Reglamenta los formatos, medios electronicos y requisitos tecnicos para la presentacion de declaraciones fiscales, incluyendo los sistemas del SAT, las instituciones de credito autorizadas y las validaciones del sistema.
Las declaraciones deberan presentarse a traves de:
I. El portal de Internet del SAT utilizando los formatos electronicos autorizados.
II. Las instituciones de credito autorizadas cuando la declaracion implique pago.
III. Las aplicaciones moviles del SAT, cuando esten disponibles.
Para la presentacion de declaraciones se requerira:
I. La e.firma del contribuyente para declaraciones anuales y ciertos tramites.
II. La contrasena del contribuyente para pagos provisionales y declaraciones informativas.
El sistema del SAT realizara validaciones automaticas al momento de la presentacion, incluyendo:
I. La congruencia de los datos proporcionados.
II. La vigencia de los medios de autenticacion.
III. La correspondencia entre los datos declarados y la informacion en poder del SAT.
Al concluir la presentacion exitosa, el sistema generara un acuse de recibo electronico que servira como comprobante del cumplimiento de la obligacion.
Cuando el sistema del SAT presente fallas tecnicas que impidan la presentacion oportuna, el SAT publicara avisos ampliando los plazos correspondientes.
Excepcionalmente, la presentacion en papel solo procedera en los casos que expresamente autorice el SAT.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los medios electronicos de presentacion de declaraciones han evolucionado significativamente. SDV recomienda mantener actualizados los medios de autenticacion (e.firma y contrasena) y verificar que las declaraciones hayan sido recibidas correctamente verificando el acuse de recibo. En caso de fallas del sistema del SAT, debe documentarse la situacion para justificar cualquier presentacion extemporanea.
Art. 7. Uso de la firma electronica avanzada
Reglamenta el uso de la firma electronica avanzada (e.firma) para la realizacion de tramites y la presentacion de documentos ante las autoridades fiscales, incluyendo los requisitos tecnicos y de seguridad que deben cumplirse.
Art. 31. Presentacion de declaraciones fiscales
Reglamenta los requisitos, plazos y medios para la presentacion de declaraciones fiscales, tanto de pago como informativas, estableciendo las reglas para su envio electronico y los efectos de la presentacion extemporanea.
Art. 34. Declaraciones provisionales y definitivas
Reglamenta los plazos, requisitos y procedimiento para la presentacion de declaraciones provisionales y definitivas de contribuciones, incluyendo el calendario de vencimiento y los metodos de calculo.
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Art. 37. Declaraciones por enajenacion de acciones y bienes
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