LFT

Artículo 106. Pago en dia laborable

El pago del salario se hara en dia laborable y durante las horas de trabajo o inmediatamente despues de que estas concluyan.

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Texto Legal

Articulo 106 - Pago en Dia Laborable

La obligacion del patron de pagar el salario no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en esta Ley.

El pago debe hacerse en dia laborable y dentro de las horas de trabajo o inmediatamente despues de terminadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El salario debe pagarse en dia laborable y durante horas de trabajo o inmediatamente despues. Si el dia de pago cae en dia inhabil, el pago debe realizarse el dia habil anterior. Las empresas que pagan mediante transferencia electronica deben asegurar que el deposito este disponible a primera hora del dia de pago para cumplir con esta disposicion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 106 del LFT?

El pago del salario se hara en dia laborable y durante las horas de trabajo o inmediatamente despues de que estas concluyan.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 106 de la Ley del Trabajo?

El salario debe pagarse en dia laborable y durante horas de trabajo o inmediatamente despues. Si el dia de pago cae en dia inhabil, el pago debe realizarse el dia habil anterior. Las empresas que pagan mediante transferencia electronica deben asegurar que el deposito este disponible a primera hora del dia de pago para cumplir con esta disposicion.

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