LFIV_230518

Artículo 20. Apoyo de secretaria a sector

Secretaria de Agricultura en coordinacion con Comision apoyara al sector en ocho areas: politica economica, Registro de productores, asesoramiento agronomico, programas de desarrollo, capacitacion, sanidad fitosanitaria, integracion de cadena productiva y formacion de actores.

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Texto Legal

La Secretaría en coordinación con la Comisión apoyará al Sector a:

I. Promover, evaluar y ejecutar una política nacional de fomento económico específica delineada a favor de la industria vitivinícola con la participación de los representantes de los Comités Nacional y Estatales de los Sistemas Producto Vid, comités interinstitucionales, consejos, productores, asociaciones civiles y académicos que por objeto o interés estén vinculados a la Industria Vitivinícola;

II. Instrumentar el Registro, el cual deberá contener los datos completos del padrón de productores de uva destinada a la producción de Vino, embotelladores, comercializadores, distribuidores, importadores y exportadores de Vino; el cual será parte del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

III. Asesorar a los productores para que en el desarrollo de cultivos destinados a la producción de insumos para la vitivinicultura se realicen de acuerdo con las mejores prácticas agrícolas aplicables en materia de sanidad vegetal y que las investigaciones científicas y tecnológicas aconsejen;

IV. Promover programas específicos destinados al desarrollo del Sector, sin importar los niveles de producción;

V. Implementar las acciones de capacitación y asistencia técnica para la producción de la uva destinada a la producción vitivinícola;

VI. Realizar campañas de protección fitosanitaria y demás instrumentos en materia de sanidad vegetal en el marco de su competencia;

VII. Impulsar la integración de la cadena productiva, y

VIII. La formación de los productores y demás agentes relacionados con la producción vitivinícola a través de mecanismos de capacitación, consultoría y concertación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo concretiza obligaciones de la Secretaria. El Registro es instrumento clave de identificacion y acceso a apoyos. La capacitacion obligatoria en sanidad fitosanitaria y mejores practicas agrolas es requisito de cumplimiento. Clientes deben registrarse para acceder a programas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LFIV_230518?

Secretaria de Agricultura en coordinacion con Comision apoyara al sector en ocho areas: politica economica, Registro de productores, asesoramiento agronomico, programas de desarrollo, capacitacion, sanidad fitosanitaria, integracion de cadena productiva y formacion de actores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola?

Este articulo concretiza obligaciones de la Secretaria. El Registro es instrumento clave de identificacion y acceso a apoyos. La capacitacion obligatoria en sanidad fitosanitaria y mejores practicas agrolas es requisito de cumplimiento. Clientes deben registrarse para acceder a programas.

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