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LEY Federal de Correduría Pública

La Ley Federal de Correduría Pública regula la actividad de los corredores públicos en México, estableciendo un marco normativo que define sus funciones, obligaciones y derechos. Esta ley aplica a los corredores públicos, quienes son profesionales autorizados para dar fe de actos y hechos en el ámbito administrativo y mercantil. Los temas principales que cubre incluyen disposiciones generales, requisitos para el ejercicio de la correduría, así como las sanciones y prohibiciones que deben observar. Su importancia radica en que proporciona un marco legal claro que garantiza la seguridad jurídica en las transacciones comerciales y administrativas, lo que es fundamental tanto para abogados y contadores en su ejercicio profesional, como para ciudadanos que requieren de los servicios de un corredor público para la validación de documentos y actos legales.

Publicado: 29 de diciembre de 1992|Última reforma: 9 de abril de 2012| PDF oficial

Estructura

23 artículos totales · 12 artículos clave analizados

Artículos (23)

Art.
1

Artículo 1. Objeto de la ley

La Ley Federal de Correduría Pública regula la función del corredor público en toda la República. Es de orden público y su observancia es obligatoria para todos los involucrados.

corredor publicoorden publicoregulacion
Art.
2

Artículo 2. Aplicación de la ley

La aplicación de esta ley corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía. Se establece la participación de las autoridades estatales en su implementación.

ejecutivo federalsecretaria de economiaautoridades estatales
Art.
3

Artículo 3. Funciones de la Secretaría

La Secretaría de Economía tiene diversas funciones, incluyendo asegurar la eficacia del servicio de los corredores públicos y examinar a los aspirantes. También puede imponer sanciones.

secretaria de economiafuncionessanciones
Art.
4

Artículo 4. División del territorio nacional

El territorio nacional se divide en plazas, una por cada estado y una por el Distrito Federal. Esta división es fundamental para la regulación de los corredores públicos.

territorio nacionalplazasregulacion
Art.
5

Artículo 5. Ejercicio fuera de la plaza

Los corredores pueden ejercer funciones fuera de su plaza, pero como fedatarios solo dentro de la plaza habilitada. Cambiar de plaza requiere autorización.

ejercicioplazaautorizacion
Art.
6

Artículo 6. Funciones del corredor público

El corredor público tiene múltiples funciones, desde actuar como mediador hasta asesorar jurídicamente a comerciantes. Estas funciones son esenciales en el ámbito mercantil.

funcionescorredor publicomediacion
Art.
7

Artículo 7. Habilitación de corredores

Solo las personas habilitadas por la Secretaría pueden ostentarse como corredores públicos. La infracción a esta norma puede resultar en multas significativas.

habilitacioninfraccionmultas
Art.
8

Artículo 8. Requisitos para ser corredor

Para ser corredor público se requieren varios requisitos, incluyendo ser ciudadano mexicano y tener un título profesional en derecho. Estos criterios aseguran la calidad del servicio.

requisitosciudadano mexicanotitulo profesional
Art.
9

Artículo 9. Exámenes para aspirantes

Los exámenes para aspirantes a corredor incluyen requisitos específicos de práctica profesional y notificaciones por parte de la Secretaría. Estos exámenes son un paso esencial en el proceso de habilitación.

examenaspirantespractica profesional
Art.
10

Artículo 10. Jurado del examen definitivo

El examen definitivo es sustentado ante un jurado compuesto por representantes de la Secretaría y del colegio de corredores. La decisión del jurado es definitiva.

juradoexamen definitivodecisiones
Art.
11

Artículo 11. Partes del examen definitivo

El examen definitivo consta de una prueba escrita y una oral, evaluando la capacidad del aspirante para ejercer como corredor público. La decisión del jurado es inapelable.

examenprueba escritaprueba oral
Art.
12

Artículo 12. Requisitos previos al ejercicio

Antes de iniciar funciones, el corredor debe cumplir con varios requisitos, incluyendo otorgar una garantía y registrar su sello. Estos pasos son esenciales para su habilitación.

requisitosejerciciogarantia
Art.
13

Artículo 13. Excusas para actuar

El corredor público solo puede excusarse de actuar en casos de prohibición legal o falta de recursos. Esto asegura la continuidad del servicio.

excusaprohibicion legalcontinuidad
Art.
14

Artículo 14. Honorarios del corredor

El corredor público puede pactar libremente sus honorarios, pero debe informar claramente a sus clientes sobre los costos. La transparencia es clave en la relación con los clientes.

honorariostransparenciaclientes
Art.
15

Artículo 15. Obligaciones del corredor

El corredor público tiene diversas obligaciones, como actuar con probidad y no retrasar asuntos. Estas obligaciones son fundamentales para mantener la confianza en su labor.

obligacionesprobidadconfianza
Art.
16

Artículo 16. Registro de pólizas y actas

Los corredores deben formar un archivo diario de pólizas y actas, manteniendo un libro de registro con características específicas. Además, deben integrar archivos electrónicos que cumplan con las disposiciones reglamentarias.

registropólizasactas
Art.
17

Artículo 17. Entrega de archivos al colegio

Los corredores que dejen de ejercer deben entregar sus libros de registro y archivos al colegio de corredores correspondiente o, en su defecto, a la Secretaría. Esto asegura la continuidad y custodia de la documentación.

entregaarchivoscolegio
Art.
18

Artículo 18. Definición de póliza y acta

Se define la póliza como el instrumento que documenta un acto jurídico y el acta como la relación escrita de un hecho jurídico. Ambos son considerados documentos públicos que tienen plena validez legal.

pólizaactadocumentos públicos
Art.
19

Artículo 19. Requisitos de pólizas y actas

Las pólizas y actas deben contener información específica como lugar, fecha, firma del corredor y otros datos relevantes. Esto asegura la claridad y validez de los documentos emitidos.

requisitospólizasactas
Art.
20

Artículo 20. Prohibiciones para corredores

Se establecen diversas prohibiciones para los corredores, incluyendo comerciar por cuenta propia y actuar en conflictos de interés. Estas restricciones buscan mantener la integridad de la profesión.

prohibicionescorredoresconflictos de interes
Art.
21

Artículo 21. Sanciones por incumplimiento

Los corredores que incumplan la ley enfrentarán sanciones que incluyen amonestaciones, multas y hasta la cancelación de su habilitación. La gravedad de la infracción determinará la sanción aplicada.

sancionesincumplimientocorredores
Art.
22

Artículo 22. Publicación de resoluciones

Las resoluciones que suspenden o cancelan la habilitación de un corredor deben ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial de la entidad. Esto garantiza la transparencia del proceso.

publicaciónresolucionestransparencia
Art.
23

Artículo 23. Funciones del colegio de corredores

Se establece que en cada entidad con tres o más corredores se formará un colegio que tendrá funciones de promoción y regulación del ejercicio de los corredores. Esto busca mejorar la calidad del servicio.

colegiofuncionescorredores

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