LFT

Artículo 125. Comision Mixta de PTU

En cada empresa se establecera una Comision Mixta integrada por igual numero de representantes de los trabajadores y del patron, la cual formulara un proyecto que determine la participacion de cada trabajador.

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Texto Legal

Articulo 125 - Comision Mixta para el Reparto

En cada empresa se establecera una Comision Mixta integrada por igual numero de representantes de los trabajadores y del patron, la cual formulara un proyecto que determine la participacion de cada trabajador y lo fijara en lugar visible del establecimiento.

Funciones

1. Formular el proyecto de reparto individual
2. Fijar el proyecto en lugar visible
3. Recibir y resolver observaciones de los trabajadores (plazo de 15 dias)
4. Determinar la cantidad exacta que corresponde a cada trabajador

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La comision mixta de PTU es obligatoria en cada empresa y debe integrarse con representantes de ambas partes. Su funcion principal es formular el proyecto de reparto individual. Las empresas deben constituir esta comision oportunamente y documentar sus sesiones y acuerdos. La falta de comision mixta no exime al patron del reparto, pero si puede generar conflictos en la determinacion individual.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 125 del LFT?

En cada empresa se establecera una Comision Mixta integrada por igual numero de representantes de los trabajadores y del patron, la cual formulara un proyecto que determine la participacion de cada trabajador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 125 de la Ley del Trabajo?

La comision mixta de PTU es obligatoria en cada empresa y debe integrarse con representantes de ambas partes. Su funcion principal es formular el proyecto de reparto individual. Las empresas deben constituir esta comision oportunamente y documentar sus sesiones y acuerdos. La falta de comision mixta no exime al patron del reparto, pero si puede generar conflictos en la determinacion individual.

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