LCF

Artículo 37. Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica (FASP)

Regula el FASP, destinado a financiar el reclutamiento, formacion, evaluacion y equipamiento de las instituciones de seguridad publica de las entidades federativas y municipios.

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Texto Legal

Articulo 37 - Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica (FASP)

El Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica de los Estados y del Distrito Federal (FASP) se constituira con cargo a recursos federales, que seran determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacion.

Destino de los recursos

Los recursos del FASP se destinaran exclusivamente a:

I. El reclutamiento, seleccion, depuracion, formacion y certificacion de los recursos humanos vinculados con tareas de seguridad publica.

II. El otorgamiento de percepciones extraordinarias para los agentes del Ministerio Publico, los peritos, los policias judiciales o ministeriales y los policias preventivos.

III. El equipamiento de las policias judiciales, ministeriales y preventivas.

IV. El establecimiento y operacion de la red nacional de telecomunicaciones e informatica para la seguridad publica.

V. La construccion, mejoramiento o ampliacion de las instalaciones para la procuracion e imparticion de justicia, de los centros de readaptacion social y de menores infractores.

VI. El seguimiento y evaluacion de los programas de seguridad publica.

Criterios de distribucion

El FASP se distribuye entre las entidades conforme al Consejo Nacional de Seguridad Publica, considerando:

- El indice de criminalidad de cada entidad
- La poblacion de la entidad
- Las prioridades establecidas en la Estrategia Nacional de Seguridad Publica
- El cumplimiento de los programas y metas del ejercicio anterior

Evaluacion de control de confianza

Una condicion para recibir los recursos del FASP es que las entidades acrediten que sus elementos de seguridad publica han sido sometidos a evaluaciones de control de confianza y que cumplen con los requisitos de permanencia establecidos en la ley.

Prohibiciones

Los recursos del FASP no pueden destinarse a:

- Pago de haberes o salarios regulares del personal
- Adquisicion de vehiculos de uso particular
- Gastos de representacion
- Cualquier fin distinto a la seguridad publica

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El FASP es estrategico para el fortalecimiento de las instituciones de seguridad publica. Sin embargo, ha sido uno de los fondos mas cuestionados por la ASF debido a subejercicio y desviacion de recursos. En SDV recomendamos a las entidades establecer sistemas robustos de seguimiento del ejercicio de estos recursos y vincularlos directamente con metas verificables de mejoramiento de la seguridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LCF?

Regula el FASP, destinado a financiar el reclutamiento, formacion, evaluacion y equipamiento de las instituciones de seguridad publica de las entidades federativas y municipios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la Coordinacion Fiscal?

El FASP es estrategico para el fortalecimiento de las instituciones de seguridad publica. Sin embargo, ha sido uno de los fondos mas cuestionados por la ASF debido a subejercicio y desviacion de recursos. En SDV recomendamos a las entidades establecer sistemas robustos de seguimiento del ejercicio de estos recursos y vincularlos directamente con metas verificables de mejoramiento de la seguridad.

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