Las campanas financiadas con fondos publicos deben recomendar consumo moderado, informar sobre beneficios y riesgos para salud, fomentar desarrollo sostenible, destacar aspectos historicos y difundir calidad del vino mexicano.
Los criterios orientadores que se deberán seguir en las campañas financiadas con fondos públicos serán los siguientes:
I. Recomendar el consumo moderado y responsable del Vino;
LEY DE FOMENTO A LA INDUSTRIA VITIVINÍCOLA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 23-05-2018 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Informar y difundir los beneficios del Vino, en materia de salud pública y los riesgos para la salud cuando se consume en exceso;
III. Fomentar el desarrollo sostenible del cultivo de la Vid, favoreciendo el respeto del medio ambiente;
IV. Destacar los aspectos históricos y tradicionales de los vinos mexicanos, en particular, las peculiaridades específicas de la diversidad de las regiones como son las características del suelo, altitud, aire, clima, entre otros que influyen en ellos, y
V. Informar y difundir la calidad, los beneficios, propiedades, cualidades y la composición del Vino, a efecto de tener información completa sobre el producto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo regulatorio importante pues establece limitaciones y directrices para publicidad con recursos publicos. Los productores deben alinearse con estos criterios en campanas cofinanciadas, enfatizando aspectos historicos, terroir y consumo responsable sobre marketing agresivo.
Anterior
Art. 33. Acceso a Espacios Oficiales de Difusion
Siguiente
Art. 35. Campanas de Organismos Empresariales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo