LFIV_230518

Artículo 25. Promocion Turistica del Vino Mexicano

La Secretaria de Turismo apoyara la promocion de rutas de vino, turismo enologico e impulsara el vino mexicano como producto representativo nacional, en cumplimiento de la Politica de Fomento a la Gastronomia Mexicana.

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Texto Legal

La Secretaría de Turismo en coordinación con la Comisión apoyará al Sector a:

I. Promocionar las rutas de Vino y de turismo enológico;

II. Impulsar al Vino Mexicano como producto representativo nacional, y

III. Fomentar y dar cumplimiento a lo establecido en la Política de Fomento a la Gastronomía Mexicana.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo abre oportunidades para productores con capacidad de turismo rural o eventos enoturisticos. Las regiones productoras pueden beneficiarse de programas federales de turismo integrado a la vitivinicultura y gastronomia local.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del LFIV_230518?

La Secretaria de Turismo apoyara la promocion de rutas de vino, turismo enologico e impulsara el vino mexicano como producto representativo nacional, en cumplimiento de la Politica de Fomento a la Gastronomia Mexicana.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola?

Este articulo abre oportunidades para productores con capacidad de turismo rural o eventos enoturisticos. Las regiones productoras pueden beneficiarse de programas federales de turismo integrado a la vitivinicultura y gastronomia local.

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