LFD

Ley Federal de Derechos

Establece los derechos que deben pagar las personas fisicas y morales por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio publico de la nacion, asi como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho publico. Incluye derechos mineros, de agua, migratorios y por tramites gubernamentales.

Publicado: 31 de diciembre de 1981|Última reforma: 12 de noviembre de 2021| PDF oficial

Estructura

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Artículos (36)

Art.
1

Artículo 1. Sujetos obligados al pago de derechos

Establece que los derechos que prev esta Ley se pagaran por las personas fisicas y morales que usen, gocen, aprovechen o reciban los bienes de dominio publico de la Nacion, asi como los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho publico.

derechossujetos-obligadosdominio-publico
Art.
2

Artículo 2. Momento de pago de los derechos

Define el momento en que nace la obligacion de pagar los derechos: al solicitar el servicio o al iniciar el uso o aprovechamiento de bienes del dominio publico. Tambien establece las reglas para el pago anticipado y posterior.

momento-pagocausacionpago-previo
Art.
3

Artículo 3. Actualizacion de cuotas de derechos

Establece el mecanismo de actualizacion anual de las cuotas de derechos conforme al Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), asi como las reglas de redondeo y los derechos excluidos de la actualizacion automatica.

actualizacioninpccuotasCalculadora vinculada
Art.
4

Artículo 4. Formas de pago de los derechos

Regula las formas en que se pueden cubrir los derechos establecidos en la Ley, incluyendo pago en efectivo, transferencia electronica, cheque certificado y otros medios autorizados por la SHCP.

formas-pagodeclaraciontransferencia
Art.
5

Artículo 5. Plazos para el pago de derechos

Senala los plazos generales y especificos para el pago de derechos, incluyendo reglas de anticipacion, prorroga y las consecuencias del pago fuera de plazo con actualizacion y recargos.

plazosrecargosactualizacion
Art.
19

Artículo 19. Derechos por servicios migratorios

Establece las cuotas que deben pagar los extranjeros y nacionales por servicios migratorios, incluyendo la expedicion de visas, documentos migratorios, cambios de condicion de estancia y permisos de trabajo.

migracionvisaresidencia
Art.
20

Artículo 20. Derechos por la calidad migratoria de visitante

Detalla las cuotas aplicables a los visitantes que ingresan al territorio nacional, diferenciando entre visitantes con y sin permiso para realizar actividades remuneradas, visitantes regionales y trabajadores fronterizos.

visitantefmmtrabajador-fronterizo
Art.
21

Artículo 21. Derechos por expedicion de documentos migratorios

Establece las cuotas por la expedicion, reposicion y renovacion de documentos migratorios como la tarjeta de residente temporal, residente permanente y otros documentos que acreditan la estancia legal en Mexico.

documentos-migratoriosresidente-temporalresidente-permanente
Art.
22

Artículo 22. Derechos por servicios migratorios extraordinarios

Establece las cuotas adicionales por servicios migratorios prestados fuera de dias y horas habiles, asi como los derechos por regularizacion migratoria y multas por estancia irregular.

servicios-extraordinariosregularizacionhorario-inhabil
Art.
29

Artículo 29. Derechos del Registro Publico de Comercio

Establece las cuotas por las inscripciones, anotaciones y expedicion de certificados en el Registro Publico de Comercio, incluyendo la constitucion de sociedades, poderes notariales y actos mercantiles.

registro-publicocomerciosociedades
Art.
30

Artículo 30. Derechos por expedicion de certificados y copias del Registro Publico de Comercio

Establece las cuotas por la expedicion de certificados de inscripcion, certificados de libertad de gravamen, copias certificadas y busquedas en el Registro Publico de Comercio.

certificadoscopias-certificadasregistro-comercio
Art.
31

Artículo 31. Derechos por inscripcion de actos mercantiles especiales

Regula las cuotas por la inscripcion de actos mercantiles especiales como contratos de credito, fideicomisos, arrendamiento financiero, factoraje y otros actos sujetos a registro obligatorio.

actos-mercantilesfideicomisosgarantias-mobiliarias
Art.
49

Artículo 49. Derechos por servicios consulares

Establece las cuotas por los servicios que prestan las oficinas consulares de Mexico en el extranjero, incluyendo legalizaciones, certificaciones, expedicion de pasaportes y proteccion consular.

consuladospasaportelegalizacion
Art.
50

Artículo 50. Derechos por servicios de proteccion consular y notariales

Establece las cuotas por servicios notariales prestados en oficinas consulares, incluyendo poderes notariales, testamentos, actas de protocolizacion y otros actos de fe publica realizados por funcionarios consulares en el extranjero.

notarial-consularpoderestestamentos
Art.
53

Artículo 53. Exenciones en servicios consulares

Define los supuestos en que no se pagaran derechos por servicios consulares, incluyendo la proteccion consular, repatriacion de restos, atencion a victimas de delitos y servicios a personas en situacion de vulnerabilidad.

exencionesproteccion-consularrepatriacion
Art.
73

Artículo 73. Derechos por registro de marcas ante el IMPI

Establece las cuotas que se pagan al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por la solicitud, registro, renovacion y otros tramites relacionados con marcas, avisos comerciales y nombres comerciales.

marcasimpipropiedad-industrial
Art.
74

Artículo 74. Derechos por transmisiones, licencias y otros actos relativos a marcas

Establece las cuotas por la inscripcion de transmisiones de derechos, licencias de uso, cambios de nombre o domicilio y otros actos juridicos relacionados con marcas registradas ante el IMPI.

transmision-marcaslicenciasimpi
Art.
75

Artículo 75. Derechos por patentes y modelos de utilidad

Regula las cuotas por la solicitud, expedicion, mantenimiento y otros tramites relacionados con patentes de invencion, modelos de utilidad y disenos industriales ante el IMPI.

patentesimpiinvenciones
Art.
78

Artículo 78. Derechos por denominaciones de origen e indicaciones geograficas

Establece las cuotas por la declaracion de proteccion de denominaciones de origen, indicaciones geograficas y autorizaciones de uso, relevantes para productos regionales mexicanos como tequila, mezcal y otros.

denominacion-origenindicacion-geograficatequila
Art.
179

Artículo 179. Derecho de Tramite Aduanero (DTA)

Establece el Derecho de Tramite Aduanero que se paga por las operaciones de comercio exterior, incluyendo importaciones, exportaciones y transito de mercancias. Es uno de los derechos mas recaudadores de la LFD.

dtatramite-aduaneroimportacion
Art.
180

Artículo 180. Derechos por almacenaje de mercancias en recintos fiscales

Establece los derechos que se pagan por el almacenaje de mercancias en recintos fiscales y fiscalizados, asi como las cuotas por servicios extraordinarios de vigilancia y custodia aduanera.

almacenajerecintos-fiscalesaduana
Art.
185

Artículo 185. Exenciones y reducciones del DTA

Enumera los supuestos en que no se paga el Derecho de Tramite Aduanero o se aplican cuotas reducidas, incluyendo importaciones de gobierno, mercancias donadas, equipaje y pequenas importaciones.

exenciones-dtamenajeequipaje
Art.
192

Artículo 192. Derechos por uso de bienes del dominio publico

Establece que por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio publico de la Nacion sobre los que la Federacion ejerce actos de administracion, se pagaran derechos conforme a las cuotas de la LFD.

dominio-publicoconcesionesbienes-nacionales
Art.
194

Artículo 194. Derechos por concesiones de zona federal maritimo terrestre

Regula las cuotas por las concesiones de uso de la zona federal maritimo terrestre y ambientes costeros, relevante para desarrollos turisticos, portuarios y comerciales en playas y costas de Mexico.

zona-federalmaritimo-terrestreplayas
Art.
222

Artículo 222. Derechos por uso o aprovechamiento de aguas nacionales

Establece la obligacion de pagar derechos por la explotacion, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, ya sean superficiales o del subsuelo, conforme a las zonas de disponibilidad y los volumenes extraidos.

aguaconaguaaguas-nacionales
Art.
223

Artículo 223. Cuotas por zona de disponibilidad para uso de agua

Detalla las cuotas especificas por metro cubico de agua segun la zona de disponibilidad y el tipo de uso, diferenciando entre uso industrial, comercial, de servicios y otros.

cuotas-aguazonas-disponibilidaduso-industrial
Art.
224

Artículo 224. Derechos por descargas de aguas residuales

Regula el pago de derechos por descargar aguas residuales en cuerpos de agua nacionales o en terrenos que sean bienes nacionales, conforme a los contaminantes y volumenes descargados.

aguas-residualesdescargascontaminacion
Art.
231

Artículo 231. Zonas de disponibilidad de agua

Clasifica el territorio nacional en zonas de disponibilidad de agua (de la 1 a la 9) para efectos del calculo de los derechos por uso de aguas nacionales, donde la zona 1 representa la mayor escasez.

zonas-disponibilidadacuiferosconagua
Art.
232

Artículo 232. Derechos por uso de cuerpos receptores de descargas

Establece las cuotas por usar cuerpos de agua nacionales como receptores de descargas, clasificando los cuerpos receptores segun su capacidad de asimilacion y tipo de contaminante.

cuerpos-receptoresdescargascontaminantes
Art.
254

Artículo 254. Derecho por la utilidad compartida de hidrocarburos

Establece el derecho que Pemex y sus organismos subsidiarios pagan por la extraccion de hidrocarburos, representando la principal contraprestacion del Estado por la explotacion de petroleo y gas natural.

hidrocarburospemexpetroleo
Art.
257

Artículo 257. Derecho de extraccion de hidrocarburos

Regula el derecho que se paga por la extraccion de hidrocarburos en funcion del volumen y tipo de producto extraido, complementando los demas derechos del regimen fiscal de Pemex.

extraccionhidrocarburospemex
Art.
263

Artículo 263. Derechos sobre mineria por hectarea concesionada

Establece las cuotas semestrales que los concesionarios mineros deben pagar por cada hectarea amparada por su concesion, con tarifas progresivas segun la antiguedad de la concesion.

mineriaconcesion-minerahectarea
Art.
268

Artículo 268. Derecho especial sobre mineria

Establece el derecho especial sobre mineria que grava las utilidades derivadas de la enajenacion o beneficio de la actividad extractiva minera, aplicando una tasa del 7.5% sobre la base gravable.

derecho-especialmineriautilidad-minera
Art.
271

Artículo 271. Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros

Crea el fondo destinado a los estados y municipios donde se realiza actividad minera, alimentado con un porcentaje de la recaudacion por derechos mineros, para financiar obras de infraestructura y desarrollo social.

fondo-minerodesarrollo-regionalmunicipios-mineros
Art.
275

Artículo 275. Obligaciones de informacion de concesionarios mineros

Establece las obligaciones de informacion y reporte que tienen los titulares de concesiones mineras ante las autoridades fiscales y mineras, incluyendo la presentacion de declaraciones y estados financieros.

obligaciones-informaciondeclaraciones-minerasdictamen
Art.
276

Artículo 276. Derechos por uso del espectro radioelectrico

Establece los derechos que deben pagar los concesionarios por el uso, goce o aprovechamiento del espectro radioelectrico, recurso utilizado para telecomunicaciones, radio, television y otros servicios inalambricos.

espectro-radioelectricotelecomunicacionesradio

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