LFD

Artículo 5. Plazos para el pago de derechos

Senala los plazos generales y especificos para el pago de derechos, incluyendo reglas de anticipacion, prorroga y las consecuencias del pago fuera de plazo con actualizacion y recargos.

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Texto Legal

Articulo 5 - Plazos de pago

Cuando no se haga el pago de los derechos en los plazos establecidos en esta Ley, el monto de los mismos se actualizara desde el mes en que debio hacerse el pago y hasta que el mismo se efectue, debiendo ademas pagarse recargos por concepto de indemnizacion al fisco federal por falta de pago oportuno.

Plazos generales

- Derechos por servicios: Previo a la solicitud del servicio, salvo excepcion expresa.
- Derechos por uso de agua: A mas tardar el ultimo dia habil de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre (pago trimestral).
- Derechos mineros: Enero y julio de cada ano (pago semestral).
- Derecho de tramite aduanero: Al momento del despacho aduanero de las mercancias.
- Derechos por espectro radioelectrico: Dentro de los primeros 30 dias del ano.

Actualizacion por pago extemporaneo

La actualizacion se realiza conforme al procedimiento del articulo 17-A del CFF, aplicando el factor de actualizacion correspondiente al periodo transcurrido desde la fecha de exigibilidad hasta la fecha de pago efectivo.

Recargos

Los recargos se calculan a la tasa vigente que fije anualmente el Congreso de la Union en la Ley de Ingresos, aplicada sobre el monto actualizado del derecho no pagado, por cada mes o fraccion que transcurra sin realizarse el pago.

Prorroga y facilidades

En casos excepcionales, la SHCP puede otorgar facilidades de pago o prorrogas para el cumplimiento de derechos, particularmente cuando se trate de concesionarios de bienes nacionales afectados por fenomenos naturales o situaciones economicas extraordinarias.

Caducidad y prescripcion

Las facultades de la autoridad para determinar derechos omitidos caducan en el plazo de cinco anos conforme al CFF. Los creditos fiscales por derechos no pagados prescriben igualmente en cinco anos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los plazos de pago de la LFD son fundamentales para evitar cargas financieras adicionales. Los recargos pueden sumar cantidades significativas, especialmente en derechos de cuotas elevadas como los mineros o por uso de agua. Es recomendable implementar un calendario fiscal especifico para derechos federales, separado del calendario de impuestos, para garantizar el cumplimiento oportuno.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LFD?

Senala los plazos generales y especificos para el pago de derechos, incluyendo reglas de anticipacion, prorroga y las consecuencias del pago fuera de plazo con actualizacion y recargos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la Ley Federal de Derechos?

Los plazos de pago de la LFD son fundamentales para evitar cargas financieras adicionales. Los recargos pueden sumar cantidades significativas, especialmente en derechos de cuotas elevadas como los mineros o por uso de agua. Es recomendable implementar un calendario fiscal especifico para derechos federales, separado del calendario de impuestos, para garantizar el cumplimiento oportuno.

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