LFD

Artículo 4. Formas de pago de los derechos

Regula las formas en que se pueden cubrir los derechos establecidos en la Ley, incluyendo pago en efectivo, transferencia electronica, cheque certificado y otros medios autorizados por la SHCP.

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Texto Legal

Articulo 4 - Formas de pago

El pago de los derechos que establece esta Ley debera hacerse por el contribuyente mediante declaracion que presentara en las oficinas autorizadas, salvo los casos en que esta Ley establezca otra forma de pago.

Medios de pago aceptados

- Transferencia electronica de fondos mediante el portal del SAT o instituciones bancarias autorizadas.
- Efectivo en las ventanillas bancarias, cuando la cantidad no exceda los limites establecidos por la legislacion antilavado.
- Cheque certificado o de caja a favor de la Tesoreria de la Federacion.
- Linea de captura generada por la dependencia que presta el servicio o por el SAT.

Declaraciones periodicas

Para derechos de pago periodico (agua, mineria, espectro radioelectrico), el contribuyente debera presentar declaraciones trimestrales, semestrales o anuales, segun el tipo de derecho, en las mismas oficinas y mediante los mismos medios.

Pago en moneda extranjera

Los derechos por servicios consulares podran pagarse en la moneda del pais donde se preste el servicio, al tipo de cambio vigente en la fecha de pago. La equivalencia en pesos se determinara conforme a las tablas que publique la Secretaria de Relaciones Exteriores.

Comprobante de pago

El comprobante de pago de derechos es indispensable para acreditar el cumplimiento de la obligacion. Sin este documento, la dependencia puede negarse a prestar el servicio. Los comprobantes deben conservarse como parte de la contabilidad del contribuyente.

Pago extemporaneo

Cuando los derechos no se paguen en la fecha o dentro del plazo senalado en esta Ley, el monto se actualizara y se pagaran recargos por mora conforme a lo previsto en el Codigo Fiscal de la Federacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

En la practica, la mayoria de los pagos de derechos federales se realizan mediante el formato e5cinco del SAT o a traves del portal de pagos de la dependencia correspondiente (INM, IMPI, CONAGUA, etc.). Es importante conservar los comprobantes de pago porque son deducibles para ISR cuando se relacionan con la actividad empresarial. Los derechos pagados por una empresa minera, por ejemplo, son un gasto deducible del ejercicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LFD?

Regula las formas en que se pueden cubrir los derechos establecidos en la Ley, incluyendo pago en efectivo, transferencia electronica, cheque certificado y otros medios autorizados por la SHCP.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la Ley Federal de Derechos?

En la practica, la mayoria de los pagos de derechos federales se realizan mediante el formato e5cinco del SAT o a traves del portal de pagos de la dependencia correspondiente (INM, IMPI, CONAGUA, etc.). Es importante conservar los comprobantes de pago porque son deducibles para ISR cuando se relacionan con la actividad empresarial. Los derechos pagados por una empresa minera, por ejemplo, son un gasto deducible del ejercicio.

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