La Comision promovera y difundira productos vitivinicolas, elaborando material promocional, impulsando politicas publicas especificas en tres ordenes de gobierno para apoyo al sector.
Corresponden a la Comisión la promoción y difusión de los productos vitivinícolas, la cual podrá:
I. Elaborar material de promoción para dar a conocer el Vino Mexicano;
II. Impulsar el diseño de políticas públicas a fin de propiciar la definición de programas específicos o conceptos de apoyo dentro de aquellas políticas existentes en los tres órdenes de gobierno, y
III. Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo que define el papel central de la Comision como organismo coordinador. Los productores deben mantener comunicacion regular con la Comision para acceder a campanas colectivas, datos de mercado y oportunidades de promocion coordinada a nivel nacional.
Anterior
Art. 31. Evaluacion de Conformidad del Vino
Siguiente
Art. 33. Acceso a Espacios Oficiales de Difusion
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo