LFIV_230518

Artículo 26. Promocion Internacional del Vino

La Secretaria de Relaciones Exteriores promocionara al vino mexicano a traves de embajadas y consulados internacionales, promoviendo la oferta y calidad del producto en el extranjero.

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Texto Legal

La Secretaría de Relaciones Exteriores, en coordinación con la Comisión, apoyará al Sector promocionando al Vino Mexicano a través de todas sus representaciones, embajadas y consulados, dentro y fuera del territorio nacional, promoviendo la oferta y calidad del Vino Mexicano en el extranjero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo clave para exportadores. Los productores deben conocer que existe apoyo diplomatico formal para posicionar vino mexicano en mercados externos, lo cual facilita acceso a ferias, misiones comerciales y contactos con distribuidores internacionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LFIV_230518?

La Secretaria de Relaciones Exteriores promocionara al vino mexicano a traves de embajadas y consulados internacionales, promoviendo la oferta y calidad del producto en el extranjero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola?

Articulo clave para exportadores. Los productores deben conocer que existe apoyo diplomatico formal para posicionar vino mexicano en mercados externos, lo cual facilita acceso a ferias, misiones comerciales y contactos con distribuidores internacionales.

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