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LEY sobre Cámaras Agrícolas, que en lo sucesivo se denominarán Asociaciones Agrícolas

La Ley sobre Camaras Agricolas regula la organizacion y funcionamiento de las Asociaciones Agricolas en Mexico, estableciendo un marco normativo que promueve la asociatividad entre los productores del sector agropecuario. Esta ley aplica a todas las personas fisicas y morales que deseen constituir o formar parte de dichas asociaciones, fomentando la cooperacion y el desarrollo sustentable en el campo. Los temas principales que cubre incluyen las disposiciones generales para la constitucion, administracion y disolucion de las asociaciones, asi como los derechos y obligaciones de sus miembros. Su importancia practica radica en que proporciona a abogados y contadores un instrumento legal claro para asesorar a sus clientes en la creacion y operacion de estas entidades, contribuyendo al fortalecimiento del sector agricola y a la mejora de las condiciones de vida de los productores.

Publicado: 27 de agosto de 1932|Última reforma: 9 de abril de 2012| PDF oficial

Estructura

10 artículos totales · 5 artículos clave analizados

Artículos (10)

Art.
10

Artículo 10. Funcionamiento de Asociaciones Agrícolas Locales

Las Asociaciones Agrícolas Locales pueden formarse en lugares donde al menos diez productores especializados deseen agruparse. Este artículo establece la base para la organización de estas asociaciones bajo la Ley.

asociaciones agricolasproductoresorganizacion
Art.
11

Artículo 11. Definición de Región Agrícola

Se define la región agrícola como una unidad económica basada en la similaridad de actividades rurales y vías de comunicación. La Secretaría de Agricultura delimitará estas regiones para facilitar la organización.

region agricolaeconomiasecretaria de agricultura
Art.
12

Artículo 12. Confederación Nacional de Productores Agrícolas

La Confederación Nacional de Productores Agrícolas operará en la capital y contará con delegados de las Uniones Regionales Agrícolas. Se busca incluir la representación de mujeres en esta estructura.

confederacionproductoresrepresentacion
Art.
13

Artículo 13. Promoción de Proyectos Agrícolas

La Confederación actuará como el órgano que promueve proyectos y gestiones ante el Estado en nombre de las Asociaciones Agrícolas. Esto asegura que las voces de los productores sean escuchadas.

proyectos agricolasgestionesconfederacion
Art.
14

Artículo 14. Autorización de Asociaciones Agrícolas

La Secretaría de Agricultura autoriza la constitución y funcionamiento de las Asociaciones Agrícolas, otorgándoles personalidad legal. Este proceso es esencial para su operación formal.

autorizacionpersonalidad legalsecretaria de agricultura
Art.
15

Artículo 15. Registro de Asociaciones Agrícolas

Se establecerá un Registro de Asociaciones Agrícolas donde se asentarán sus actas constitutivas y modificaciones. Este registro es vital para la transparencia y formalidad del sector.

registrotransparenciaactas
Art.
16

Artículo 16. Obligaciones de las Asociaciones Agrícolas

Las Asociaciones Agrícolas deben proporcionar informes solicitados por la Secretaría de Agricultura, lo que refuerza su papel como organismos de cooperación. Esto asegura una supervisión adecuada.

obligacionesinformescooperacion
Art.
17

Artículo 17. Apoyo del Estado a Asociaciones Agrícolas

El Estado apoyará a las Asociaciones Agrícolas en la realización de sus fines, reconociendo su interés público. Este apoyo es fundamental para el desarrollo del sector agrícola.

apoyo estatalinteres publicodesarrollo agricola
Art.
18

Artículo 18. Multas por Uso Ilegal de Nombres

El uso ilegal de nombres de organismos establecidos por la Ley puede resultar en multas significativas. Este artículo busca proteger la integridad de las asociaciones legítimas.

multasuso ilegalproteccion
Art.
19

Artículo 19. Servicios Técnicos de la Secretaría

La Secretaría de Agricultura podrá proporcionar servicios técnicos para el desarrollo de las Asociaciones Agrícolas y formular reglamentos para su funcionamiento. Esto es clave para el fomento del sector.

servicios tecnicosdesarrolloreglamentos

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