LEN

Artículo 7. Responsabilidades del Rector

El Rector supervisa la educacion naval, propone convenios internacionales, gestiona registros y validez oficial de planes, y expide certificados y diplomas. Tiene responsabilidades amplias de operacion.

rectorresponsabilidadescertificacionconvenios academicos

Texto Legal

El Rector tendrá las facultades que le confieren el Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, asimismo, será responsable de:

LEY DE EDUCACIÓN NAVAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 24-03-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Supervisar la educación pública naval, al adiestrar, capacitar, formar y especializar al recurso humano de la Secretaría, garantizando el desarrollo armónico e integral de sus capacidades y potencialidades, a efecto de ser más eficiente y competitivo en sus funciones y con ello coadyuvar al logro de los objetivos institucionales y nacionales;

II. Proponer a la Autoridad Educativa Naval, los convenios de colaboración de educación superior nacionales o del extranjero para ampliar las opciones de formación, actualización y superación;

III. Gestionar el registro de planes y programas de validez oficial de estudios que sean impartidos en el Sistema Educativo, así como del registro y expedición de la cédula correspondiente, cuando ésta sea necesaria para el ejercicio profesional en términos de la legislación aplicable al caso;

IV. Expedir certificados, constancias y diplomas a quienes hayan concluido satisfactoriamente sus estudios, de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes, y

V. Las demás que establecen las disposiciones jurídicas aplicables.

CAPÍTULO III Del Sistema Educativo

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las cinco responsabilidades principales son: (1) supervision educativa, (2) propuesta de convenios, (3) registro de planes, (4) expedicion de credenciales, (5) otras normas. Para expedicion de diplomas profesionales, debe cumplirse con legislacion aplicable de ejercicio profesional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del LEN?

El Rector supervisa la educacion naval, propone convenios internacionales, gestiona registros y validez oficial de planes, y expide certificados y diplomas. Tiene responsabilidades amplias de operacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY de Educación Naval?

Las cinco responsabilidades principales son: (1) supervision educativa, (2) propuesta de convenios, (3) registro de planes, (4) expedicion de credenciales, (5) otras normas. Para expedicion de diplomas profesionales, debe cumplirse con legislacion aplicable de ejercicio profesional.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 7 del LEN?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 7 LEN desde tu celular