Regula el FASSA, destinado a financiar los servicios de salud que fueron transferidos a las entidades federativas, incluyendo personal medico, infraestructura hospitalaria y programas de salud publica.
El Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) se determinara anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacion considerando los siguientes criterios:
I. Inventario de infraestructura medica: Se consideraran los recursos necesarios para mantener y operar la infraestructura hospitalaria y de atencion primaria transferida a las entidades.
II. Personal de salud: Los recursos para cubrir la nomina del personal medico, paramedico y administrativo adscrito a los servicios de salud estatales.
III. Gasto de operacion: Los recursos necesarios para materiales, medicamentos e insumos medicos.
El FASSA se distribuira entre las entidades conforme a una formula que considera:
- El inventario de infraestructura medica y de personal de cada entidad
- La mortalidad y morbilidad de la poblacion
- El rezago en la prestacion de servicios de salud
- El esfuerzo estatal en materia de salud
Los recursos del FASSA se destinaran exclusivamente a:
- Atencion preventiva: Programas de vacunacion, prevencion de enfermedades y promocion de la salud
- Atencion curativa: Consultas medicas, hospitalizaciones, cirugia y tratamientos
- Infraestructura: Mantenimiento, equipamiento y ampliacion de unidades medicas
- Capacitacion: Formacion continua del personal de salud
La Secretaria de Salud federal mantiene la rectoria del sistema de salud y coordina con las entidades la aplicacion de programas prioritarios, la vigilancia epidemiologica y los estandares de calidad en la prestacion de servicios.
Las entidades deberan presentar informes trimestrales sobre el ejercicio de los recursos del FASSA, incluyendo indicadores de cobertura, calidad y eficiencia en la prestacion de los servicios de salud.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El FASSA es fundamental para el funcionamiento del sistema de salud publica en Mexico. Con la creacion del INSABI y posteriormente del IMSS-Bienestar, la dinamica de este fondo ha cambiado en algunos estados que han regresado servicios de salud a la federacion. En SDV recomendamos a las entidades mantener una contabilidad precisa de los recursos del FASSA para demostrar su correcto ejercicio ante la ASF.
Art. 25. Fondos de aportaciones federales (Ramo 33)
Crea los ocho fondos de aportaciones federales que integran el Ramo 33, destinados a financiar actividades especificas como educacion, salud, infraestructura social, seguridad publica y otros rubros prioritarios.
Art. 26. Fondo de Aportaciones para la Nomina Educativa y Gasto Operativo (FONE)
Regula el FONE, que financia los servicios de educacion basica y normal transferidos a las entidades federativas, incluyendo nomina del personal docente, administrativo y de apoyo.
Art. 49. Fiscalizacion de los recursos de aportaciones federales
Establece el marco de fiscalizacion de los fondos de aportaciones federales, otorgando facultades a la Auditoria Superior de la Federacion y a las entidades de fiscalizacion locales para revisar el correcto ejercicio de estos recursos.
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