Las Asociaciones Agrícolas deben proporcionar informes solicitados por la Secretaría de Agricultura, lo que refuerza su papel como organismos de cooperación. Esto asegura una supervisión adecuada.
El Estado considerará las Asociaciones Agrícolas como organismo de cooperación y en consecuencia, éstas estarán obligadas a proporcionar todos los informes que les solicite la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, relativos a los servicios agrícolas. Artículo reformado DOF 09-04-2012
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las Asociaciones Agrícolas deben estar preparadas para cumplir con las solicitudes de informes, ya que esto es clave para mantener su relación con las autoridades y acceder a apoyos.
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Art. 15. Registro de Asociaciones Agrícolas
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Art. 17. Apoyo del Estado a Asociaciones Agrícolas
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