Los plazos para el pago del salario nunca podran ser mayores de una semana para las personas que desempenen un trabajo material y de quince dias para los demas trabajadores.
Los plazos para el pago del salario nunca podran ser mayores de:
| Tipo de trabajador | Periodo maximo |
|---|---|
| **Trabajo material (obreros)** | Una **semana** |
| **Demas trabajadores** | **Quince dias** |
- El pago debe hacerse en dia laborable y durante las horas de trabajo
- No se puede fijar el pago en dias de descanso
- El patron no puede retrasar el pago sin incurrir en responsabilidad
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los plazos de pago son maximos: una semana para trabajadores de trabajo material (obreros) y quince dias para los demas. El incumplimiento genera intereses moratorios. Las empresas deben establecer calendarios de pago claros y cumplirlos estrictamente. El pago quincenal es la practica mas comun para empleados administrativos, mientras que el pago semanal prevalece en el sector industrial.
Art. 82. Concepto de salario
Define el salario como la retribucion que debe pagar el patron al trabajador por su trabajo. Puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comision, a precio alzado o de cualquier otra manera.
Art. 98. Proteccion e irrenunciabilidad del salario
Establece que los trabajadores dispondran libremente de sus salarios y que cualquier disposicion o medida que desvirtue este derecho sera nula. El derecho a percibir el salario es irrenunciable y no puede ser objeto de cesion, compensacion ni descuento no autorizado.
Art. 100. Forma y lugar de pago del salario
Establece que el salario debera pagarse directamente al trabajador, en el lugar donde preste sus servicios, en moneda de curso legal o mediante transferencia electronica. El pago por medios electronicos (tarjeta de debito, transferencia) es valido cuando asi lo convengan las partes.
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