La Ley de Fomento a la Industria Vitivinicola regula el desarrollo y fortalecimiento del sector vitivinicola en Mexico, estableciendo un marco normativo que promueve la produccion, comercializacion y consumo de vino nacional. Esta ley aplica a todos los actores involucrados en la industria, incluyendo productores, distribuidores y organismos de apoyo. Los temas principales que cubre incluyen disposiciones generales, objetivos, la creacion de una Comision Intersecretarial, estrategias de fomento y promocion, asi como programas de apoyo y capacitacion. Su importancia radica en que proporciona un soporte legal y administrativo que facilita el crecimiento del sector, beneficiando a abogados y contadores en la asesoría de empresas vitivinicolas, y a ciudadanos al fomentar el consumo de productos locales.
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Ley de orden publico que impulsa el fomento, promocion y difusion de actividades vitivinicolas en concordancia con otras leyes federales. Establece bases para el desarrollo e impulso de la industria vitivinicola mexicana.
Define como sujetos a todos los actores en la cadena productiva vitivinicola, desde plantacion hasta comercializacion, incluyendo productores, organizaciones, asociaciones y personas fisicas o morales. Aplica a nivel nacional, estatal, regional y municipal.
Proporciona 16 definiciones clave incluyendo anejamiento, enologia, productor, vino, vino mexicano, viticultura y viticola. Define parametros tecnicos como contenido alcoholico minimo de 8% y maximo de 16% vol.
Establece que autoridades competentes promoveran el desarrollo y participacion del sector en el mercado, incluyendo esquemas de participacion de productores.
Define seis lineas estrategicas: respetar territorio apto para cultivo, estimular crecimiento economico, cumplir normas mexicanas, fortalecer competitividad, fomentar distintivos de calidad, y promocion nacional e internacional.
Reafirma que sujetos son personas fisicas y morales constituidas conforme a ley que realicen actividades vitivinicolas de forma preponderante, mas organizaciones asociadas.
Identifica tres factores basicos: procesos de la cadena productiva y actores clave, estimulo al desarrollo mediante inversion e infraestructura, y tecnificacion de procesos con herramientas especializadas.
Faculta al Ejecutivo Federal para suscribir convenios de coordinacion con gobiernos federativos y municipios para cumplimiento de objetivos de la ley.
Crea la Comision Intersecretarial de Fomento a la Industria Vitivinicola como organo de consulta y coordinacion de la Administracion Publica Federal, integrada por siete secretarias de estado.
La Comision tiene como objeto orientar, promover, apoyar y proponer politicas publicas para el fomento de la industria vitivinicola nacional.
Asigna Presidencia de la Comision a Secretaria de Economia y Secretaria Ejecutiva a la Secretaria de Agricultura, quienes fungiran como coordinadores de trabajos y funcionamiento general.
Establece nueve funciones incluyendo proposicion de politicas, investigacion de variedades de uva, establecimiento de certificaciones, creacion del Registro, consulta para estudios, impulso de politicas publicas, participacion en foros, y publicacion de informe anual.
Autoriza que instituciones de Administracion Publica Federal y Estatal, asociaciones privadas, consejos y comites apoyen a la Comision bajo principios de colaboracion, coordinacion e informacion interinstitucional.
La Comision celebrara sesiones ordinarias minimo cuatro veces al ano y extraordinarias convocadas por Presidente y Secretario Ejecutivo o por mayoria de miembros.
La Comision requiere mitad mas uno de miembros para sesionar. Resoluciones se toman por mayoria simple de votos. Presidente tiene voto calificado en casos de empate.
Presidente y Secretario Ejecutivo pueden formular programa anual, proponer soluciones de conflictos, proponer asuntos, formular calendario de encuentros, representar en foros, convocar reuniones y otras facultades conferidas.
Representantes de Secretaria de Economia y Secretaria de Agricultura que asistan a la Comision toman acuerdos, levantan minutas de sesiones y ejercen funciones encomendadas por la Comision.
La Comision sera incluyente de opiniones de Comites Nacional y Estatales, productores, consejos, asociaciones civiles y academicos. Organizaciones acreditadas por Secretaria pueden nombrar representante. Estados pueden crear subcomisiones estatales.
Funcionarios de secretarias, gobiernos federativos, diputados, senadores, camaras empresariales, presidentes de comites y consejos pueden asistir a sesiones de Comision con voz pero sin voto para impulsar distribucion de Vino Mexicano.
Secretaria de Agricultura en coordinacion con Comision apoyara al sector en ocho areas: politica economica, Registro de productores, asesoramiento agronomico, programas de desarrollo, capacitacion, sanidad fitosanitaria, integracion de cadena productiva y formacion de actores.
La Secretaria de Economia en coordinacion con la Comision apoyara al sector vitivinicola mediante campanas de promocion, difusion de normas, incentivos a exportadores, difusion de politicas de exportacion y acceso a programas federales de apoyo.
La Secretaria de Hacienda y Credito Publico en coordinacion con la Comision apoyara la actualizacion de la incorporacion de productores nacionales al padron de exportadores.
La Secretaria de Educacion Publica promovera e impulsara en educacion media superior y superior las areas de Enologia y Viticultura para capacitacion del sector vitivinicola.
La Secretaria de Salud apoyara al sector vitivinicola a traves de programas para prevencion de adicciones, promoviendo el consumo moderado del vino en coordinacion con el Consejo Nacional Contra las Adicciones.
La Secretaria de Turismo apoyara la promocion de rutas de vino, turismo enologico e impulsara el vino mexicano como producto representativo nacional, en cumplimiento de la Politica de Fomento a la Gastronomia Mexicana.
La Secretaria de Relaciones Exteriores promocionara al vino mexicano a traves de embajadas y consulados internacionales, promoviendo la oferta y calidad del producto en el extranjero.
SEMARNAT a traves de la CONAGUA y entidades federativas proporcionaran abastecimiento y acceso al agua en regiones productoras de vid, con cargo a productores conforme disposiciones aplicables.
La Secretaria de Energia apoyara la integracion de equipos para energias renovables en procesos de produccion vitivinicola y promovera energias renovables en apego a la Ley de Transicion Energetica.
El Ejecutivo Federal y entidades federativas pueden celebrar convenios de colaboracion publico-privada-academica para impulsar investigacion cientifica, tecnologia y capacitacion en viticultura, vinicultura y enologia.
Productores y envasadores de vino deben cumplir con sistemas de control de calidad, especificaciones fisicoquimicas, envase, embalaje e informacion comercial establecidas en disposiciones sanitarias y normas oficiales mexicanas.
La evaluacion de conformidad del vino debe realizarse conforme a la Ley Federal sobre Metrologia y Normalizacion y normas oficiales mexicanas para corroborar autenticidad, calidad y clasificacion del vino mexicano.
La Comision promovera y difundira productos vitivinicolas, elaborando material promocional, impulsando politicas publicas especificas en tres ordenes de gobierno para apoyo al sector.
La Comision tendra acceso a espacios y tiempos oficiales para divulgacion de funciones y promocion de la cultura del consumo de vino mexicano conforme a leyes respectivas.
Las campanas financiadas con fondos publicos deben recomendar consumo moderado, informar sobre beneficios y riesgos para salud, fomentar desarrollo sostenible, destacar aspectos historicos y difundir calidad del vino mexicano.
Organismos de Productores y Empresariales del sector pueden realizar campanas nacionales de promocion del vino mexicano con participacion de la Comision, productores y tres ordenes de gobierno.
Nuestros especialistas pueden analizar la aplicación de estas disposiciones a tu caso particular.
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