La Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión establece su carácter de orden público y de interés social, aplicable en todo el territorio nacional. Su objetivo es regular las acciones en materia de extorsión conforme a la Constitución.
La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional, en términos de lo dispuesto por el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extorsión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo establece la base fundamental de la ley, resaltando su importancia en la lucha contra la extorsión. Es crucial que los profesionales del derecho comprendan su alcance para asesorar adecuadamente a sus clientes.
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