, se considerarán diversos factores como la duración del delito y la afectación a la víctima. Esto permite una sentencia más justa y adaptada a cada caso.

penavictimaperspectiva de genero
Art.
34

Artículo 34. Reparación integral del daño

La sentencia por extorsión debe incluir la cuantificación de la reparación del daño a las víctimas. Esto asegura que las víctimas reciban compensación adecuada por los daños sufridos.

reparacion del dañosentenciavictima
Art.
35

Artículo 35. Beneficios de libertad restringidos

Las personas sentenciadas por extorsión no podrán acceder a beneficios de libertad anticipada o reducción de pena. Esto refleja la gravedad del delito y busca disuadir su comisión.

libertad anticipadapenaextorsion
Art.
36

Artículo 36. Sanciones disciplinarias en prisión

La extorsión cometida desde un centro penitenciario conlleva sanciones disciplinarias adicionales. Esto busca prevenir el uso de medios de comunicación para delinquir desde prisión.

sancionescentro penitenciarioextorsion
Art.
37

Artículo 37. Control de medios digitales en prisión

Los directores de centros penitenciarios deben impedir el acceso a medios digitales a quienes han sido sentenciados por extorsión. Esto es parte de las medidas para controlar la delincuencia desde prisión.

centro penitenciariomedios digitalescontrol
Art.
38

Artículo 38. Inhibición de comunicaciones en prisión

Los centros penitenciarios deben establecer procedimientos para impedir la entrada y salida de llamadas de telefonía celular. Esto busca limitar la comunicación de los internos con el exterior.

comunicacionescentro penitenciariotelefonia celular
Art.
39

Artículo 39. Colaboración para prevención de extorsión

Las autoridades deben colaborar en la prevención del delito de extorsión, promoviendo espacios de diálogo y capacitación. Esto busca un enfoque integral en la lucha contra este delito.

prevencioncolaboracionautoridades
Art.
40

Artículo 40. Acciones de prevención del delito

Las autoridades de los tres niveles de gobierno deben priorizar la prevención del delito de extorsión. Esto incluye asesoría inmediata a las víctimas potenciales.

prevenciongobiernoasesoria
Art.
41

Artículo 41. Centro de Atención a Denuncias

Se establece un Centro de Atención a Denuncias por el Delito de Extorsión para recibir y atender denuncias. Este centro busca fortalecer la vinculación con la ciudadanía en la prevención del delito.

denunciascentro de atencionextorsion
Art.
42

Artículo 42. Estrategia para combatir extorsión

La Federación y entidades federativas deben implementar estrategias para prevenir y combatir el delito de extorsión. Esto incluye coordinación entre diversas autoridades y un enfoque en la capacitación.

estrategiaprevencioncoordinacion
Art.
43

Artículo 43. Objetivos de la Estrategia Nacional

La Estrategia Nacional para prevenir y combatir la extorsión tiene objetivos claros como disuadir el delito y generar información útil para la investigación. Esto busca un enfoque más efectivo en la lucha contra la extorsión.

estrategia nacionalprevenciondisuasion

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