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LEY de Educación Naval

La Ley de Educacion Naval regula el sistema educativo de la Armada de Mexico, estableciendo las disposiciones generales, objeto y facultades que rigen la formacion y capacitacion del personal naval. Aplica a los integrantes de la Armada, incluyendo cadetes, oficiales y personal civil que participe en el sistema educativo naval. Los temas principales que cubre incluyen la estructura y funcionamiento del sistema educativo, acceso y admision, asi como el modelo educativo naval y la extension academica. Su importancia radica en que proporciona un marco legal que garantiza la calidad y pertinencia de la formacion de los recursos humanos en la institucion, lo que es fundamental para el desarrollo de capacidades en el ambito de la seguridad nacional y la defensa del pais.

Publicado: 12 de marzo de 2019|Última reforma: 24 de marzo de 2023| PDF oficial

Estructura

24 artículos totales · 13 artículos clave analizados

Artículos (24)

Art.
1

Artículo 1. Objeto y aplicacion de la ley

La Ley norma la educacion publica naval impartida por la Secretaria de Marina a traves de la Universidad Naval, orientada al conocimiento de ciencia y cultura naval. Su aplicacion corresponde a la Secretaria de Marina en coordinacion con la Secretaria de Educacion Publica.

educacion navalsecretaria de marinauniversidad naval
Art.
2

Artículo 2. Facultades del Secretario de Marina

El Secretario de Marina tiene facultad para establecer politicas del Sistema Educativo Naval y crear o suspender establecimientos educativos navales. La Universidad Naval depende organicamente de la Oficalia Mayor y doctrinariamente del Estado Mayor General.

secretario de marinapoliticas educativasestablecimientos navales
Art.
3

Artículo 3. Definiciones y terminos clave

Establece quince definiciones esenciales incluyendo autoridad educativa naval, cultura naval, discente, docente, establecimiento educativo naval y Universidad Naval. Proporciona el glosario oficial para toda la Ley.

definicionesglosarioterminos
Art.
4

Artículo 4. Acceso y admision educativa

Todos los mexicanos tienen igualdad de oportunidad para acceder al Sistema Educativo Naval conforme a lineamientos establecidos. Personal extranjero puede acceder mediante extension academica y convenios.

admisionigualdad de generoconvocatorias
Art.
5

Artículo 5. Faltas disciplinarias de discentes

Las faltas contra disciplina naval cometidas por discentes se procesaran conforme a los reglamentos de cada Establecimiento Educativo Naval. Establece el procedimiento disciplinario.

disciplina navalfaltasprocedimientos disciplinarios
Art.
6

Artículo 6. Requisitos del Rector de Universidad Naval

El Rector de la Universidad Naval debe tener rango de Almirante y contar con al menos dos posgrados o equivalentes. Define los requisitos minimos para la posicion.

rectoruniversidad navalrequisitos
Art.
7

Artículo 7. Responsabilidades del Rector

El Rector supervisa la educacion naval, propone convenios internacionales, gestiona registros y validez oficial de planes, y expide certificados y diplomas. Tiene responsabilidades amplias de operacion.

rectorresponsabilidadescertificacion
Art.
8

Artículo 8. Definicion del Sistema Educativo Naval

El Sistema Educativo es el conjunto de recursos humanos, financieros, infraestructura y procesos mediante el cual la Marina ofrece educacion integral de calidad desarrollando competencias y valores.

sistema educativo navalrecursoscompetencias
Art.
9

Artículo 9. Asignacion de recursos a Universidad Naval

La Autoridad Educativa Naval asignara a la Universidad Naval todos los recursos humanos, materiales y financieros suficientes para atender necesidades del Sistema Educativo.

presupuestorecursosfinanciamiento
Art.
10

Artículo 10. Objetivos del Sistema Educativo Naval

Siete objetivos principales incluyendo formacion academica integral, formacion de profesionistas competitivos con enfoque humanista y de derechos humanos, innovacion educativa, y fomento de doctrina naval.

objetivos educativosformacion integralderechos humanos
Art.
11

Artículo 11. Componentes del Sistema Educativo

El Sistema Educativo incluye seis componentes: autoridad educativa, personal directivo y docente, Plan General, Modelo Educativo, planes y programas, y establecimientos educativos navales.

estructuracomponentessistema educativo
Art.
12

Artículo 12. Clasificacion de establecimientos educativos

Los establecimientos se clasifican en seis tipos: centros de estudios, institutos, escuelas, centros de capacitacion, unidades y otras que designe la autoridad.

establecimientos educativosclasificacioncentros de estudios
Art.
13

Artículo 13. Niveles educativos del sistema

Cuatro niveles educativos: adiestramiento, capacitacion, media superior y superior. Proporciona la escala vertical del sistema educativo naval.

niveles educativosadiestramientocapacitacion
Art.
14

Artículo 14. Modalidades educativas del sistema

Tres modalidades: escolarizada con presencia fisica obligatoria, no escolarizada abierta/distancia/virtual, y mixta combinando ambas. Define como se imparte la educacion.

modalidades educativaseducacion escolarizadaeducacion virtual
Art.
15

Artículo 15. Plan General de Educacion Naval

El Plan General establece planes y programas para lograr educacion integral de calidad conforme al Modelo Educativo, cubriendo necesidades de la Secretaria de Marina.

plan generalplanes y programaseducacion integral
Art.
16

Artículo 16. Contenido y estructura del Plan General

El Plan General contiene tres elementos: normas para formacion en areas academica y cultural, programas complementarios, y profesionalizacion permanente de docentes.

plan generalcurriculaprofesionalizacion docente
Art.
17

Artículo 17. Evaluacion y actualizacion curricular

Directores de establecimientos supervisan analisis anual de curricula y proponen modificaciones al Rector considerando necesidades institucionales, doctrina naval y avances cientifico-tecnologicos.

evaluacion curricularactualizaciondirectores
Art.
18

Artículo 18. Modelo Educativo Naval definicion

El Modelo Educativo define el diseño, estructura, planes y programas que guian la ejecucion y evaluacion del proceso formativo, incluyendo evaluacion de docentes y discentes.

modelo educativodiseño curricularevaluacion
Art.
19

Artículo 19. Responsabilidad del Rector en Modelo Educativo

El Rector es responsable de conducir la integracion, evaluacion y actualizacion del Modelo Educativo Naval.

rectormodelo educativoactualizacion
Art.
20

Artículo 20. Aplicacion del Modelo Educativo

Los Directores de establecimientos educativos navales son responsables de aplicar el desarrollo del Modelo Educativo de acuerdo al nivel y modalidad correspondiente.

directoresaplicacionmodelo educativo
Art.
21

Artículo 21. Aspectos de extension academica naval

Define los tres componentes de la extension academica: convenios academicos, intercambio academico nacional e internacional, y difusion de la Cultura Naval. Establece el marco general para la colaboracion institucional y el fortalecimiento de la educacion naval.

extension academicaconvenios academicosintercambio academico
Art.
22

Artículo 22. Convenios academicos con instituciones educativas

Establece que los convenios academicos de la Universidad Naval con instituciones educativas publicas, privadas, nacionales o extranjeras deben orientarse hacia los valores, competencias y objetivos de la Secretaria en areas educativas, cientificas, tecnologicas y maritimas. Requiere considerar avances cientifico-tecnologicos en su diseño.

convenios academicosuniversidades colaboradorasobjetivos institucionales
Art.
23

Artículo 23. Intercambios academicos nacionales e internacionales

Faculta a la Secretaria, a traves del Estado Mayor General, para ofrecer intercambios academicos en Establecimientos Educativos Navales a nivel nacional e internacional conforme convenios suscritos. Establece que estudios en el extranjero seran validados por autoridades educativas competentes para determinar el grado academico correspondiente.

intercambio academicoestudios en extranjerovalidacion de estudios
Art.
24

Artículo 24. Difusion de la Cultura Naval institucional

Asigna a la Universidad Naval la responsabilidad de difundir la Cultura Naval a traves de los Establecimientos Educativos Navales, orientada al fortalecimiento de la filosofia institucional y desarrollo academico-profesional de los estudiantes. Define cultura naval como componente transversal de la educacion.

cultura navaluniversidad navalfilosofia institucional

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