LCF

Artículo 30. FORTAMUN - Fortalecimiento de los Municipios

Regula el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales, equivalente al 2.35% de la recaudacion federal participable, distribuido en proporcion directa al numero de habitantes.

fortamunmunicipiosfortalecimientodeuda-municipalseguridad-publicaramo-33

Texto Legal

Articulo 30 - Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FORTAMUN)

El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN) se determinara anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacion con recursos federales por un monto equivalente, solo para efectos de referencia, al 2.35% de la recaudacion federal participable.

Distribucion

El FORTAMUN se distribuira entre los municipios en proporcion directa al numero de habitantes con que cuente cada municipio, de acuerdo con la informacion estadistica mas reciente que al efecto emita el INEGI.

Destino de los recursos

Los recursos del FORTAMUN se destinaran a la satisfaccion de los requerimientos de los municipios, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, y a la atencion de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad publica de sus habitantes.

Usos permitidos

Los municipios podran utilizar los recursos del FORTAMUN para:

- Pago de obligaciones financieras: Servicio de la deuda publica municipal
- Pago de derechos de agua: A la Comision Nacional del Agua (CONAGUA)
- Seguridad publica: Equipamiento, capacitacion y operacion de cuerpos policiacos
- Otras necesidades prioritarias: Conforme a las prioridades del municipio

Formula de distribucion a nivel estatal

La Federacion distribuira el FORTAMUN entre las entidades federativas en proporcion directa al numero de habitantes. Cada estado, a traves de su legislatura, determinara la forma en que se distribuira entre sus municipios, pero debera considerar al menos un criterio de poblacion.

Importancia financiera

El FORTAMUN representa una de las principales fuentes de ingreso de los municipios mexicanos, especialmente los de menor tamano. Para muchos municipios rurales, este fondo es la unica fuente de recursos para cubrir obligaciones financieras y servicios de seguridad publica.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El FORTAMUN es el fondo mas flexible del Ramo 33, ya que permite a los municipios atender diversas necesidades. Sin embargo, la practica muestra que muchos municipios lo utilizan predominantemente para pago de deuda, lo que reduce su capacidad para invertir en seguridad publica. En SDV recomendamos a los municipios planificar el uso del FORTAMUN de manera estrategica, priorizando la reduccion de pasivos y la inversion en seguridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LCF?

Regula el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales, equivalente al 2.35% de la recaudacion federal participable, distribuido en proporcion directa al numero de habitantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la Coordinacion Fiscal?

El FORTAMUN es el fondo mas flexible del Ramo 33, ya que permite a los municipios atender diversas necesidades. Sin embargo, la practica muestra que muchos municipios lo utilizan predominantemente para pago de deuda, lo que reduce su capacidad para invertir en seguridad publica. En SDV recomendamos a los municipios planificar el uso del FORTAMUN de manera estrategica, priorizando la reduccion de pasivos y la inversion en seguridad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 30 del LCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 30 LCF desde tu celular