LGPISDME

Artículo 35. Beneficios de libertad restringidos

Las personas sentenciadas por extorsión no podrán acceder a beneficios de libertad anticipada o reducción de pena. Esto refleja la gravedad del delito y busca disuadir su comisión.

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Texto Legal

Las personas sentenciadas por el delito de extorsión no tendrán derecho a los beneficios de la libertad anticipada, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena. Tampoco les serán aplicados los beneficios preliberacionales previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los defensores informen a sus clientes sobre las limitaciones en los beneficios de libertad para evitar falsas expectativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LGPISDME?

Las personas sentenciadas por extorsión no podrán acceder a beneficios de libertad anticipada o reducción de pena. Esto refleja la gravedad del delito y busca disuadir su comisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar los D...?

[IA] Es crucial que los defensores informen a sus clientes sobre las limitaciones en los beneficios de libertad para evitar falsas expectativas.

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