LFIV_230518

Artículo 19. Invitacion a funcionarios y representantes

Funcionarios de secretarias, gobiernos federativos, diputados, senadores, camaras empresariales, presidentes de comites y consejos pueden asistir a sesiones de Comision con voz pero sin voto para impulsar distribucion de Vino Mexicano.

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Texto Legal

Los funcionarios de las secretarías de estado, de los gobiernos de las entidades federativas, Diputados Federales y Senadores de la República, así como los miembros o representantes de las diferentes cámaras empresariales, y los presidentes de los Comités Nacional y Estatales de los Sistemas Producto Vid, las asociaciones, y los consejos constituidos podrán ser invitados con voz pero sin voto a las sesiones de la Comisión con objeto de impulsar, difundir, promover y distribuir el Vino Mexicano.

Capítulo III De la Coordinación entre la Comisión y las Dependencias de la Administración Pública Federal

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Permite participacion amplia de stakeholders sin poder decisorio. Espacios de voz son oportunidades para cabildeo y posicionamiento de intereses ante tomadores de decision, especialmente diputados y senadores relevantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LFIV_230518?

Funcionarios de secretarias, gobiernos federativos, diputados, senadores, camaras empresariales, presidentes de comites y consejos pueden asistir a sesiones de Comision con voz pero sin voto para impulsar distribucion de Vino Mexicano.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola?

Permite participacion amplia de stakeholders sin poder decisorio. Espacios de voz son oportunidades para cabildeo y posicionamiento de intereses ante tomadores de decision, especialmente diputados y senadores relevantes.

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