Clasifica el territorio nacional en zonas de disponibilidad de agua (de la 1 a la 9) para efectos del calculo de los derechos por uso de aguas nacionales, donde la zona 1 representa la mayor escasez.
Para los efectos de los articulos 222 y 223 de esta Ley, las zonas de disponibilidad a que se refieren dichos articulos son las siguientes:
Las zonas de disponibilidad se determinan con base en estudios tecnicos de CONAGUA sobre la relacion entre la oferta y la demanda de agua en cada region hidrologica:
- Zona 1 (Escasez extrema): Acuiferos sobreexplotados en el norte y centro del pais. Incluye regiones de Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo Leon, Aguascalientes, Guanajuato y partes del Estado de Mexico.
- Zona 2: Acuiferos con alta presion de demanda. Zonas metropolitanas de Monterrey, Leon, Queretaro.
- Zona 3: Disponibilidad limitada. Partes de Jalisco, Michoacan, Puebla.
- Zona 4: Disponibilidad media-baja. Centro del pais.
- Zona 5: Disponibilidad media. Partes de Veracruz, Hidalgo, Tlaxcala.
- Zona 6: Disponibilidad media-alta. Regiones del sureste.
- Zona 7: Buena disponibilidad. Partes de Oaxaca, Guerrero, Nayarit.
- Zona 8: Alta disponibilidad. Tabasco, sur de Veracruz.
- Zona 9 (Mayor disponibilidad): Cuencas con abundancia hidrica. Chiapas, partes de Tabasco y la Peninsula de Yucatan.
CONAGUA actualiza periodicamente la clasificacion de zonas con base en nuevos estudios hidrologicos y en la evolucion de la disponibilidad de agua. Los cambios de zona se publican en el DOF.
La diferencia en cuotas entre la zona 1 y la zona 9 puede ser de hasta 10 veces, lo que refleja el valor economico y la escasez relativa del recurso hidrico en cada region.
Los contribuyentes pueden consultar la zona de disponibilidad que corresponde a su fuente de suministro en los decretos publicados en el DOF o directamente en las oficinas de CONAGUA.
La clasificacion en zonas de disponibilidad tiene implicaciones directas en los costos operativos de industrias con alto consumo de agua, y es un factor a considerar en las decisiones de localizacion de nuevas plantas industriales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La clasificacion en zonas de disponibilidad es un mecanismo de politica hidrica que utiliza el precio como herramienta para gestionar la demanda. Las empresas deben verificar la zona de disponibilidad de sus fuentes de agua porque un cambio de zona puede significar incrementos sustanciales en sus costos. Algunas regiones han pasado de zonas altas a zonas bajas conforme se agotan los acuiferos, impactando directamente la competitividad de las industrias locales.
Art. 222. Derechos por uso o aprovechamiento de aguas nacionales
Establece la obligacion de pagar derechos por la explotacion, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, ya sean superficiales o del subsuelo, conforme a las zonas de disponibilidad y los volumenes extraidos.
Art. 223. Cuotas por zona de disponibilidad para uso de agua
Detalla las cuotas especificas por metro cubico de agua segun la zona de disponibilidad y el tipo de uso, diferenciando entre uso industrial, comercial, de servicios y otros.
Art. 232. Derechos por uso de cuerpos receptores de descargas
Establece las cuotas por usar cuerpos de agua nacionales como receptores de descargas, clasificando los cuerpos receptores segun su capacidad de asimilacion y tipo de contaminante.
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Art. 224. Derechos por descargas de aguas residuales
Siguiente
Art. 232. Derechos por uso de cuerpos receptores de descargas
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