LFIV_230518

Artículo 32. Funciones de Promocion de la Comision

La Comision promovera y difundira productos vitivinicolas, elaborando material promocional, impulsando politicas publicas especificas en tres ordenes de gobierno para apoyo al sector.

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Texto Legal

Corresponden a la Comisión la promoción y difusión de los productos vitivinícolas, la cual podrá:

I. Elaborar material de promoción para dar a conocer el Vino Mexicano;

II. Impulsar el diseño de políticas públicas a fin de propiciar la definición de programas específicos o conceptos de apoyo dentro de aquellas políticas existentes en los tres órdenes de gobierno, y

III. Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo que define el papel central de la Comision como organismo coordinador. Los productores deben mantener comunicacion regular con la Comision para acceder a campanas colectivas, datos de mercado y oportunidades de promocion coordinada a nivel nacional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LFIV_230518?

La Comision promovera y difundira productos vitivinicolas, elaborando material promocional, impulsando politicas publicas especificas en tres ordenes de gobierno para apoyo al sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola?

Articulo que define el papel central de la Comision como organismo coordinador. Los productores deben mantener comunicacion regular con la Comision para acceder a campanas colectivas, datos de mercado y oportunidades de promocion coordinada a nivel nacional.

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